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Ley 15/2010, de 22 de diciembre, del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears.
En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 4 de febrero de 2011 · Último cambio el 28 de noviembre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Función de servicio público. 3 redacciones · cambió el 28/11/2015
- Artículo 3. Gestión del servicio. 2 redacciones · cambió el 03/10/2013
- Artículo 4. Misión del servicio público. 2 redacciones · cambió el 28/11/2015
- Artículo 5. Mandato marco y contratos programa.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Naturaleza.
- Artículo 7. Estructura. 2 redacciones · cambió el 03/10/2013
- Artículo 8. Otras sociedades y participación en sociedades mercantiles.
- Artículo 9. Régimen jurídico del ente.
- Artículo 10. Régimen jurídico de las empresas filiales.
- Artículo 11. Régimen de contratación. 2 redacciones · cambió el 28/11/2015
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 12. Órganos del ente.
- Sección 2
- Artículo 13. El Consejo de Dirección.
- Artículo 14. Composición. 2 redacciones · cambió el 28/11/2015
- Artículo 15. Elección. 2 redacciones · cambió el 28/11/2015
- Artículo 16. Duración del mandato.
- Artículo 17. Cese. 2 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículo 18. Estatuto personal.
- Artículo 19. Competencias. 2 redacciones · cambió el 28/11/2015
- Artículo 20. Reglas de funcionamiento.
- Sección 3
- Artículo 21. El director o la directora general del Ente Público de Radiotelevisión de las Illes Balears.
- Artículo 22. Funciones institucionales y de representación.
- Artículo 23. Funciones ejecutivas.
- Sección 4
- Artículo 24. El Consejo Asesor de Contenidos y de Programación. 2 redacciones · cambió el 28/11/2015
- Artículo 25. Funciones del Consejo Asesor de Contenidos y de Programación.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 26. Principios generales de la programación.
- Artículo 27. Obligaciones de difusión. 2 redacciones · cambió el 29/12/2012
- Artículo 28. Acceso social.
- CAPÍTULO II
- Artículo 29. Contrato programa. 2 redacciones · cambió el 28/11/2015
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 30. Presupuesto.
- Artículo 31. Patrimonio.
- Artículo 32. Endeudamiento.
- Artículo 33. Compensación por razón de servicio público. 2 redacciones · cambió el 28/11/2015
- Artículo 34. Contabilidad y auditoría.
- CAPÍTULO II
- Artículo 35. Régimen de personal. 2 redacciones · cambió el 28/11/2015
- Artículo 36. Cargos directivos.
- TÍTULO V
- Artículo 37. Control del Parlamento. 2 redacciones · cambió el 28/11/2015
- Artículo 38. Control del Consejo Audiovisual.
- Artículo 39. Control de la Sindicatura de Cuentas.
- Artículo 40. Publicidad de la gestión del Ente.
- Disposición adicional primera. Transformación de entidades.
- Disposición adicional segunda. Constitución de órganos. 3 redacciones · cambió el 03/10/2013
- Disposición transitoria primera. Primer mandato de los miembros del Consejo de Dirección.
- Disposición transitoria segunda. Intervención del Consejo Audiovisual.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Habilitación normativa.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]


