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Ley 4/2017, de 12 de julio, de Industria de las Illes Balears.

En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 14 de septiembre de 2017 · Último cambio el 13 de junio de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Definiciones.
  6. Artículo 4. Principios generales.
  7. Artículo 5. Objetivos.
  8. TÍTULO II
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 6. Objeto.
  11. Artículo 7. Definiciones.
  12. Artículo 8. Ámbito de aplicación.
  13. Artículo 9. Actuaciones en materia de política industrial.
  14. CAPÍTULO II
  15. Artículo 10. Gobierno de las Illes Balears.
  16. Artículo 11. Consejería competente en materia de industria y ente instrumental adscrito a esta. 5 redacciones · cambió el 13/06/2026
  17. CAPÍTULO III
  18. Artículo 12. Instrumentos de planificación.
  19. Artículo 13. Consejo de la Industria de las Illes Balears. 5 redacciones · cambió el 13/06/2026
  20. Sección 1
  21. Artículo 14. Definición.
  22. Artículo 15. Finalidades y objetivos.
  23. Artículo 16. Contenido del Plan Director de Industria de las Illes Balears.
  24. Artículo 17. Elaboración y aprobación.
  25. Sección 2
  26. Artículo 18. Definición.
  27. Artículo 19. Programas básicos.
  28. Artículo 20. Finalidades y objetivos de los programas de innovación y nuevas tecnologías.
  29. Artículo 21. Finalidades y objetivos de los programas de internacionalización.
  30. Artículo 22. Finalidades y objetivos de los programas de mejora de la competitividad y productividad industrial.
  31. Artículo 23. Procedimiento de elaboración y aprobación de los programas de fomento de la actividad industrial.
  32. Artículo 24. Publicidad de los programas de fomento de la actividad industrial.
  33. Artículo 25. Procedimiento de modificación de los programas de fomento de la actividad industrial.
  34. Sección 3
  35. Artículo 26. Ejecución del Plan Director.
  36. Artículo 27. Revisiones del plan director.
  37. CAPÍTULO IV
  38. Artículo 28. Responsabilidad social empresarial.
  39. Artículo 29. Medidas para la ejecución de los programas de fomento de la actividad industrial.
  40. Artículo 30. Calidad industrial.
  41. Artículo 31. Infraestructura de la calidad.
  42. Artículo 32. Aplicaciones electrónicas, informáticas y telemáticas.
  43. TÍTULO III
  44. CAPÍTULO I
  45. Artículo 33. Ámbito y contenido.
  46. Artículo 34. Deber de información.
  47. Artículo 35. Placa exterior.
  48. CAPÍTULO II
  49. Sección 1
  50. Artículo 36. Finalidad.
  51. Artículo 37. Obligaciones de personas o entidades titulares.
  52. Artículo 38. Comunicación de modificaciones e incidencias.
  53. Artículo 39. Industrias peligrosas y contaminantes.
  54. Artículo 40. Responsabilidad.
  55. Sección 2
  56. Artículo 41. Habilitaciones profesionales.
  57. Artículo 42. Proyectistas y persona encargada de la dirección de obra.
  58. Artículo 43. Empresas de servicios habilitadas.
  59. Artículo 44. Organismos de control.
  60. Artículo 45. Prestación de servicios.
  61. Sección 3
  62. Artículo 46. Relaciones con la administración competente en materia de seguridad industrial. 2 redacciones · cambió el 13/06/2026
  63. Artículo 47. Comprobaciones administrativas.
  64. Artículo 48. Actuación de los organismos de control.
  65. Artículo 49. Información a las personas o entidades titulares de las instalaciones.
  66. Artículo 50. Deberes de información.
  67. Artículo 51. Deber de colaboración de las empresas distribuidoras de energía.
  68. Artículo 52. Campañas de vigilancia y de informaciónde la seguridad industrial.
  69. Sección 4
  70. Artículo 53. Creación, naturaleza y finalidades.
  71. Artículo 54. Adscripción, composición y funcionamiento de la Comisión de Seguridad Industrial.
  72. TÍTULO IV
  73. CAPÍTULO I
  74. Sección 1
  75. Artículo 55. Modalidades de inspección.
  76. Artículo 56. Inspecciones administrativas.
  77. Artículo 57. Personal inspector de la administración.
  78. Artículo 58. Inspección por organismos de control.
  79. Artículo 59. Actas de inspección.
  80. Sección 2
  81. Artículo 60. Medidas provisionales.
  82. Artículo 61. Medidas correctoras.
  83. Artículo 62. Medidas correctoras resultado de las inspecciones por organismos de control.
  84. CAPÍTULO II
  85. Artículo 63. Disposiciones generales.
  86. Artículo 64. Clasificación de las infracciones.
  87. Artículo 65. Infracciones muy graves.
  88. Artículo 66. Infracciones graves.
  89. Artículo 67. Infracciones leves.
  90. Artículo 68. Sanciones.
  91. Artículo 69. Responsabilidad.
  92. Artículo 70. Restablecimiento de la legalidad.
  93. Artículo 71. Sanciones accesorias.
  94. Artículo 72. Prescripción.
  95. Artículo 73. Procedimiento.
  96. Artículo 74. Competencia.
  97. Disposición adicional primera. Medios personales del Servicio de Inspección.
  98. Disposición adicional segunda. Especificaciones particulares de las empresas suministradoras de energía y agua.
  99. Disposición adicional tercera. Modificación del artículo 24 de la Ley 13/2012, de 20 de noviembre.
  100. Disposición transitoria primera. Disposiciones vigentes.
  101. Disposición transitoria segunda. Tramitación de expedientes.
  102. Disposición transitoria tercera. Personas o entidades titulares de autorizaciones y licencias.
  103. Disposición transitoria cuarta. Declaración de proyectos industriales estratégicos en ausencia de desarrollo reglamentario.
  104. Disposición final primera. Aprobación del primer Plan Director de Política Industrial de las Illes Balears.
  105. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  106. [firma]