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Ley 1/2023, de 1 de marzo, del Sistema Público de Cultura de Canarias.

En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 23 de mayo de 2023 · Último cambio el 13 de marzo de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y finalidad de la ley.
  4. Artículo 2. Principios rectores de la ley.
  5. TÍTULO II
  6. CAPÍTULO I
  7. Artículo 3. Composición del sistema público de cultura de Canarias.
  8. Artículo 4. Comisión de coordinación del sistema público de cultura de Canarias y su composición.
  9. Artículo 5. Atribuciones de la Comisión de coordinación del sistema público de cultura de Canarias.
  10. Artículo 6. Funcionamiento de la Comisión de coordinación del sistema público de cultura de Canarias.
  11. CAPÍTULO II
  12. Sección 1
  13. Artículo 7. Objeto del Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias.
  14. Artículo 8. Contenido del Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias.
  15. Artículo 9. Elaboración y aprobación del Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias.
  16. Artículo 10. Efectos de la aprobación del Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias.
  17. Artículo 11. Evaluación y revisión del cumplimiento del Marco de Acción Estratégica de la Cultura de Canarias.
  18. Sección 2
  19. Artículo 12. Naturaleza y finalidad de la Red de Equipamientos Culturales de Utilización Pública.
  20. Artículo 13. Composición de la Red de Equipamientos Culturales de Utilización Pública de Canarias.
  21. Sección 3
  22. Artículo 14. Recursos humanos del sistema público de cultura de Canarias.
  23. Artículo 15. Recursos económicos del sistema público de cultura de Canarias.
  24. CAPÍTULO III
  25. Sección 1
  26. Artículo 16. Obligaciones y garantías básicas.
  27. Sección 2
  28. Artículo 17. Funcionamiento del sistema público de cultura de Canarias.
  29. Sección 3
  30. Artículo 18. Desarrollo de la vida cultural en el sistema público de cultura de Canarias.
  31. Artículo 19. Creación e investigación cultural.
  32. Artículo 20. Patrimonio cultural.
  33. Artículo 21. Acceso a la cultura y a los equipamientos culturales públicos.
  34. Artículo 22. Diversidad cultural y culturas comunitarias.
  35. Artículo 23. Dimensión social de la cultura como bien cultural básico.
  36. Artículo 24. Digitalización cultural.
  37. Sección 4
  38. Artículo 25. Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura.
  39. CAPÍTULO IV
  40. Artículo 26. Naturaleza del Consejo Canario de Cultura.
  41. Artículo 27. Composición del Consejo Canario de Cultura.
  42. Artículo 28. Funciones del Consejo Canario de Cultura.
  43. Artículo 29. Organización y funcionamiento del Consejo Canario de Cultura.
  44. Disposición adicional primera. Nombramiento de las personas integrantes de la Comisión de coordinación del sistema público de cultura de Canarias.
  45. Disposición adicional segunda. Elaboración del Marco de Acción Estratégica.
  46. Disposición adicional tercera. Creación de cuerpos, escalas y especialidades.
  47. Disposición adicional cuarta. Planes de formación de los profesionales culturales.
  48. Disposición adicional quinta. Creación de la Ventanilla Única Cultural Digital.
  49. Disposición adicional sexta. Constitución del Servicio de Investigación y Análisis de la Cultura.
  50. Disposición adicional séptima. Nombramiento de las personas integrantes del Consejo Canario de Cultura.
  51. Disposición adicional octava. Transformación del Instituto Canario de Desarrollo Cultural, SA.
  52. Disposición transitoria única.
  53. Disposición derogatoria única.
  54. Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
  55. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  56. [firma]