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Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, por el que se crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su estatuto.

Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 13 de noviembre de 2007 · Último cambio el 19 de noviembre de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. Artículo único. Creación de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y aprobación de su estatuto.
  4. Disposición adicional primera. Supresión del organismo autónomo Boletín Oficial del Estado.
  5. Disposición adicional segunda. Supresión de órganos y unidades administrativas del organismo autónomo Boletín Oficial del Estado.
  6. Disposición adicional tercera. Integración del personal en la Agencia.
  7. Disposición adicional cuarta. Modelos oficiales en soporte papel. Modificación del artículo 15.1 del Real Decreto 1511/1986, de 6 de junio, de Ordenación del diario oficial del Estado.
  8. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio del consejo rector, del órgano ejecutivo y del personal directivo.
  9. Disposición transitoria segunda. Régimen presupuestario aplicable a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado durante el ejercicio 2007.
  10. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  11. Disposición final primera. Habilitación normativa.
  12. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  13. Firma
  14. ESTATUTO
  15. CAPÍTULO I
  16. Artículo 1. Naturaleza jurídica de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
  17. Artículo 2. Objeto y fines.
  18. Artículo 3. Régimen jurídico.
  19. Artículo 4. Potestades administrativas y principios básicos de actuación.
  20. Artículo 5. Adscripción y sede.
  21. CAPÍTULO II
  22. Artículo 6. Funciones.
  23. CAPÍTULO III
  24. Sección 1
  25. Artículo 7. Órganos de gobierno.
  26. Artículo 8. El presidente.
  27. Artículo 9. El consejo rector. 3 redacciones · cambió el 04/02/2012
  28. Artículo 10. Competencias y régimen jurídico del consejo rector.
  29. Sección 2
  30. Artículo 11. El director.
  31. Sección 3
  32. Artículo 12. La comisión de control. Composición y funcionamiento.
  33. Artículo 13. Funciones de la comisión de control.
  34. Sección 4
  35. Artículo 14. Estructura administrativa.
  36. Artículo 15. La secretaría general.
  37. Artículo 16. La subdirección de la imprenta nacional.
  38. Artículo 17. El departamento de gestión editorial, documentación e información.
  39. Artículo 18. El departamento de tecnologías de la información.
  40. Artículo 19. El departamento de recursos humanos y relaciones laborales.
  41. Artículo 20. El departamento de programación, seguimiento y evaluación de la gestión.
  42. CAPÍTULO IV
  43. Artículo 21. Personal de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
  44. Artículo 22. Ordenación de puestos de trabajo.
  45. Artículo 23. Personal directivo.
  46. Artículo 24. Régimen retributivo.
  47. CAPÍTULO V
  48. Artículo 25. El contrato de gestión.
  49. Artículo 26. Contenido del contrato de gestión.
  50. Artículo 27. Plan de acción anual, informe de actividad y cuentas anuales.
  51. CAPÍTULO VI
  52. Artículo 28. Régimen patrimonial.
  53. Artículo 29. Régimen de contratación.
  54. CAPÍTULO VII
  55. Artículo 30. Disposiciones y actos de la agencia.
  56. Artículo 31. Asistencia jurídica.
  57. CAPÍTULO VIII
  58. Artículo 32. Recursos económicos y su gestión.
  59. Artículo 33. Régimen presupuestario y económico-financiero.
  60. Artículo 34. Contabilidad.
  61. Artículo 35. Control de la gestión económico-financiera.
  62. CAPÍTULO IX
  63. Sección 1
  64. Artículo 36. Derechos económicos por la publicación de disposiciones y actos de inserción obligatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
  65. Artículo 37. Anuncios.
  66. Artículo 38. Tasa por la publicación de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado».
  67. Artículo 39. Anuncios sujetos al pago de la tasa.
  68. Artículo 40. Exención del pago de la tasa por la publicación de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado».
  69. Artículo 41. Anuncios exentos de la tasa por la publicación de anuncios en el «Boletín Oficial del Estado».
  70. Artículo 42. Suscripciones.
  71. Sección 2
  72. Artículo 43. El «Boletín Oficial del Registro Mercantil».
  73. Artículo 44. Tasa por la publicación de actos y anuncios en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil».
  74. Artículo 45. Suscripciones.
  75. Disposición adicional única. Convenios con la Administración Tributaria.
  76. Disposición transitoria única. Contrato inicial de gestión.