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Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de mutualidades de previsión social.
En vigor Ministerio de Economía · Publicada el 17 de enero de 2003 · Último cambio el 2 de diciembre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo único. Aprobación del Reglamento de mutualidades de previsión social.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Entrada en vigor.
- REGLAMENTO
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto del Reglamento. Ámbito subjetivo.
- Artículo 2. Concepto.
- Artículo 3. Denominación social.
- Artículo 4. Objeto social.
- Artículo 5. Domicilio social.
- Artículo 6. Voluntariedad de incorporación.
- Artículo 7. Clases de mutualidades. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 8. Del acuerdo de fundación.
- Artículo 9. Escritura de constitución.
- Artículo 10. Estatutos. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- CAPÍTULO II
- Artículo 11. Solicitud y autorización administrativa. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 12. Efectos de la autorización. Entidades no autorizadas. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 13. Ampliación de actividad y modificación de la documentación aportada. 3 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 14. Programa de actividades. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 15. Previsión de riesgos sobre las personas.
- Artículo 16. Previsión de riesgos sobre las cosas.
- Artículo 17. Compatibilidad de prestaciones. 3 redacciones · cambió el 19/02/2007
- Sección 2
- Artículo 18. Procedimiento de obtención de autorización administrativa para la ampliación de prestaciones.
- Artículo 19. Ampliación de prestaciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 20. Provisiones técnicas. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 21. Margen de solvencia. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 22. Fondo de garantía. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 23. Fondo de maniobra. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 24. Obligaciones contables. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 25. Registros contables. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 26. Ejercicio económico y cuentas técnicas. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 27. Información estadístico-contable y auditoría. 3 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 28. Pólizas, reglamentos de prestaciones, bases técnicas, información y protección del asegurado.
- Artículo 29. Cesión de cartera, transformación, fusión, escisión y agrupaciones. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- CAPÍTULO V
- Artículo 30. Prestación de servicios comunes.
- TÍTULO III
- Artículo 31. Condición de mutualista.
- Artículo 32. Derechos y obligaciones de los mutualistas.
- Artículo 33. De las entidades o personas protectoras.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 34. Régimen de los órganos sociales.
- Artículo 35. Órganos sociales de las mutualidades de previsión social.
- CAPÍTULO II
- Artículo 36. Asamblea general: composición y facultades.
- Artículo 37. Participación de las entidades o personas protectoras en la asamblea general.
- Artículo 38. Régimen de funcionamiento.
- CAPÍTULO III
- Artículo 39. La junta directiva: composición y facultades. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
- Artículo 40. Limitaciones en la gestión.
- Artículo 41. Requisitos y régimen de funcionamiento.
- Artículo 42. Gastos de administración.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 43. Comisión de control financiero.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 44. Mutualidades que superen el territorio de una Comunidad Autónoma.
- Artículo 45. Autorización administrativa y revocación.
- Artículo 46. Alto control económico-financiero del Estado y colaboración entre Administraciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 47. Registro administrativo.
- Artículo 48. De la inspección.
- Artículo 49. Medidas de control especial y régimen de infracciones y sanciones.
- Artículo 50. Revocación, disolución y liquidación.
- Disposición adicional primera. Remisión normativa.
- Disposición adicional segunda. Régimen de las coberturas.
- Disposición adicional tercera. Régimen de las mutualidades de previsión social que instrumenten compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores.
- Disposición transitoria primera. Adaptación al régimen de capitalización individual.
- Disposición transitoria segunda. Garantías financieras.
- Disposición transitoria tercera. Gastos de administración.
- Disposición transitoria cuarta. Federaciones de Mutualidades de Previsión Social.
- Disposición transitoria quinta. Estatutos sociales.
- Disposición final primera. Normativa básica.
- Disposición final segunda. Habilitación normativa.
- Firma


