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Real Decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de mutualidades de previsión social.

En vigor Ministerio de Economía · Publicada el 17 de enero de 2003 · Último cambio el 2 de diciembre de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único. Aprobación del Reglamento de mutualidades de previsión social.
  3. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  4. Disposición final única. Entrada en vigor.
  5. REGLAMENTO
  6. TÍTULO I
  7. Artículo 1. Objeto del Reglamento. Ámbito subjetivo.
  8. Artículo 2. Concepto.
  9. Artículo 3. Denominación social.
  10. Artículo 4. Objeto social.
  11. Artículo 5. Domicilio social.
  12. Artículo 6. Voluntariedad de incorporación.
  13. Artículo 7. Clases de mutualidades. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  14. TÍTULO II
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 8. Del acuerdo de fundación.
  17. Artículo 9. Escritura de constitución.
  18. Artículo 10. Estatutos. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  19. CAPÍTULO II
  20. Artículo 11. Solicitud y autorización administrativa. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  21. Artículo 12. Efectos de la autorización. Entidades no autorizadas. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  22. Artículo 13. Ampliación de actividad y modificación de la documentación aportada. 3 redacciones · cambió el 02/12/2015
  23. Artículo 14. Programa de actividades. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  24. CAPÍTULO III
  25. Sección 1
  26. Artículo 15. Previsión de riesgos sobre las personas.
  27. Artículo 16. Previsión de riesgos sobre las cosas.
  28. Artículo 17. Compatibilidad de prestaciones. 3 redacciones · cambió el 19/02/2007
  29. Sección 2
  30. Artículo 18. Procedimiento de obtención de autorización administrativa para la ampliación de prestaciones.
  31. Artículo 19. Ampliación de prestaciones.
  32. CAPÍTULO IV
  33. Artículo 20. Provisiones técnicas. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  34. Artículo 21. Margen de solvencia. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  35. Artículo 22. Fondo de garantía. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  36. Artículo 23. Fondo de maniobra. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  37. Artículo 24. Obligaciones contables. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  38. Artículo 25. Registros contables. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  39. Artículo 26. Ejercicio económico y cuentas técnicas. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  40. Artículo 27. Información estadístico-contable y auditoría. 3 redacciones · cambió el 02/12/2015
  41. Artículo 28. Pólizas, reglamentos de prestaciones, bases técnicas, información y protección del asegurado.
  42. Artículo 29. Cesión de cartera, transformación, fusión, escisión y agrupaciones. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  43. CAPÍTULO V
  44. Artículo 30. Prestación de servicios comunes.
  45. TÍTULO III
  46. Artículo 31. Condición de mutualista.
  47. Artículo 32. Derechos y obligaciones de los mutualistas.
  48. Artículo 33. De las entidades o personas protectoras.
  49. TÍTULO IV
  50. CAPÍTULO I
  51. Artículo 34. Régimen de los órganos sociales.
  52. Artículo 35. Órganos sociales de las mutualidades de previsión social.
  53. CAPÍTULO II
  54. Artículo 36. Asamblea general: composición y facultades.
  55. Artículo 37. Participación de las entidades o personas protectoras en la asamblea general.
  56. Artículo 38. Régimen de funcionamiento.
  57. CAPÍTULO III
  58. Artículo 39. La junta directiva: composición y facultades. 2 redacciones · cambió el 02/12/2015
  59. Artículo 40. Limitaciones en la gestión.
  60. Artículo 41. Requisitos y régimen de funcionamiento.
  61. Artículo 42. Gastos de administración.
  62. CAPÍTULO IV
  63. Artículo 43. Comisión de control financiero.
  64. TÍTULO V
  65. CAPÍTULO I
  66. Artículo 44. Mutualidades que superen el territorio de una Comunidad Autónoma.
  67. Artículo 45. Autorización administrativa y revocación.
  68. Artículo 46. Alto control económico-financiero del Estado y colaboración entre Administraciones.
  69. CAPÍTULO II
  70. Artículo 47. Registro administrativo.
  71. Artículo 48. De la inspección.
  72. Artículo 49. Medidas de control especial y régimen de infracciones y sanciones.
  73. Artículo 50. Revocación, disolución y liquidación.
  74. Disposición adicional primera. Remisión normativa.
  75. Disposición adicional segunda. Régimen de las coberturas.
  76. Disposición adicional tercera. Régimen de las mutualidades de previsión social que instrumenten compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores.
  77. Disposición transitoria primera. Adaptación al régimen de capitalización individual.
  78. Disposición transitoria segunda. Garantías financieras.
  79. Disposición transitoria tercera. Gastos de administración.
  80. Disposición transitoria cuarta. Federaciones de Mutualidades de Previsión Social.
  81. Disposición transitoria quinta. Estatutos sociales.
  82. Disposición final primera. Normativa básica.
  83. Disposición final segunda. Habilitación normativa.
  84. Firma