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Ley 5/2014, de 9 de octubre, de Protección Social y Jurídica de la Infancia y la Adolescencia de Castilla-La Mancha.

Derogada o sin vigencia Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha · Publicada el 18 de febrero de 2015 · Último cambio el 14 de marzo de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. TÍTULO PRELIMINAR
  4. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  5. Artículo 2. Principios rectores de la actuación administrativa. 2 redacciones · cambió el 15/10/2018
  6. Artículo 3. Criterios generales de actuación administrativa, corresponsabilidad y colaboración.
  7. Artículo 4. Promoción y divulgación de los derechos de la infancia y la adolescencia.
  8. Artículo 5. Prioridad presupuestaria.
  9. TÍTULO I
  10. CAPÍTULO I
  11. Artículo 6. Reconocimiento de los derechos de los menores.
  12. Artículo 7. Derecho a la vida y a la integridad física y moral.
  13. Artículo 8. Derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
  14. Artículo 9. Derecho a la información.
  15. Artículo 10. Derecho a la libertad de pensamiento, conciencia y religión y expresión.
  16. Artículo 11. Derecho a la participación y asociación.
  17. Artículo 12. Derecho de audiencia.
  18. Artículo 13. Derecho a la protección de la salud.
  19. Artículo 14. Derecho a la educación.
  20. Artículo 15. Derecho a la cultura y al ocio.
  21. Artículo 16. Derecho a un medio ambiente saludable.
  22. Artículo 17. Derecho a la integración social.
  23. Artículo 18. Derecho a la formación y acceso al empleo.
  24. Artículo 19. Convivencia y derecho a la relación con los padres y otros parientes.
  25. CAPÍTULO II
  26. Artículo 20. Deberes y responsabilidades de la infancia y la adolescencia.
  27. Artículo 21. Deberes relativos a las obligaciones familiares de los menores.
  28. Artículo 22. Deberes de ciudadanía de los menores.
  29. CAPÍTULO III
  30. Artículo 23. Deberes y responsabilidades de los padres, tutores y guardadores y de los poderes públicos.
  31. Artículo 24. Protección del menor frente a determinadas actividades, medios y productos.
  32. Artículo 25. Deber de colaboración de los ciudadanos.
  33. Artículo 26. Deber de reserva.
  34. TÍTULO II
  35. CAPÍTULO I
  36. Artículo 27. Concepto de protección.
  37. Artículo 28. Criterios específicos de la actuación administrativa.
  38. CAPÍTULO II
  39. Artículo 29. Creación de las Comisiones Provinciales de Tutela y Guarda de Menores.
  40. Artículo 30. Criterios de actuación.
  41. Artículo 31. Composición.
  42. Artículo 32. Competencias.
  43. Artículo 33. Funcionamiento.
  44. CAPÍTULO III
  45. Artículo 34. Concepto de situación de riesgo.
  46. Artículo 35. Declaración de situación de riesgo.
  47. Artículo 36. Medidas de protección en situaciones de riesgo.
  48. CAPÍTULO IV
  49. Artículo 37. Concepto de situación de desamparo.
  50. Artículo 38. Declaración de la situación de desamparo.
  51. Artículo 39. Medidas de protección a menores en situación de desamparo.
  52. CAPÍTULO V
  53. Artículo 40. Tutela de los menores en situación de desamparo.
  54. Artículo 41. Cese de la tutela.
  55. Artículo 42. Promoción de la tutela ordinaria.
  56. CAPÍTULO VI
  57. Artículo 43. Supuestos.
  58. Artículo 44. Guarda asumida a solicitud de los padres, tutores o guardadores.
  59. Artículo 45. Ejercicio.
  60. CAPÍTULO VII
  61. Artículo 46. Situación de un menor con conducta inadaptada. Supuestos.
  62. Artículo 47. Declaración de un menor con conducta inadaptada.
  63. Artículo 48. Criterios de actuación.
  64. Artículo 49. Auxilio a los padres o tutores en el ejercicio de su potestad.
  65. TÍTULO III
  66. CAPÍTULO I
  67. Artículo 50. Acuerdo de declaración de riesgo.
  68. Artículo 51. Proyecto de intervención familiar.
  69. Artículo 52. Prórroga y cese de la situación de riesgo.
  70. CAPÍTULO II
  71. Artículo 53. Incoación.
  72. Artículo 54. Instrucción.
  73. Artículo 55. Medidas cautelares.
  74. Artículo 56. Alegaciones y medios de prueba.
  75. Artículo 57. Audiencia.
  76. Artículo 58. Finalización del procedimiento.
  77. Artículo 59. Notificación.
  78. Artículo 60. Ejecución de los acuerdos.
  79. Artículo 61. Procedimiento de urgencia.
  80. Artículo 62. Ejercicio de la tutela derivada de la declaración de desamparo.
  81. Artículo 63. Cese de la tutela.
  82. CAPÍTULO III
  83. Artículo 64. Supuestos.
  84. Artículo 65. Guarda asumida a solicitud de los padres, tutores o guardadores.
  85. Artículo 66. Ejercicio.
  86. CAPÍTULO IV
