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Ley 5/2010, de 16 de junio, reguladora del Consejo Consultivo de las Illes Balears.

En vigor Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 6 de julio de 2010 · Último cambio el 13 de diciembre de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Definición y naturaleza.
  4. Artículo 2. Sede.
  5. Artículo 3. Función.
  6. Artículo 4. Consulta y carácter del dictamen.
  7. TÍTULO II
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 5. Composición. 2 redacciones · cambió el 22/10/2011
  10. Artículo 6. Elección, designación y nombramiento de los miembros. 2 redacciones · cambió el 22/10/2011
  11. Artículo 7. Elección y nombramiento del presidente o presidenta. 2 redacciones · cambió el 22/10/2011
  12. Artículo 8. Atribuciones del pleno.
  13. Artículo 9. Atribuciones del presidente o presidenta.
  14. Artículo 10. Derechos y deberes de los consejeros y consejeras.
  15. Artículo 11. Nombramiento del consejero secretario o consejera secretaria.
  16. Artículo 12. Atribuciones del consejero secretario o consejera secretaria.
  17. CAPÍTULO II
  18. Artículo 13. Régimen de incompatibilidades.
  19. Artículo 14. Causas de abstención y recusación.
  20. Artículo 15. Compensaciones económicas.
  21. Artículo 16. Cese de miembros del Consejo Consultivo.
  22. Artículo 17. Suspensión cautelar de los consejeros y consejeras.
  23. TÍTULO III
  24. Artículo 18. Consulta preceptiva. 6 redacciones · cambió el 13/12/2024
  25. Artículo 19. Consulta facultativa. 3 redacciones · cambió el 13/12/2024
  26. Artículo 20. Memoria.
  27. TÍTULO IV
  28. Artículo 21. Legitimados para solicitar el dictamen.
  29. Artículo 22. Quórums y adopción de acuerdos.
  30. Artículo 23. Publicación de los dictámenes.
  31. TÍTULO V
  32. Artículo 24. Plazos para emitir los dictámenes. 2 redacciones · cambió el 02/02/2019
  33. Artículo 25. Documentación que ha de acompañar a la consulta y audiencia a las personas interesadas.
  34. Artículo 26. Modificaciones en la propuesta remitida al Consejo Consultivo.
  35. TÍTULO VI
  36. Artículo 27. Suficiencia de recursos.
  37. CAPÍTULO I
  38. Artículo 28. Personal al servicio del Consejo Consultivo. 2 redacciones · cambió el 08/03/2018
  39. Artículo 29. Relación de puestos de trabajo del personal al servicio del Consejo Consultivo.
  40. CAPÍTULO II
  41. Artículo 30. Créditos, anteproyecto de presupuestos y control financiero.
  42. Disposición adicional primera.
  43. Disposición adicional segunda.
  44. Disposición adicional tercera.
  45. Disposición adicional cuarta.
  46. Disposición adicional quinta.
  47. Disposición adicional sexta.
  48. Disposición transitoria primera. 2 redacciones · cambió el 22/10/2011
  49. Disposición transitoria segunda. 2 redacciones · cambió el 22/10/2011
  50. Disposición transitoria tercera. 2 redacciones · cambió el 22/10/2011
  51. Disposición derogatoria única.
  52. Disposición final primera.
  53. Disposición final segunda.
  54. [firma]
  55. [Información relacionada]