LexTotal

Legislación › Ley

Ley 16/2003, de 22 de diciembre, del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.

En vigor Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 16 de enero de 2004 · Último cambio el 7 de abril de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  5. Artículo 3. Bibliotecas y centros de documentación. Definiciones.
  6. Artículo 4. Condiciones del ejercicio del derecho de acceso a los registros culturales y de información.
  7. TÍTULO II
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 5. Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
  10. Artículo 6. Unidad de gestión.
  11. Artículo 7. Atlas de Recursos del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
  12. Artículo 8. Deber de información.
  13. Artículo 9. Normalización bibliográfica y cooperación interbibliotecaria.
  14. CAPÍTULO II
  15. Artículo 10. Estructura básica del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
  16. Artículo 11. Consejería competente en materia de bibliotecas y de centros de documentación.
  17. Artículo 12. Consejo Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación. Naturaleza, composición y funciones.
  18. Artículo 13. Redes del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
  19. CAPÍTULO III
  20. Artículo 14. Naturaleza y funciones.
  21. CAPÍTULO IV
  22. Artículo 15. Naturaleza, objetivos y composición.
  23. Artículo 16. Atención a las minorías y personas en situación de desventaja.
  24. Artículo 17. Gratuidad de los servicios bibliotecarios.
  25. Artículo 18. Derechos generales de los usuarios de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
  26. Artículo 19. Obligaciones generales de los usuarios.
  27. Artículo 20. Las bibliotecas públicas del Estado-bibliotecas provinciales.
  28. Artículo 21. Bibliotecas supramunicipales.
  29. Artículo 22. Bibliotecas municipales.
  30. Artículo 23. Obligaciones de las bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
  31. Artículo 24. Normas en materia de conservación y reproducción.
  32. Artículo 25. Registro de Bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
  33. Artículo 26. Personal de las bibliotecas públicas de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía.
  34. CAPÍTULO V
  35. Artículo 27. Naturaleza, composición y objetivo.
  36. Artículo 28. Registro de Centros de Documentación y Bibliotecas Especializadas.
  37. Artículo 29. Deberes de información.
  38. Artículo 30. Derechos y deberes de los usuarios de la Red de Centros de Documentación y Bibliotecas Especializadas.
  39. Artículo 31. Bibliotecas universitarias.
  40. Artículo 32. Personal de la Red de Centros de Documentación y Bibliotecas Especializadas.
  41. TÍTULO III
  42. Artículo 33. Competencias de la Administración de la Junta de Andalucía.
  43. Artículo 34. Plan de Servicios Bibliotecarios de Andalucía.
  44. Artículo 35. Cooperación económica y técnica.
  45. Artículo 36. Competencias de los municipios.
  46. Artículo 37. Formas de prestación de los servicios bibliotecarios municipales.
  47. Artículo 38. Relaciones interadministrativas.
  48. TÍTULO IV
  49. Artículo 39. Obra bibliográfica. Concepto. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
  50. Artículo 40. Programas para la recogida de materiales de tradición oral. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
  51. Artículo 41. Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz. Concepto y clases. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
  52. Artículo 42. Centros depositarios. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
  53. Artículo 43. Depósito patrimonial obligatorio. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
  54. Artículo 44. Depósito patrimonial voluntario. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
  55. Artículo 45. Número de ejemplares del Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
  56. Artículo 46. Personas obligadas a constituir el depósito patrimonial obligatorio. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
  57. Artículo 47. Plazo y lugar de entrega de los bienes del depósito patrimonial. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
  58. Artículo 48. Acceso a los fondos de Depósito Patrimonial Bibliográfico Andaluz. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
  59. TÍTULO V
  60. Artículo 49. Disposiciones generales.
  61. Artículo 50. Clasificación de las infracciones.
  62. Artículo 51. Infracciones leves.
  63. Artículo 52. Infracciones graves.
  64. Artículo 53. Infracciones muy graves.
  65. Artículo 54. Responsables de las infracciones.
  66. Artículo 55. Circunstancias agravantes y atenuantes de las infracciones.
  67. Artículo 56. Prescripción de las infracciones.
  68. Artículo 57. Tipos de sanciones.
  69. Artículo 58. Sanciones.
  70. Artículo 59. Prescripción de las sanciones.
  71. Artículo 60. Órganos competentes.
  72. Artículo 61. Procedimiento sancionador.
  73. Disposición transitoria primera. Reglamentación y constitución del Consejo Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
  74. Disposición transitoria segunda. Primer Plan de Servicios Bibliotecarios de Andalucía.
  75. Disposición transitoria tercera. Derecho al acceso telemático.
  76. Disposición transitoria cuarta. Plazo para la elaboración del Atlas de Recursos del Sistema Andaluz de Bibliotecas y Centros de Documentación.
  77. Disposición transitoria quinta. Establecimiento de los perfiles profesionales.
  78. Disposición transitoria sexta. Coordinación y cooperación de las Redes Básicas.
  79. Disposición derogatoria única. Tabla de vigencias y disposiciones que se derogan.
  80. Disposición final primera. Modificación del artículo 66 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.
  81. Disposición final segunda. Bienes integrantes del depósito legal.
  82. Disposición final tercera. Actualización de la cuantía de las sanciones.
  83. Disposición final cuarta. Habilitación reglamentaria.
  84. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  85. Firma