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Ley 2/2017, de 17 de febrero, de emergencia social de la vivienda de Extremadura.

En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 22 de marzo de 2017 · Último cambio el 31 de marzo de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. Artículo 1. Modificación de la Ley 3/2001, de 26 de abril, de Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura. 4 redacciones · cambió el 01/11/2018
  3. Artículo 2. Expropiación forzosa del usufructo temporal de determinadas viviendas para la cobertura de necesidad de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergencia social. 4 redacciones · cambió el 01/11/2018
  4. Artículo 3. Suspensión temporal de los procedimientos administrativos de desahucio de viviendas de promoción pública.
  5. Artículo 4. Medidas para aliviar el endeudamiento derivado del impago de rentas de alquiler de viviendas de promoción pública.
  6. Disposición adicional primera. Actuaciones de comprobación.
  7. Disposición adicional segunda. Inventario de bienes del parque público de viviendas de la Junta de Extremadura.
  8. Disposición adicional tercera. Exención de reintegro de ayudas en supuestos de dación en pago.
  9. Disposición adicional cuarta. Deudas y cargas sobre la vivienda habitual.
  10. Disposición adicional quinta. Tipo de gravamen reducido del impuesto sobre las transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para las escrituras públicas que documenten reestructuraciones hipotecarias sobre vivienda habitual según lo dispuesto en el Código de Buenas Prácticas. 2 redacciones · cambió el 23/05/2018
  11. Disposición adicional sexta. Medidas para el sobreendeudamiento con las comunidades de vecinos, administraciones públicas y organismos.
  12. Disposición transitoria primera. Aplicación a los procesos judiciales o extrajudiciales de ejecución hipotecaria que se hubiesen iniciado antes de la entrada en vigor de la presente ley. 4 redacciones · cambió el 01/11/2018
  13. Disposición transitoria segunda. Colaboración entre la Junta de Extremadura y las administraciones locales. Tramitación ante las administraciones locales y plazo para los mecanismos de garantía del realojamiento adecuado. Colaboración entre la Junta de Extremadura y las administraciones locales en un Plan de Dinamización de Barrios.
  14. Disposición transitoria tercera. Nueva regulación en materia de vivienda.
  15. Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
  16. Disposición final segunda. Ayudas de la Junta de Extremadura.
  17. Disposición final tercera. Canon de vivienda deshabitada. 2 redacciones · cambió el 31/03/2023
  18. Disposición final cuarta. Garantías de habitabilidad.
  19. Disposición final quinta. Bolsa de viviendas para el alquiler social.
  20. Disposición final sexta. Modificación de la Ley 7/2016 de 21 de junio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social.
  21. Disposición final séptima. Comisión de Seguimiento de la Vivienda.
  22. Disposición final octava. Entrada en vigor.
  23. [firma]