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Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología.

En vigor Ministerio de Industria, Energía y Turismo · Publicada el 7 de junio de 2016 · Último cambio el 12 de abril de 2025 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  5. CAPÍTULO II
  6. Artículo 3. Trazabilidad, exactitud e incertidumbre de los patrones e instrumentos de medida.
  7. Artículo 4. Trazabilidad y certificación de los materiales de referencia.
  8. Artículo 5. Indicaciones de magnitud en los instrumentos de medida.
  9. CAPÍTULO III
  10. Sección 1
  11. Artículo 6. Instrumentos de medida sometidos a control.
  12. Sección 2
  13. Artículo 7. Fases del control metrológico del Estado.
  14. Artículo 8. Competencia y ejecución.
  15. Sección 3
  16. Artículo 9. Requisitos esenciales comunes y específicos para la evaluación de la conformidad.
  17. Artículo 10. Evaluación de la conformidad.
  18. Artículo 11. Marcado de conformidad.
  19. Artículo 12. Comercialización y puesta en servicio.
  20. Artículo 13. Documentación técnica.
  21. Artículo 14. Normas armonizadas y documentos normativos.
  22. Artículo 15. Declaración de conformidad.
  23. Sección 4
  24. Artículo 16. El control metrológico del Estado durante la vida útil de un instrumento de medida.
  25. Artículo 17. Instrumentos testigo.
  26. Artículo 18. Requisitos esenciales y procedimientos de verificación.
  27. Artículo 19. Sujetos obligados.
  28. Artículo 20. Reparadores.
  29. Artículo 21. Marcado de verificación.
  30. Sección 5
  31. Artículo 22. Requisitos esenciales para la evaluación de la conformidad de los materiales de referencia.
  32. Artículo 23. Evaluación de la conformidad.
  33. Artículo 24. Marcado de conformidad.
  34. Sección 6
  35. Artículo 25. Obligaciones de los fabricantes.
  36. Artículo 26. Obligaciones de los representantes autorizados.
  37. Artículo 27. Obligaciones de los importadores.
  38. Artículo 28. Obligaciones de los distribuidores.
  39. Artículo 29. Casos en los que las obligaciones de los fabricantes se aplican a los importadores y los distribuidores.
  40. Artículo 30. Identificación de los agentes económicos.
  41. Sección 7
  42. Artículo 31. Vigilancia e Inspección.
  43. Artículo 32. Actuación de las Administraciones Públicas.
  44. Artículo 33. Obligación de cooperación.
  45. Sección 8
  46. Artículo 34. Requisitos generales.
  47. Artículo 35. Medidas de vigilancia de mercado.
  48. Artículo 36. Procedimiento en el caso de instrumentos de medida que presenten un riesgo a escala nacional.
  49. Artículo 37. Procedimiento de salvaguardia.
  50. Artículo 38. Instrumentos de medida que presentan un riesgo grave.
  51. Artículo 39. Instrumentos de medida conformes que presentan un riesgo.
  52. Artículo 40. Incumplimiento formal.
  53. CAPÍTULO IV
  54. Sección 1
  55. Artículo 41. Guías y Directrices del Consejo Superior de Metrología.
  56. Artículo 42. El Centro Español de Metrología y los Laboratorios Asociados y Colaboradores.
  57. Sección 2
  58. Artículo 43. Autoridad notificante y cooperación e intercambio de información.
  59. Sección 3
  60. Artículo 44. El Registro de Control Metrológico.
  61. Artículo 45. Contenido.
  62. Artículo 46. Inscripción.
  63. Artículo 47. Datos inscribibles.
  64. Artículo 48. Identificación de las inscripciones.
  65. Artículo 49. Certificado y vigencia de la inscripción.
  66. Artículo 50. Incorporación, modificación y bajas de datos en el Registro de Control Metrológico.
  67. Artículo 51. Publicidad.
  68. CAPÍTULO V
  69. Artículo 52. Organismos para la evaluación de la conformidad y la verificación de instrumentos en servicio.
  70. Artículo 53. Incompatibilidades.
  71. Artículo 54. Designación, suspensión, retirada y modificación de las condiciones de designación de los organismos.
  72. Artículo 55. Cuestionamiento de la competencia de organismos.
  73. Artículo 56. Organismos internos acreditados.
  74. Artículo 57. Efectos de los documentos emitidos por los organismos.
  75. Artículo 58. Requisitos relativos a los organismos notificados, organismos de control metrológico y organismos autorizados de verificación metrológica.
