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Ley 8/2026, de 23 de junio, de Ordenación del Transporte Marítimo de Cantabria.
En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 7 de julio de 2026 · Último cambio el 26 de junio de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito territorial de aplicación.
- Artículo 3. Ámbito subjetivo de aplicación.
- Artículo 4. Libertad de prestación.
- Artículo 5. Clases de servicios.
- CAPÍTULO II
- Artículo 6. Creación del registro de empresas de transporte marítimo de Cantabria.
- Artículo 7. Obligatoriedad de presentación de declaración responsable e inscripción en el registro.
- Artículo 8. Tasas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Obligaciones de información.
- Artículo 10. Cese de la actividad.
- Artículo 11. Medidas de control.
- Artículo 12. Deberes referidos a los documentos de control.
- Artículo 13. Órganos de inspección.
- Artículo 14. Ejercicio de la función inspectora.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. Definición de persona usuaria.
- Artículo 16. Derechos.
- Artículo 17. Información previa de seguridad a las personas usuarias.
- Artículo 18. Deberes.
- CAPÍTULO V
- Artículo 19. Infracciones.
- Artículo 20. Infracciones muy graves.
- Artículo 21. Infracciones graves.
- Artículo 22. Infracciones leves.
- Artículo 23. Responsabilidad por infracciones.
- Artículo 24. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 25. Sanciones.
- Artículo 26. Prescripción de las sanciones.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 27. Régimen jurídico.
- Artículo 28. Órgano competente.
- Artículo 29. Medidas provisionales.
- Artículo 30. Plazo máximo de resolución.
- Disposición adicional primera. Resolución alternativa de controversias con las personas usuarias.
- Disposición adicional segunda. Transporte en aguas continentales.
- Disposición adicional tercera. Modernización.
- Disposición adicional cuarta. Ordenación ambiental y territorial de las actividades desarrolladas mediante motos náuticas.
- Disposición transitoria única. Obligación de declaración responsable por parte de las empresas prestadoras del servicio de transporte marítimo.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley 1/2014, de 17 de noviembre, de Transporte de Viajeros por Carretera.
- Disposición final segunda. Medidas de salvaguardia.
- Disposición final tercera. Desarrollo normativo.
- Disposición final cuarta. Actualización de sanciones.
- Disposición final quinta. Informe de evaluación.
- Disposición final sexta. Entrada en vigor.
- Firma


