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Ley 4/2006, de 5 de mayo, de Cooperación al Desarrollo.

En vigor Comunidad Autónoma del Principado de Asturias · Publicada el 8 de julio de 2006 · Último cambio el 19 de mayo de 2006 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.
  4. Artículo 2. Principios orientadores de la política de cooperación al desarrollo.
  5. Artículo 3. Objetivos de la cooperación al desarrollo.
  6. Artículo 4. Prioridades geográficas.
  7. Artículo 5. Prioridades sectoriales.
  8. Artículo 6. Valores transversales en las actuaciones de cooperación al desarrollo.
  9. CAPÍTULO II
  10. Sección 1
  11. Artículo 7. El Plan Director de Cooperación: objetivos y contenido.
  12. Artículo 8. El Plan Director de Cooperación: elaboración y aprobación.
  13. Artículo 9. Memoria Anual.
  14. Sección 2
  15. Artículo 10. Coordinación de la política de cooperación al desarrollo.
  16. Sección 3
  17. Artículo 11. Modalidades.
  18. Artículo 12. Asistencia técnica.
  19. Artículo 13. Subvenciones.
  20. Artículo 14. Acción humanitaria.
  21. Artículo 15. Educación y sensibilización social.
  22. Artículo 16. Evaluación de las acciones de cooperación al desarrollo.
  23. CAPÍTULO III
  24. Artículo 17. El Consejo de Gobierno del Principado de Asturias.
  25. Artículo 18. La Consejería competente en materia de cooperación al desarrollo.
  26. Artículo 19. La Agencia Asturiana de Cooperación al Desarrollo.
  27. Artículo 20. El Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo.
  28. CAPÍTULO IV
  29. Artículo 21. Recursos materiales.
  30. Artículo 22. Medios humanos.
  31. CAPÍTULO V
  32. Artículo 23. Agentes de cooperación.
  33. Artículo 24. Las ONGD.
  34. Artículo 25. Personal de la Cooperación al Desarrollo.
  35. Artículo 26. Educación, sensibilización e información.
  36. Artículo 27. El Fondo Asturiano de Cooperación al Desarrollo.
  37. Disposición adicional primera. Adecuación del modelo de gestión de la cooperación al desarrollo.
  38. Disposición adicional segunda. El Consejo Asturiano de Cooperación al Desarrollo.
  39. Disposición adicional tercera. El Plan Director de Cooperación al Desarrollo.
  40. Disposición adicional cuarta. El Registro de ONGD.
  41. Disposición transitoria primera. Personal de la cooperación al desarrollo.
  42. Disposición transitoria segunda. Registro de ONGD.
  43. Disposición final única. Desarrollo normativo.
  44. Firma