  76. Artículo 59. Filiales y subcontratación.
  77. Artículo 60. Presunción de conformidad de los organismos.
  78. Artículo 61. Solicitud de designación.
  79. Artículo 62. Procedimiento de designación.
  80. Artículo 63. Números de identificación y listas de organismos.
  81. Artículo 64. Modificaciones en la designación.
  82. Artículo 65. Obligaciones operativas de los organismos notificados, de control metrológico y autorizados de verificación metrológica.
  83. Artículo 66. Revisión de las decisiones de los organismos.
  84. Artículo 67. Obligaciones de información y colaboración de los organismos.
  85. Artículo 68. Obligaciones de información y colaboración de las Administraciones Públicas competentes.
  86. Disposición transitoria primera. Plazo de validez de los certificados de evaluación de la conformidad.
  87. Disposición transitoria segunda. Plazos aplicables a la adaptación de los organismos de control metrológico, autorizados de verificación metrológica y notificados.
  88. Disposición transitoria tercera. Referencias a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  89. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  90. Disposición final primera. Título competencial.
  91. Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo y otras autorizaciones dirigidas a la producción normativa.
  92. Disposición final tercera. Modificación del Real Decreto 584/2006, de 12 de mayo, por el que se determina la estructura, composición y funcionamiento del Consejo Superior de Metrología.
  93. Disposición final cuarta. No incremento de gasto de personal.
  94. Disposición final quinta. Incorporación de normas de la Unión Europea.
  95. Disposición final sexta. Entrada en vigor.
  96. [firma]
  97. ANEXO I
  98. Artículo 1. Generalidades.
  99. Artículo 2. Modulo A: Control interno de la producción.
  100. Artículo 3. Módulo A1 Control interno de la producción más ensayo supervisado de los instrumentos.
  101. Artículo 4. Módulo A2: Control interno de la producción más control supervisado de los instrumentos a intervalos aleatorios.
  102. Artículo 5. Modulo B: Examen de tipo.
  103. Artículo 6. Módulo C: Conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción.
  104. Artículo 7. Módulo C1 Conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción más ensayo supervisado de los instrumentos.
  105. Artículo 8. Módulo C2: Conformidad con el tipo basada en el control interno de la producción más control supervisado de los instrumentos a intervalos aleatorios.
