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Ley 4/2015, de 6 de marzo, de atención integral en materia de drogas y bebidas alcohólicas.
En vigor Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Publicada el 2 de mayo de 2015 · Último cambio el 12 de julio de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Competencias municipales.
- Artículo 3. Objetivos generales.
- Artículo 4. Definiciones.
- Artículo 5. Principios rectores.
- Artículo 6. Derechos de las personas drogodependientes.
- Artículo 7. Garantía de los derechos.
- Artículo 8. Deberes de las personas drogodependientes.
- TÍTULO I
- Artículo 9. Alcance y objeto de la prevención.
- CAPÍTULO I
- Artículo 10. Criterios de actuación.
- Artículo 11. Actuaciones en el ámbito comunitario.
- Artículo 12. Actuaciones en el ámbito educativo.
- Artículo 13. Actuaciones en el ámbito familiar.
- Artículo 14. Actuaciones en los ámbitos deportivo y de tiempo libre.
- Artículo 15. Actuaciones en el ámbito judicial.
- Artículo 16. Actuaciones en el ámbito de la justicia juvenil.
- Artículo 17. Actuaciones en el ámbito penitenciario.
- Artículo 18. Actuaciones en el ámbito laboral.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 19. Prohibiciones a la venta y consumo de bebidas alcohólicas.
- Artículo 20. Medidas de control de la venta, suministro, publicidad o consumo de bebidas alcohólicas en espacios de uso público.
- Artículo 21. Limitaciones a la publicidad de bebidas alcohólicas. 2 redacciones · cambió el 12/07/2017
- Artículo 22. Limitaciones a la promoción de bebidas alcohólicas.
- Sección 2
- Artículo 23. Regulación.
- Sección 3
- Artículo 24. Control de medicamentos, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
- Artículo 25. Control de otras sustancias adictivas o nocivas.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 26. Igualdad en la asistencia.
- Artículo 27. Criterios de prestación de la asistencia.
- Artículo 28. Niveles de asistencia.
- Artículo 29. Formas de cooperación y colaboración.
- Artículo 30. Actuaciones de asistencia sanitaria ante el consumo de drogas y/o bebidas alcohólicas en personas menores de edad.
- Artículo 31. Garantías sociales en la asistencia.
- CAPÍTULO II
- Artículo 32. Incorporación social.
- TÍTULO III
- Artículo 33. Infracciones.
- Artículo 34. Infracciones leves.
- Artículo 35. Infracciones graves.
- Artículo 36. Infracciones muy graves.
- Artículo 37. Personas responsables.
- Artículo 38. Sanciones.
- Artículo 39. Servicios a la comunidad y programas socioeducativos.
- Artículo 40. Graduación de las sanciones.
- Artículo 41. Cuantía de las sanciones.
- Artículo 42. Otras medidas.
- Artículo 43. Prescripción.
- Artículo 44. Competencias de inspección y sanción.
- Artículo 45. Procedimiento sancionador.
- TÍTULO IV
- Artículo 46. Plan sobre Drogas para Asturias: naturaleza y contenido.
- Artículo 47. Elaboración y aprobación del Plan sobre Drogas para Asturias.
- Artículo 48. Centros y servicios de atención socio-sanitaria a personas drogodependientes.
- Artículo 49. Centros y servicios de tratamiento con opiáceos a personas dependientes
- TÍTULO V
- Artículo 50. Consejo Asesor en materia de drogodependencias.
- Artículo 51. Obligación de informar.
- Artículo 52. Observatorio sobre Drogas y adicción a las bebidas alcohólicas del Principado de Asturias.
- Artículo 53. Evaluación.
- Artículo 54. Investigación y formación.
- TÍTULO VI
- Artículo 55. Compromisos presupuestarios.
- Disposición adicional. Referencias a la Administración del Principado de Asturias.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Desarrollo normativo.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor
- Firma


