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Ley 3/2017, de 5 de abril, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Cantabria.
En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 9 de mayo de 2017 · Último cambio el 29 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
- Artículo 2. Exclusiones.
- Artículo 3. Finalidad y principios orientadores de la presente Ley.
- Artículo 4. Relaciones con normativas sectoriales.
- Artículo 5. Catálogo.
- Artículo 6. Prohibiciones.
- Artículo 7. Competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 8. Competencias municipales.
- Artículo 9. Relaciones de cooperación y colaboración administrativa.
- Artículo 10. Comisión de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
- Artículo 11. Funciones.
- Artículo 12. Composición.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 13. Condiciones técnicas.
- Artículo 14. Reglamentaciones específicas.
- Artículo 15. Seguro de responsabilidad.
- Artículo 16. Vigilancia.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 17. Régimen general de declaraciones responsables, licencias y autorizaciones administrativas. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 17 bis. Declaraciones responsables.
- Artículo 18. Revocación de autorizaciones y licencias.
- Artículo 19. Suspensión de autorizaciones o licencias.
- Artículo 20. Comunicaciones.
- Sección 2
- Artículo 21. Licencias para los establecimientos públicos.
- Artículo 22. Licencias excepcionales.
- Sección 3
- Artículo 23. Autorización para las instalaciones portátiles o desmontables.
- Artículo 24. Espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter extraordinario.
- Artículo 25. Autorización de las actividades deportivas. 2 redacciones · cambió el 30/12/2019
- Artículo 26. Conmemorativos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 27. Horario de los espectáculos públicos y actividades recreativas.
- Artículo 28. Horario de los establecimientos públicos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 29. Organizadores.
- Artículo 30. Domicilio del organizador a efectos de notificaciones.
- Artículo 31. Registros municipales.
- Artículo 32. Registro de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 33. Régimen de los registros.
- Artículo 34. Obligaciones de los titulares de los establecimientos públicos e instalaciones portátiles o desmontables y de los organizadores de espectáculos públicos y actividades recreativas. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 35. Ejecutantes.
- Artículo 36. Obligaciones del público.
- Artículo 37. Entradas.
- Artículo 38. Venta de entradas.
- CAPÍTULO V
- Artículo 39. Protección del consumidor y usuario.
- Artículo 40. Protección de la infancia y de la adolescencia. 2 redacciones · cambió el 02/10/2020
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 41. Facultades administrativas.
- Artículo 42. Actas.
- Artículo 43. Deficiencias e irregularidades.
- Artículo 44. Medidas provisionales previas a la apertura del expediente sancionador.
- Artículo 45. Supuestos de adopción de medidas provisionales previas.
- Artículo 46. Medidas provisionales previas inmediatas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 47. Principios generales de la potestad sancionadora.
- CAPÍTULO III
- Artículo 48. Infracciones administrativas.
- Artículo 49. Sujetos responsables.
- Artículo 50. Infracciones muy graves. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 51. Infracciones graves. 2 redacciones · cambió el 29/12/2023
- Artículo 52. Infracciones leves.
- Artículo 53. Prescripción de infracciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 54. Sanciones pecuniarias.
- Artículo 55. Sanciones no pecuniarias.
- Artículo 56. Graduación de las sanciones.
- Artículo 57. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 58. Reparación del daño e indemnización.
- CAPÍTULO V
- Artículo 59. Procedimiento sancionador.
- Artículo 60. Actuaciones de los agentes de la autoridad.
- Artículo 61. Órganos competentes para el ejercicio de la potestad sancionadora.
- Artículo 62. Medidas provisionales.
- Artículo 63. Concurrencia de responsabilidades.
- Artículo 64. Extinción de la responsabilidad.
- Artículo 65. Multas coercitivas.
- Disposición adicional primera. Igualdad de género.
- Disposición adicional segunda. Ruidos.
- Disposición adicional tercera. Hojas de reclamaciones.
- Disposición adicional cuarta. Certificado de suscripción de seguro o garantía financiera equivalente.
- Disposición adicional quinta. Seguros o garantías financieras equivalentes.
- Disposición adicional sexta. Desarrollo reglamentario.
- Disposición adicional séptima. Horarios.
- Disposición adicional octava. Adaptación.
- Disposición transitoria única. Expedientes sancionadores.
- Disposición transitoria primera. Expedientes sancionadores.
- Disposición transitoria segunda. Desarrollo reglamentario del ámbito de la declaración responsable.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo de la ley.
- Disposición final segunda. Actualización de las cuantías de las sanciones.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO
- [Información relacionada]


