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Ley 2/2017, de 17 de febrero, de emergencia social de la vivienda de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 22 de marzo de 2017 · Último cambio el 31 de marzo de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo 1. Modificación de la Ley 3/2001, de 26 de abril, de Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura. 4 redacciones · cambió el 01/11/2018
- Artículo 2. Expropiación forzosa del usufructo temporal de determinadas viviendas para la cobertura de necesidad de vivienda de personas en especiales circunstancias de emergencia social. 4 redacciones · cambió el 01/11/2018
- Artículo 3. Suspensión temporal de los procedimientos administrativos de desahucio de viviendas de promoción pública.
- Artículo 4. Medidas para aliviar el endeudamiento derivado del impago de rentas de alquiler de viviendas de promoción pública.
- Disposición adicional primera. Actuaciones de comprobación.
- Disposición adicional segunda. Inventario de bienes del parque público de viviendas de la Junta de Extremadura.
- Disposición adicional tercera. Exención de reintegro de ayudas en supuestos de dación en pago.
- Disposición adicional cuarta. Deudas y cargas sobre la vivienda habitual.
- Disposición adicional quinta. Tipo de gravamen reducido del impuesto sobre las transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para las escrituras públicas que documenten reestructuraciones hipotecarias sobre vivienda habitual según lo dispuesto en el Código de Buenas Prácticas. 2 redacciones · cambió el 23/05/2018
- Disposición adicional sexta. Medidas para el sobreendeudamiento con las comunidades de vecinos, administraciones públicas y organismos.
- Disposición transitoria primera. Aplicación a los procesos judiciales o extrajudiciales de ejecución hipotecaria que se hubiesen iniciado antes de la entrada en vigor de la presente ley. 4 redacciones · cambió el 01/11/2018
- Disposición transitoria segunda. Colaboración entre la Junta de Extremadura y las administraciones locales. Tramitación ante las administraciones locales y plazo para los mecanismos de garantía del realojamiento adecuado. Colaboración entre la Junta de Extremadura y las administraciones locales en un Plan de Dinamización de Barrios.
- Disposición transitoria tercera. Nueva regulación en materia de vivienda.
- Disposición final primera. Habilitación reglamentaria.
- Disposición final segunda. Ayudas de la Junta de Extremadura.
- Disposición final tercera. Canon de vivienda deshabitada. 2 redacciones · cambió el 31/03/2023
- Disposición final cuarta. Garantías de habitabilidad.
- Disposición final quinta. Bolsa de viviendas para el alquiler social.
- Disposición final sexta. Modificación de la Ley 7/2016 de 21 de junio, de medidas extraordinarias contra la exclusión social.
- Disposición final séptima. Comisión de Seguimiento de la Vivienda.
- Disposición final octava. Entrada en vigor.
- [firma]


