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Ley 1/1997, de 8 de enero, Reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid.

En vigor Comunidad de Madrid · Publicada el 20 de agosto de 1997 · Último cambio el 31 de diciembre de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto de la norma.
  5. Artículo 2. Concepto de venta ambulante.
  6. Artículo 3. Modalidades de venta ambulante.
  7. Artículo 4. Sujetos.
  8. Artículo 5. Requisitos para el ejercicio de actividad.
  9. CAPÍTULO II
  10. Artículo 6. Competencias municipales.
  11. Artículo 7. Registro de Comerciantes Ambulantes.
  12. Artículo 8. Inscripción en el Registro.
  13. Artículo 9. Autorizaciones municipales. 3 redacciones · cambió el 23/07/2010
  14. Artículo 10. Contenido de la autorización.
  15. Artículo 11. Régimen de funcionamiento.
  16. CAPÍTULO III
  17. Artículo 12. Venta en festejos.
  18. Artículo 13. Venta en puestos en la vía pública.
  19. CAPÍTULO IV
  20. Artículo 14. Competencias.
  21. Artículo 15. Infracciones.
  22. Artículo 16. Sanciones.
  23. Artículo 17. Procedimiento.
  24. Artículo 18. Reincidencia.
  25. Artículo 19. Comunicación de sanciones.
  26. Disposición transitoria.
  27. Disposición transitoria primera.
  28. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio para los titulares de las autorizaciones municipales que vinieran desarrollando la actividad con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  29. Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio por el que se regula la transmisibilidad de las autorizaciones municipales de los titulares que vinieran desarrollando la actividad con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  30. Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio para los nuevos titulares que hubieran solicitado u obtenido autorización municipal para el desarrollo de la actividad, con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña, y con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 5/2010, de 12 de julio, de Medidas Fi 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
  31. Disposición adicional primera.
  32. Disposición adicional segunda.
  33. Disposición adicional tercera.
  34. Disposición adicional cuarta.
  35. Disposición adicional quinta.
  36. Disposición final.
  37. Firma