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Ley 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales.

En vigor Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Publicada el 16 de julio de 2007 · Último cambio el 10 de mayo de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Sección 1
  4. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  5. Artículo 2. Naturaleza y estructura de los Cuerpos de Policía Local.
  6. Artículo 3. Gestión directa.
  7. Artículo 4. Creación de Cuerpos.
  8. Artículo 5. Ámbito territorial.
  9. Artículo 6. Principios básicos de actuación.
  10. Sección 2
  11. Artículo 7. Uniformidad e identificación.
  12. Artículo 8. Armamento y medios técnicos.
  13. CAPÍTULO II
  14. Sección 1
  15. Artículo 9. Concepto de coordinación.
  16. Artículo 10. Funciones de coordinación.
  17. Artículo 11. Las normas-marco.
  18. Artículo 12. Órganos competentes.
  19. Sección 2
  20. Artículo 13. Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
  21. Artículo 14. Composición.
  22. Artículo 15. Régimen de funcionamiento.
  23. Artículo 16. Funciones de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
  24. CAPÍTULO III
  25. Sección 1
  26. Artículo 17. Escalas y categorías.
  27. Artículo 18. Funciones.
  28. Artículo 19. Grupos de clasificación.
  29. Artículo 20. Plantillas.
  30. Sección 2
  31. Artículo 21. La jefatura del Cuerpo de Policía Local.
  32. Artículo 22. Funciones de la jefatura del Cuerpo.
  33. Sección 3
  34. Artículo 23. Vigilantes municipales.
  35. Artículo 24. Auxiliares de policía.
  36. CAPÍTULO IV
  37. Sección 1
  38. Artículo 25. Disposiciones estatutarias comunes.
  39. Artículo 26. Derechos.
  40. Artículo 27. Deberes.
  41. Artículo 28. Condecoraciones, honores y distinciones.
  42. Sección 2
  43. Artículo 29. Jubilación.
  44. Sección 3
  45. Artículo 30. Normativa aplicable.
  46. CAPÍTULO V
  47. Sección 1
  48. Artículo 31. Selección.
  49. Artículo 32. Requisitos generales para el ingreso. 2 redacciones · cambió el 10/05/2024
  50. Artículo 33. Sistemas selectivos.
  51. Artículo 34. Promoción interna, movilidad y turno libre.
  52. Artículo 35. Comisión de servicios funcional.
  53. Sección 2
  54. Artículo 36. La Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias.
  55. Disposición adicional primera. Constitución de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
  56. Disposición adicional segunda. Equiparación de categorías.
  57. Disposición adicional tercera. Proceso selectivo de carácter extraordinario.
  58. Disposición adicional cuarta. Financiación de costes adicionales.
  59. Disposición transitoria primera. Clasificación e integración de los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local. 2 redacciones · cambió el 01/11/2022
  60. Disposición transitoria segunda. Procesos selectivos en curso.
  61. Disposición derogatoria única.
  62. Disposición final primera. Normas-marco.
  63. Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
  64. Firma