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Ley 10/2010, de 7 de mayo, de acogida de las personas inmigradas y de las regresadas a Cataluña.
En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 8 de junio de 2010 · Último cambio el 19 de julio de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y finalidad.
- Artículo 2. Definiciones.
- Artículo 3. Los servicios de acogida.
- Artículo 4. Principios generales de los servicios de acogida.
- Artículo 5. Principios de gestión de los servicios de acogida.
- Artículo 6. Prestación sometida a los principios del servicio y a los de su gestión.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Derecho de acceso al servicio y titulares.
- Artículo 8. Estructura y contenidos.
- Artículo 9. Competencias lingüísticas básicas. 2 redacciones · cambió el 19/07/2017
- Artículo 10. Conocimientos laborales.
- Artículo 11. Conocimiento de la sociedad catalana y de su marco jurídico.
- Artículo 12. Otros aspectos del servicio.
- Artículo 13. Certificaciones acreditativas oficiales.
- Artículo 14. Obligación, formas de prestación y colaboración con relación al servicio de primera acogida.
- CAPÍTULO III
- Artículo 15. Programas de acogida especializada.
- Artículo 16. Medidas de las empresas y otras organizaciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 17. Calificación y especialización para el ejercicio de las funciones profesionales.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 18. Responsabilidades públicas.
- Artículo 19. Competencias del Gobierno.
- Artículo 20. Competencias del departamento que tiene asignadas las funciones en materia de inmigración.
- Artículo 21. Competencias de los entes locales.
- CAPÍTULO II
- Artículo 22. Instrumentos de planificación.
- Artículo 23. Naturaleza y contenido de los planes.
- Artículo 24. Instrumentos de coordinación y colaboración.
- CAPÍTULO III
- Artículo 25. Financiación.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 26. Órganos administrativos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 27. Órgano competente en materia de inmigración.
- Artículo 28. Comisión Interdepartamental de Inmigración.
- Artículo 29. Mesa de Ciudadanía e Inmigración.
- CAPÍTULO III
- Artículo 30. Creación y naturaleza de la Agencia.
- Artículo 31. Funciones.
- Artículo 32. Contrato-programa.
- Artículo 33. Órganos de gobierno de la Agencia.
- Artículo 34. Recursos económicos de la Agencia.
- Disposición adicional primera. Competencias del Conselh Generau de Arán.
- Disposición adicional segunda. Convalidación del servicio de primera acogida.
- Disposición adicional tercera. Colaboración con la Administración General del Estado.
- Disposición adicional cuarta. Modificaciones de la Ley 25/2002 y del Decreto 268/2003.
- Disposición adicional quinta. Comisión Mixta Paritaria Generalidad-Entes Locales
- Disposición adicional sexta. Formación específica en derechos de las mujeres y del colectivo de lesbianas, gays, transexuales y bisexuales, y en modelos de familia.
- Disposición adicional séptima. Implantación progresiva del servicio de primera acogida.
- Disposición adicional octava. Adaptación a la Ley de los planes municipales y comarcales de ciudadanía e inmigración.
- Disposición transitoria. 3 redacciones · cambió el 30/01/2014
- Disposición final primera. Desarrollo y aplicación.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


