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Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23.
En vigor Ministerio de Industria, Energía y Turismo · Publicada el 9 de junio de 2014 · Último cambio el 1 de octubre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias.
- Disposición adicional primera. Cobertura de garantía de responsabilidad civil suscrita en otro Estado.
- Disposición adicional segunda. Aceptación de documentos de otros Estados miembros a efectos de acreditación del cumplimiento de requisitos.
- Disposición adicional tercera. Modelo de declaración responsable.
- Disposición adicional cuarta. Obligaciones en materia de información y de reclamaciones.
- Disposición adicional quinta. Guía técnica.
- Disposición adicional sexta. Regularización administrativa de líneas en explotación en el ámbito del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad de líneas de alta tensión en la fecha de obligado cumplimiento de este real decreto.
- Disposición adicional séptima. Líneas de alta tensión en fase de tramitación en la fecha de obligado cumplimiento del Reglamento de Líneas de Alta Tensión.
- Disposición adicional octava. Habilitación de instaladores y de empresas instaladoras en alta tensión autorizados o habilitados en el ámbito del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión.
- Disposición transitoria primera. Exigibilidad de lo dispuesto en el reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias.
- Disposición transitoria segunda. Instalaciones en fase de tramitación en la fecha de obligado cumplimiento del reglamento.
- Disposición transitoria tercera. Regularización administrativa de instalaciones en explotación en la fecha de obligado cumplimiento del reglamento.
- Disposición transitoria cuarta. Adecuación de otros instaladores y empresas instaladoras.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Desarrollo y ejecución.
- Disposición final tercera. Autorización para la modificación de las instrucciones técnicas complementarias.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]
- REGLAMENTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Tensiones nominales. Clasificación de las instalaciones.
- Artículo 4. Frecuencia de la red eléctrica nacional.
- Artículo 5. Compatibilidad con otras instalaciones.
- Artículo 6. Cumplimiento de las prescripciones y excepciones.
- Artículo 7. Reconocimiento mutuo. 2 redacciones · cambió el 18/03/2023
- Artículo 8. Normas de obligado cumplimiento.
- Artículo 9. Accidentes.
- Artículo 10. Infracciones y sanciones.
- Artículo 11. Equipos y materiales.
- Artículo 12. Proyecto de las instalaciones. 2 redacciones · cambió el 20/06/2020
- Artículo 13. Interrupción y alteración del servicio.
- CAPÍTULO II
- Artículo 14. Especificaciones particulares de las instalaciones propiedad de las entidades de transporte y distribución de energía eléctrica. 2 redacciones · cambió el 20/06/2020
- Artículo 15. Capacidad técnica de las entidades de producción, transporte y distribución de energía eléctrica para la ejecución y mantenimiento de instalaciones eléctricas de su propiedad.
- Artículo 16. Documentación y puesta en servicio de las instalaciones propiedad de entidades de producción, transporte y distribución de energía eléctrica.
- Artículo 17. Mantenimiento, verificaciones periódicas e inspecciones de las instalaciones propiedad de entidades de producción, transporte y distribución de energía eléctrica.
- CAPÍTULO III
- Artículo 18. Empresas instaladoras para instalaciones de alta tensión.
- Artículo 19. Explotación y mantenimiento de instalaciones privadas que forman parte de instalaciones de transporte o distribución de energía eléctrica.
- Artículo 20. Documentación, puesta en servicio y mantenimiento de las instalaciones.
- Artículo 21. Inspecciones periódicas de las instalaciones.
- ITC-RAT 01
- ITC-RAT 02
- ITC-RAT 03
- ITC-RAT 04
- ITC-RAT 05
- ITC-RAT 06
- ITC-RAT 07
- ITC-RAT 08
- ITC-RAT 09
- ITC-RAT 10
- ITC-RAT 11
- ITC-RAT 12
- ITC-RAT 13
- ITC-RAT 14
- ITC-RAT 15
- ITC-RAT 16
- ITC-RAT 17
- ITC-RAT 18
- ITC-RAT 19
- ITC-RAT 20
- ITC-RAT 21
- ANEXO 1
- ANEXO 2
- ITC-RAT 22
- ITC-RAT 23
- ANEXO
- [Información relacionada]


