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Ley 2/1996, de 14 de mayo, de Cámaras Agrarias de Aragón.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 7 de junio de 1996 · Último cambio el 2 de mayo de 2001 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Regulación.
- Artículo 2. Naturaleza jurídica.
- Artículo 3. Tutela administrativa.
- Artículo 4. Régimen jurídico.
- Artículo 5. Ambito territorial.
- Artículo 6. Beneficios.
- Artículo 7. Registro de Cámaras Agrarias.
- Artículo 8. Estatutos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 9. Funciones.
- Artículo 10. Limitaciones en el ejercicío de sus funciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 11. Órganos de las Cámaras.
- Artículo 12. El Pleno.
- Artículo 13. El Presidente.
- Artículo 14. La Comisión Ejecutiva.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. Recursos de las Cámaras.
- Artículo 16. Presupuesto y memoria de actividades.
- CAPÍTULO V
- Sección I
- Artículo 17. Proceso democrático-representativo.
- Artículo 18. Electores.
- Artículo 19. Elegibles.
- Artículo 20. Incompatibilidad. 2 redacciones · cambió el 02/05/2001
- Artículo 21. Censo.
- Sección II
- Artículo 22. Derecho de convocatoria.
- Artículo 23. Administración electoral.
- Artículo 24. La Junta Electoral Central: composición y funciones.
- Artículo 25. Juntas Electorales Provinciales: composición y funciones.
- Artículo 26. Mesas Electorales.
- Artículo 27. Circunscripción electoral.
- Artículo 28. Candidaturas.
- Artículo 29. Derecho supletorio.
- Artículo 30. Gastos electorales.
- Artículo 31. Organizaciones Profesionales Agrarias más representativas.
- Disposición adicional primera. Personal transferido.
- Disposición adicional segunda. Extinción de las Cámaras Agrarias.
- Disposición adicional tercera. Ambito y composición de las Juntas Arbitrales de Arrendamientos Rústicos.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


