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Ley 15/2010, de 10 de diciembre, de prevención de la contaminación lumínica y del fomento del ahorro y eficiencia energéticos derivados de instalaciones de iluminación.

En vigor Comunidad de Castilla y León · Publicada el 30 de diciembre de 2010 · Último cambio el 6 de julio de 2017 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Finalidades.
  5. Artículo 3. Ámbito de aplicación.
  6. Artículo 4. Exclusiones del ámbito de aplicación de la Ley.
  7. Artículo 5. Definiciones.
  8. TÍTULO II
  9. Artículo 6. Zonificación.
  10. Artículo 7. Competencias y criterios adicionales para la zonificación lumínica.
  11. Artículo 8. Criterios generales de competencia municipal.
  12. Artículo 9. Reglamentación técnica.
  13. Artículo 10. Características de las instalaciones y de los elementos de iluminación.
  14. Artículo 11. Características fotométricas de los pavimentos.
  15. Artículo 12. Régimen horario del alumbrado exterior.
  16. Artículo 13. Prohibiciones generales.
  17. TÍTULO III
  18. Artículo 14. Obligaciones de las Administraciones Públicas.
  19. Artículo 15. Intervención administrativa sobre alumbrado exterior. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  20. Artículo 16. Contratación pública.
  21. Artículo 17. Iluminación artística y comercial. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
  22. TÍTULO IV
  23. CAPÍTULO I
  24. Artículo 18. Potestad de inspección y control.
  25. CAPÍTULO II
  26. Artículo 19. Responsables.
  27. Artículo 20. Corrección de deficiencias y medidas provisionales. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
  28. Artículo 21. Infracciones.
  29. Artículo 22. Tipificación y prescripción de infracciones.
  30. Artículo 23. Tipos y prescripción de las sanciones.
  31. Artículo 24. Criterios de graduación de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 06/07/2017
  32. Artículo 25. Multas coercitivas y reparación de los daños.
  33. Artículo 26. Competencia para sancionar y plazo para resolver y notificar.
  34. Disposición adicional primera. Colaboración autonómica y campañas de difusión y concienciación.
  35. Disposición adicional segunda. Información ciudadana.
  36. Disposición adicional tercera. Ordenanzas vigentes.
  37. Disposición adicional cuarta. Modificación del alumbrado exterior.
  38. Disposición transitoria primera. De los alumbrados con licencia.
  39. Disposición transitoria segunda. Alumbrados exteriores existentes a la entrada en vigor de la presente Ley.
  40. Disposición final primera. Convenios de colaboración.
  41. Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
  42. Disposición final tercera. Actualización de la cuantía de las multas.
  43. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  44. [Firma]
  45. [Información relacionada]