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Ley 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo.
En vigor Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Publicada el 23 de noviembre de 2004 · Último cambio el 27 de febrero de 2006 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- TÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza.
- Artículo 2. Organización y régimen jurídico.
- Artículo 3. Función consultiva.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 4. Composición.
- Artículo 5. Presidencia.
- Artículo 6. Vocales.
- Artículo 7. Secretaría General.
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Régimen de Incompatibilidades, Intereses, Actividades y Bienes.
- Artículo 9. Abstención y recusación.
- Artículo 10. Derechos y obligaciones.
- Artículo 11. Duración del mandato y pérdida de la condición de miembro del Consejo Consultivo.
- Artículo 12. Suspensión cautelar de los miembros del Consejo Consultivo.
- TÍTULO III
- Artículo 13. Dictámenes preceptivos. 2 redacciones · cambió el 27/02/2006
- Artículo 14. Dictámenes facultativos.
- Artículo 15. Memoria anual.
- TÍTULO IV
- Artículo 16. Régimen de acuerdos.
- Artículo 17. Solicitud de dictámenes.
- Artículo 18. Documentación y audiencia.
- Artículo 19. Emisión de dictámenes.
- TÍTULO V
- Artículo 20. Del Cuerpo de Letrados.
- Artículo 21. Personal administrativo.
- Artículo 22. Plantillas.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda. 2 redacciones · cambió el 24/05/2005
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Firma


