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Real Decreto 899/2025, de 9 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras.
En vigor Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible · Publicada el 10 de octubre de 2025 · Último cambio el 10 de octubre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Reglamento General de Carreteras.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de autorizaciones en tramitación.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de expropiaciones.
- Disposición transitoria tercera. Afección de la publicidad y carteles informativos a la seguridad viaria.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Títulos competenciales.
- Disposición final segunda. Facultad de aplicación y desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- REGLAMENTO GENERAL DE CARRETERAS
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones, concepto y clases de carreteras.
- Artículo 4. Autopistas.
- Artículo 5. Autovías.
- Artículo 6. Carreteras multicarril.
- Artículo 7. Carreteras convencionales.
- Artículo 8. Modificación de la clasificación y categorización de las carreteras.
- Artículo 9. Delimitación del concepto de carretera.
- Artículo 10. Elementos funcionales.
- Artículo 11. Carreteras del Estado.
- Artículo 12. Nomenclatura y Catálogo.
- Artículo 13. Redes supranacionales.
- Artículo 14. Clasificación funcional de la Red de Carreteras del Estado.
- Artículo 15. Inventario de las carreteras del Estado.
- Artículo 16. Modificación de la Red de Carreteras del Estado.
- Artículo 17. Cambio de titularidad de la Red de Carreteras del Estado.
- Artículo 18. Deber de información.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 19. Plan estratégico de las carreteras del Estado.
- Artículo 20. Contenido del Plan estratégico de las carreteras del Estado.
- Artículo 21. Documentos que integran el Plan estratégico de las carreteras del Estado.
- Artículo 22. Naturaleza, vigencia y procedimiento de aprobación y revisión del Plan estratégico de las carreteras del Estado.
- CAPÍTULO II
- Artículo 23. Coordinación con otros departamentos ministeriales.
- Artículo 24. Conciliación de los distintos planes de carreteras.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 25. Elaboración y aprobación de programas, estudios y proyectos de carreteras.
- CAPÍTULO II
- Artículo 26. Programas de carreteras del Estado.
- Artículo 27. Procedimiento de aprobación y revisión de los programas de carreteras del Estado.
- CAPÍTULO III
- Artículo 28. Estudios de Carreteras.
- Artículo 29. Estudios previos.
- Artículo 30. Estudios informativos.
- Artículo 31. Anteproyectos.
- Artículo 32. Proyectos básicos o de trazado.
- Artículo 33. Proyectos de construcción.
- Artículo 34. Documentos finales de obra.
- Artículo 35. Estudios de delimitación de tramos urbanos.
- Artículo 36. Normas e instrucciones técnicas.
- Artículo 37. Redacción e inspección de estudios de carreteras.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 38. Modalidades de aprobación.
- Artículo 39. Aprobación provisional.
- Artículo 40. Información oficial de los estudios informativos.
- Artículo 41. Información pública sobre la declaración de interés general y la concepción global del trazado.
- Artículo 42. Tramitación de la información pública.
- Artículo 43. Aprobación del expediente de información oficial y pública.
- Artículo 44. Información pública sobre expropiación forzosa.
- Artículo 45. Aprobación definitiva.
- Artículo 46. Declaración de utilidad pública y necesidad de ocupación o de urgente ocupación.
- Artículo 47. Efectos sobre la ordenación territorial y urbanística.
- Artículo 48. Conservación de actos.
- CAPÍTULO V
- Artículo 49. Evaluación ambiental.
- Artículo 50. Evaluación y auditorías de seguridad viaria.
- Artículo 51. Estudios de rentabilidad y viabilidad financiera.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 52. Ordenación del territorio y planeamiento urbanístico.
- Artículo 53. Informes a instrumentos de planificación, desarrollo, ejecución o gestión territorial, urbanística, o de protección medioambiental, que afecten a las carreteras del Estado.
- Artículo 54. Zona de influencia.
- Artículo 55. Participación de la Dirección General de Carreteras en la aprobación de instrumentos de planificación urbanística y territorial.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 56. Tramitación del expediente de expropiación.
- Artículo 57. Expropiación de obras de emergencia.
- Artículo 58. Servicios afectados.
- Artículo 59. Reposición de caminos y vías de comunicación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 60. Competencias.
- Artículo 61. Normas e instrucciones técnicas.
- Artículo 62. Facultades inspectoras en supuestos de ejecución por terceros.