  87. Artículo 67. Acuerdo de declaración de un menor con conducta inadaptada.
  88. Artículo 68. Proyecto de intervención familiar para menores con conductas inadaptadas.
  89. Artículo 69. Asunción de la guarda del menor con conducta inadaptada.
  90. Artículo 70. Prórroga y cese.
  91. Artículo 71. Notificaciones.
  92. TÍTULO IV
  93. CAPÍTULO I
  94. Artículo 72. Contenido.
  95. Artículo 73. Apoyo al acogimiento familiar.
  96. Artículo 74. Acogimiento familiar especializado.
  97. Artículo 75. Acogimiento en hogar funcional.
  98. Artículo 76. Idoneidad de los acogedores.
  99. Artículo 77. Promoción del acogimiento familiar.
  100. CAPÍTULO II
  101. Artículo 78. Fines.
  102. Artículo 79. Procedimiento de ingreso.
  103. Artículo 80. Régimen de los centros de acogimiento residencial.
  104. Artículo 81. Organización de los centros de acogimiento residencial.
  105. Artículo 82. Centros especiales de acogimiento residencial.
  106. TÍTULO V
  107. CAPÍTULO I
  108. Artículo 83. Objeto.
  109. Artículo 84. Criterios generales.
  110. Artículo 85. Información sobre adopción.
  111. Artículo 86. Formación de los solicitantes de adopción.
  112. Artículo 87. Requisitos previos para la valoración técnica de solicitudes.
  113. Artículo 88. Declaración de idoneidad.
  114. Artículo 89. Efectos de la declaración de idoneidad.
  115. Artículo 90. Menores con necesidades especiales.
  116. Artículo 91. Tratamiento de la información.
  117. CAPÍTULO II
  118. Artículo 92. Creación de la Comisión Regional de Adopción.
  119. Artículo 93. Composición.
  120. Artículo 94. Competencias.
  121. Artículo 95. Funcionamiento.
  122. CAPÍTULO III
  123. Artículo 96. Promoción de la adopción.
  124. Artículo 97. Apoyo posterior a la adopción.
  125. TÍTULO VI
  126. CAPÍTULO I
  127. Artículo 98. Competencia.
  128. Artículo 99. Criterios específicos de la actuación administrativa.
  129. Artículo 100. Ejecución de medidas.
  130. CAPÍTULO II
  131. Artículo 101. Colaboración.
  132. Artículo 102. Criterios específicos de la actuación administrativa.
  133. Artículo 103. Realización del servicio de mediación extrajudicial con menores.
  134. CAPÍTULO III
  135. Artículo 104. Programa individualizado de ejecución de medidas y modelo individualizado de intervención.
  136. Artículo 105. Coordinación y colaboración.
  137. CAPÍTULO IV
  138. Artículo 106. Competencia.
  139. Artículo 107. Reglamento de régimen interno de centro.
  140. Artículo 108. Seguimiento de las medidas.
  141. TÍTULO VII
  142. Artículo 109. Definición de la Comisión Regional de Protección Jurídica del Menor.
  143. Artículo 110. Composición.
  144. Artículo 111. Funciones.
  145. Artículo 112. Funcionamiento.
  146. TÍTULO VIII
  147. Artículo 113. Constitución de los Registros.
  148. Artículo 114. Registro de Protección de Menores de Castilla-La Mancha.
  149. Artículo 115. Registro del Personal Técnico de Intervención con Menores de Castilla-La Mancha.
  150. Artículo 116. Registro de Familias Acogedoras de Castilla-La Mancha.
  151. Artículo 117. Registro de Entidades de Protección y Atención Socioeducativa de Menores de Castilla-La Mancha.
  152. Artículo 118. Registro de Adopciones de Castilla-La Mancha.
  153. Artículo 119. Registro de Entidades Colaboradoras de Adopción internacional de Castilla-La Mancha.
  154. Artículo 120. Adscripción de los registros.
  155. Artículo 121. Gestión informatizada de los registros.
  156. TÍTULO IX
  157. Artículo 122. Infracciones administrativas y sujetos responsables.
  158. Artículo 123. Concurrencia de sanciones.
  159. Artículo 124. Infracciones leves.
  160. Artículo 125. Infracciones graves.
  161. Artículo 126. Infracciones muy graves.
  162. Artículo 127. Reincidencia.
  163. Artículo 128. Prescripción de infracciones.
  164. Artículo 129. Sanciones administrativas.
  165. Artículo 130. Sanciones accesorias.
  166. Artículo 131. Graduación de las sanciones.
  167. Artículo 132. Prescripción de sanciones.
  168. Artículo 133. Medidas cautelares.
  169. Artículo 134. Publicidad de las sanciones.
  170. Artículo 135. Procedimiento sancionador.
  171. Disposición adicional única. Gratuidad de inscripción registral.
  172. Disposición transitoria única. Expedientes anteriores a la entrada en vigor de esta ley.
  173. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  174. Disposición final primera. Modificación de la Ley 4/1995.
  175. Disposición final segunda. Reproducción de legislación básica.
  176. Disposición final tercera. Habilitación reglamentaria.
  177. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  178. Firma