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Ley 2/2007, de 23 de marzo, de Coordinación de las Policías Locales.
En vigor Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Publicada el 16 de julio de 2007 · Último cambio el 10 de mayo de 2024 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Naturaleza y estructura de los Cuerpos de Policía Local.
- Artículo 3. Gestión directa.
- Artículo 4. Creación de Cuerpos.
- Artículo 5. Ámbito territorial.
- Artículo 6. Principios básicos de actuación.
- Sección 2
- Artículo 7. Uniformidad e identificación.
- Artículo 8. Armamento y medios técnicos.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 9. Concepto de coordinación.
- Artículo 10. Funciones de coordinación.
- Artículo 11. Las normas-marco.
- Artículo 12. Órganos competentes.
- Sección 2
- Artículo 13. Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
- Artículo 14. Composición.
- Artículo 15. Régimen de funcionamiento.
- Artículo 16. Funciones de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 17. Escalas y categorías.
- Artículo 18. Funciones.
- Artículo 19. Grupos de clasificación.
- Artículo 20. Plantillas.
- Sección 2
- Artículo 21. La jefatura del Cuerpo de Policía Local.
- Artículo 22. Funciones de la jefatura del Cuerpo.
- Sección 3
- Artículo 23. Vigilantes municipales.
- Artículo 24. Auxiliares de policía.
- CAPÍTULO IV
- Sección 1
- Artículo 25. Disposiciones estatutarias comunes.
- Artículo 26. Derechos.
- Artículo 27. Deberes.
- Artículo 28. Condecoraciones, honores y distinciones.
- Sección 2
- Artículo 29. Jubilación.
- Sección 3
- Artículo 30. Normativa aplicable.
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 31. Selección.
- Artículo 32. Requisitos generales para el ingreso. 2 redacciones · cambió el 10/05/2024
- Artículo 33. Sistemas selectivos.
- Artículo 34. Promoción interna, movilidad y turno libre.
- Artículo 35. Comisión de servicios funcional.
- Sección 2
- Artículo 36. La Escuela de Seguridad Pública del Principado de Asturias.
- Disposición adicional primera. Constitución de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales.
- Disposición adicional segunda. Equiparación de categorías.
- Disposición adicional tercera. Proceso selectivo de carácter extraordinario.
- Disposición adicional cuarta. Financiación de costes adicionales.
- Disposición transitoria primera. Clasificación e integración de los funcionarios de los Cuerpos de Policía Local. 2 redacciones · cambió el 01/11/2022
- Disposición transitoria segunda. Procesos selectivos en curso.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Normas-marco.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Firma


