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Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante.

En vigor Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 9 de julio de 2021 · Último cambio el 31 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO PRELIMINAR
  3. Artículo 1. Finalidad y objeto.
  4. Artículo 2. Definiciones.
  5. Artículo 3. Ámbito objetivo de aplicación.
  6. Artículo 4. Ámbito subjetivo de aplicación.
  7. Artículo 5. Principios rectores.
  8. TÍTULO I
  9. CAPÍTULO I
  10. Artículo 6. Creación.
  11. Artículo 7. Finalidad.
  12. Artículo 8. Régimen jurídico.
  13. Artículo 9. Funciones. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
  14. Artículo 10. Funciones en el ámbito de la Administración local de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  15. Artículo 11. Funciones en el ámbito de las universidades públicas andaluzas.
  16. Artículo 12. Delimitación de funciones.
  17. Artículo 13. Deber de colaboración.
  18. Artículo 14. Confidencialidad.
  19. Artículo 15. Protección de datos de carácter personal.
  20. CAPÍTULO II
  21. Artículo 16. Disposiciones generales aplicables a las potestades de investigación e inspección.
  22. Artículo 17. Potestad de investigación.
  23. Artículo 18. Potestad de inspección.
  24. Artículo 19. Derechos de las personas investigadas.
  25. Artículo 20. Inicio del procedimiento de investigación e inspección.
  26. Artículo 21. Periodo de información o actuaciones previas.
  27. Artículo 22. Acuerdo de inicio e instrucción.
  28. Artículo 23. Suspensión y finalización del procedimiento de investigación e inspección. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
  29. Artículo 24. Régimen jurídico del procedimiento de investigación e inspección.
  30. CAPÍTULO III
  31. Artículo 25. La Dirección.
  32. Artículo 26. Funciones de la Dirección. 2 redacciones · cambió el 30/12/2022
  33. Artículo 27. Incompatibilidades de la Dirección.
  34. Artículo 28. Cese de la Dirección.
  35. Artículo 29. Estructura de la Oficina.
  36. Artículo 30. Recursos en vía administrativa.
  37. Artículo 31. Personas al servicio de la Oficina.
  38. Artículo 32. Recursos económicos, presupuesto, régimen patrimonial, de contabilidad, intervención y contratación. 2 redacciones · cambió el 31/12/2025
  39. CAPÍTULO IV
  40. Artículo 33. Memoria anual.
  41. Artículo 34. Informes especiales y recomendaciones.
  42. TÍTULO II
  43. Artículo 35. Persona denunciante.
  44. Artículo 36. Denuncia con plenas garantías.
  45. Artículo 37. Derechos de las personas denunciantes.
  46. Artículo 38. Medidas de protección.
  47. Artículo 39. Publicidad de la información relativa a la tramitación de denuncias ante la Oficina.
  48. TÍTULO III
  49. CAPÍTULO I
  50. Artículo 40. Competencia sancionadora y procedimiento.
  51. Artículo 41. Responsabilidad.
  52. CAPÍTULO II
  53. Artículo 42. Concepto y clases de infracciones.
  54. Artículo 43. Infracciones muy graves.
  55. Artículo 44. Infracciones graves.
  56. Artículo 45. Infracciones leves.
  57. Artículo 46. Sanciones.
  58. Artículo 47. Graduación de las sanciones.
  59. Artículo 48. Prescripción.
  60. Disposición adicional primera. Elección de la persona titular de la Dirección y puesta en funcionamiento de la Oficina.
  61. Disposición adicional segunda. Denuncias anónimas.
  62. Disposición transitoria primera. Procedimientos sancionadores por comisión de infracciones tipificadas en la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos.
  63. Disposición transitoria segunda. Comisión permanente encargada de las relaciones del Parlamento de Andalucía con la Oficina.
  64. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  65. Disposición final primera. Aprobación del reglamento de régimen interior y funcionamiento.
  66. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 3/2005, de 8 de abril, de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de Declaración de Actividades, Bienes, Intereses y Retribuciones de Altos Cargos y otros Cargos Públicos.
  67. Disposición final tercera. Modificación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  68. Disposición final cuarta. Modificación del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de consejerías.
  69. Disposición final quinta. Modificación del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local.
  70. Disposición final sexta. Modificación de normas reglamentarias.
  71. Disposición final séptima. Desarrollo reglamentario.
  72. Disposición final octava. Entrada en vigor.
  73. Firma