- Artículo 63. Exención de controles previos.
- TÍTULO IV
- Artículo 64. Financiación.
- Artículo 65. Convenios con el sector público y otros organismos nacionales e internacionales.
- Artículo 66. Colaboración de los particulares.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 67. Concepto de explotación.
- Artículo 68. Competencias.
- Artículo 69. Modalidades de explotación de las carreteras.
- Artículo 70. Exenciones de peaje.
- Artículo 71. Otros sistemas de gestión indirecta.
- CAPÍTULO II
- Artículo 72. Normas e instrucciones técnicas.
- Artículo 73. Facultades inspectoras en supuestos de explotación indirecta.
- Artículo 74. Inspecciones de seguridad viaria.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 75. Áreas de servicio.
- Artículo 76. Localización y servicios.
- Artículo 77. Adjudicación de concesiones de áreas de servicio.
- Artículo 78. Áreas de servicio promovidas por terceros.
- Artículo 79. Proyecto.
- Artículo 80. Uso y explotación.
- Sección 2
- Artículo 81. Áreas de descanso.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 82. Aparcamientos seguros.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 83. Zonas de protección de la carretera.
- Artículo 84. Arista exterior de la explanación.
- Artículo 85. Indemnización.
- Artículo 86. Dominio público viario.
- Artículo 87. Uso especial del dominio público viario.
- Artículo 88. Deslinde.
- Artículo 89. Recuperación posesoria del dominio público viario.
- Artículo 90. Desafectación de bienes.
- Sección 2
- Artículo 91. Zona de dominio público.
- Artículo 92. Zona de servidumbre.
- Artículo 93. Uso de la zona de servidumbre por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible o por terceros autorizados no titulares de los terrenos.
- Artículo 94. Uso de la zona de servidumbre por sus titulares.
- Artículo 95. Zona de afección.
- Artículo 96. Zona de limitación a la edificabilidad.
- Sección 3
- Artículo 97. Paralización de obras o suspensión de usos no autorizados.
- Sección 4
- Artículo 98. Limitación de accesos.
- Artículo 99. Estudios de tráfico.
- Sección 5
- Artículo 100. Servicios a los usuarios de la carretera.
- Sección 6
- Artículo 101. Limitaciones a la circulación.
- Artículo 102. Transportes especiales, pruebas deportivas u otros usos excepcionales de la carretera.
- Sección 7
- Artículo 103. Prohibición de publicidad.
- Artículo 104. Carteles informativos.
- Artículo 105. Autorización de carteles informativos.
- Artículo 106. Rótulos o carteles de actividades mercantiles o industriales y de servicios a los usuarios de la carretera.
- Artículo 107. Afección de la publicidad y carteles informativos a la seguridad viaria.
- Sección 8
- Artículo 108. Instalaciones de aforo y pesaje y otros sistemas inteligentes de transporte.
- Sección 9
- Artículo 109. Daños a la carretera.
- Artículo 110. Vía administrativa de apremio.
- CAPÍTULO II
- Artículo 111. Infracciones.
- Artículo 112. Responsables.
- Artículo 113. Sanciones.
- Artículo 114. Competencia para la instrucción de los procedimientos sancionadores.
- TÍTULO VII
- Artículo 115. Travesías.
- Artículo 116. Tramos urbanos.
- Artículo 117. Informes municipales en travesías y tramos urbanos.
- Artículo 118. Estudios de delimitación de tramos urbanos.
- Artículo 119. Entregas a los Ayuntamientos de vías urbanas.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Artículo 120. Régimen general de aplicación.
- Artículo 121. Informes de viabilidad.
- Artículo 122. Consideraciones generales de la autorización de obras o actividades.
- Artículo 123. Situaciones de emergencia.
- Artículo 124. Tipos de expedientes de autorización de obras o actividades en las zonas de protección de la carretera. Condiciones específicas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 125. Inicio.
- Artículo 126. Documentación a acompañar a la solicitud.
- Artículo 127. Tramitación de las solicitudes de autorización.
- Artículo 128. Terminación del procedimiento.
- Artículo 129. Efectos de la autorización.
- Artículo 130. Modificación, suspensión o revocación de la autorización.
- Disposición adicional primera. Catálogo de la Red de Carreteras del Estado.
- Disposición adicional segunda. Normativa técnica básica y señalización.
- Disposición adicional tercera. Vías ciclistas.
- ANEXO


