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Ley Orgánica 1/2020, de 16 de septiembre, sobre la utilización de los datos del Registro de Nombres de Pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 17 de septiembre de 2020 · Último cambio el 27 de mayo de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Sujetos obligados.
- Artículo 4. Delitos de terrorismo y delitos graves.
- Artículo 5. Datos del Registro de Nombres de Pasajeros (datos PNR).
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Unidad de Información sobre Pasajeros.
- Artículo 7. Funciones y facultades.
- Artículo 8. Responsable de protección de datos.
- Artículo 9. Obligaciones de transmisión de datos.
- Artículo 10. Momentos de la transmisión de datos. 2 redacciones · cambió el 27/05/2021
- Artículo 11. Régimen jurídico aplicable al tratamiento de datos PNR.
- Artículo 12. Tratamiento de los datos PNR.
- Artículo 13. Consecuencias de la evaluación.
- Artículo 14. Autoridades competentes.
- Artículo 15. Protección de los datos de carácter personal.
- Artículo 16. Intercambio de información entre Estados miembros de la Unión Europea.
- Artículo 17. Transferencia de datos a Europol.
- Artículo 18. Transferencias de datos a terceros países no miembros de la Unión Europea.
- Artículo 19. Período de conservación de los datos y despersonalización.
- Artículo 20. Competencias de la Agencia Española de Protección de Datos.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 21. Sujetos responsables.
- Artículo 22. Responsable de tratamiento y responsable de protección de datos.
- Artículo 23. Regla especial.
- Artículo 24. Concurso de normas.
- Sección 2
- Artículo 25. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 26. Infracciones muy graves.
- Artículo 27. Infracciones graves.
- Artículo 28. Infracciones leves.
- Sección 3
- Artículo 29. Sanciones.
- Artículo 30. Graduación de las sanciones.
- Artículo 31. Competencia sancionadora.
- Sección 4
- Artículo 32. Medidas provisionales.
- Artículo 33. Caducidad del procedimiento.
- Artículo 34. Acceso a los datos de otras Administraciones públicas.
- Disposición adicional primera. Plazo para comunicar los formatos de datos y protocolos de transmisión.
- Disposición adicional segunda. Transmisión de datos PNR.
- Disposición adicional tercera. Régimen jurídico del acceso por el Centro Nacional de Inteligencia a datos PNR.
- Disposición adicional cuarta. Transmisiones de datos PNR a las Direcciones Generales de la Policía y de la Guardia Civil y a las autoridades competentes de las Comunidades Autónomas que cuenten con un cuerpo de policía propio e integral.
- Disposición adicional quinta. Transmisiones de datos PNR a la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera.
- Disposición adicional sexta. Transmisiones de datos PNR a Jueces, Tribunales y Ministerio Fiscal.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Preceptos que tienen carácter de ley orgánica.
- Disposición final tercera. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