  106. Artículo 9. Módulo D: Conformidad con el tipo basada en el aseguramiento de la calidad del proceso de producción.
  107. Artículo 10. Módulo D1: Aseguramiento de la calidad del proceso de producción
  108. Artículo 11. Módulo E: Conformidad con el tipo basada en el aseguramiento de la calidad del instrumento.
  109. Artículo 12. Módulo E1: Aseguramiento de la calidad de la inspección y el ensayo del instrumento acabado.
  110. Artículo 13. Módulo F: Conformidad con el tipo basada en la verificación del producto.
  111. Artículo 14. Módulo F1: Conformidad basada en la verificación de los instrumentos.
  112. Artículo 15. Módulo G: Conformidad basada en la verificación por unidad.
  113. Artículo 16. Módulo H: Conformidad basada en el pleno aseguramiento de la calidad.
  114. Artículo 17. Módulo H1: Conformidad basada en el pleno aseguramiento de la calidad más el examen del diseño.
  115. ANEXO II
  116. Artículo 1. Ámbito de aplicación.
  117. Artículo 2. Definiciones.
  118. Artículo 3. Requisitos esenciales.
  119. Artículo 4. Ensayos.
  120. Artículo 5. Reproducibilidad.
  121. Artículo 6. Repetibilidad.
  122. Artículo 7. Discriminación y Sensibilidad.
  123. Artículo 8. Durabilidad.
  124. Artículo 9. Fiabilidad.
  125. Artículo 10. Aptitud.
  126. Artículo 11. Protección contra la corrupción.
  127. Artículo 12. Información que deberá figurar en el instrumento y acompañarlo.
  128. Artículo 13. Indicación del resultado.
  129. Artículo 14. Otros procesamientos de datos para concluir la transacción comercial.
  130. Artículo 15. Evaluación de la conformidad.
  131. ANEXO III
  132. Sección 1
  133. Artículo 1. Marcados de conformidad. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  134. Sección 2
  135. Artículo 2. Verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  136. Artículo 3. Vida útil. 3 redacciones · cambió el 12/04/2025
  137. Artículo 4. Uso restrictivo. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  138. Artículo 5. Inhabilitación para el servicio. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  139. Sección 3
  140. Artículo 6. Identificaciones. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  141. Sección 4
  142. Artículo 7. Objeto. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  143. Artículo 8. Identificación de precintos. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  144. Artículo 9. Modelos y tipologías de los precintos. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  145. Artículo 10. Ámbito de territorialidad en el uso de precintos en las reparaciones y modificaciones de instrumentos en servicio. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  146. Artículo 11. Modificación de precintos en fase de instrumentos en servicio para suministros medidos por contador. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  147. ANEXO IV
  148. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  149. Artículo 2. Términos y definiciones. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  150. Artículo 3. Generalidades. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  151. Artículo 4. Modificación del software. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  152. Artículo 5. Requisitos iniciales comunes. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  153. Artículo 6. Certificado de conformidad. 2 redacciones · cambió el 12/04/2025
  154. ANEXO V
  155. ANEXO VI
  156. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
  157. Artículo 2. Definiciones.
  158. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  159. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  160. Artículo 5. Procedimientos de evaluación de la conformidad.
  161. APÉNDICE I
  162. APÉNDICE II
  163. APÉNDICE III
  164. APÉNDICE IV
  165. ANEXO VII
  166. Artículo 1. Objeto.
  167. Artículo 2. Definiciones.
  168. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  169. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  170. Artículo 5. Procedimientos para la evaluación de la conformidad.
  171. APÉNDICE I
  172. APÉNDICE II
  173. ANEXO VIII
  174. Artículo 1. Objeto.
  175. Artículo 2. Definiciones.
  176. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  177. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  178. Artículo 5. Procedimientos de evaluación de la conformidad.
  179. APÉNDICE I
  180. APÉNDICE II
  181. ANEXO IX
  182. Artículo 1. Objeto.
  183. Artículo 2. Definiciones.
  184. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  185. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  186. Artículo 5. Módulos para la evaluación de la conformidad.
  187. APÉNDICE I
  188. APÉNDICE II
  189. ANEXO X
  190. Artículo 1. Objeto.
  191. Artículo 2. Definiciones.
  192. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  193. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  194. Artículo 5. Módulos para la evaluación de la conformidad.
  195. APÉNDICE I
  196. APÉNDICE II
  197. ANEXO XI
  198. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
  199. Artículo 2. Definiciones.
  200. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  201. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  202. Artículo 5. Módulos para la evaluación de la conformidad.
  203. APÉNDICE I
  204. APÉNDICE II
  205. ANEXO XII
  206. Artículo 1. Objeto.
  207. Artículo 2. Definiciones.
  208. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  209. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  210. Artículo 5. Módulos para la evaluación de la conformidad.
  211. APÉNDICE I
  212. APÉNDICE II
  213. ANEXO XIII
  214. Artículo 1. Objeto.
  215. Artículo 2. Definiciones.
  216. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  217. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  218. Artículo 5. Módulos para la evaluación de la conformidad.
  219. APÉNDICE I
  220. APÉNDICE II
  221. ANEXO XIV
  222. Artículo 1. Objeto.
  223. Artículo 2. Definiciones.
  224. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  225. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  226. Artículo 5. Módulos para la evaluación de la conformidad.
  227. APÉNDICE I
  228. APÉNDICE II
  229. ANEXO XV
  230. Artículo 1. Objeto.
  231. Artículo 2. Definiciones.
  232. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  233. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  234. Artículo 5. Módulos para la evaluación de la conformidad.
  235. APÉNDICE I
  236. APÉNDICE II
  237. ANEXO XVI
  238. Artículo 1. Objeto.
  239. Artículo 2. Definiciones.
  240. Artículo 3. Fases de control metrológico.
  241. Artículo 4. Requisitos esenciales.
  242. Artículo 5. Módulos para la evaluación de la conformidad.
  243. APÉNDICE I
  244. APÉNDICE II