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Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 19 de mayo de 2015 · Último cambio el 23 de septiembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- Artículo 3. Definiciones.
- Artículo 4. Principios.
- Artículo 5. Finalidades.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 6. Objeto.
- Artículo 7. Instrumentos de intervención ambiental.
- Artículo 8. Efectos transfronterizos.
- Artículo 9. Obligaciones de los titulares de proyectos e instalaciones sometidas a evaluación, autorización o comunicación ambiental.
- Artículo 10. Fraccionamiento y ampliación de proyectos o actividades e incorporación de nuevas instalaciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 11. Alcance y ámbito de aplicación.
- Artículo 12. Contenido de la autorización ambiental integrada.
- Artículo 13. Procedimiento para el otorgamiento de la autorización ambiental integrada. 2 redacciones · cambió el 09/04/2019
- CAPÍTULO III
- Artículo 14. Alcance y ámbito de aplicación.
- Artículo 15. Órgano competente.
- Artículo 16. Procedimiento. 3 redacciones · cambió el 08/03/2021
- Artículo 17. Contenido y vigencia de la autorización ambiental unificada.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 18. Inadmisión de solicitudes.
- Artículo 19. Comunicación de inicio de la actividad.
- Artículo 20. Modificación de la instalación.
- Artículo 21. Modificación de oficio de la autorización ambiental.
- Artículo 22. Transmisión de la titularidad de la autorización ambiental.
- Artículo 23. Caducidad de la autorización ambiental.
- Artículo 24. Control y seguimiento de la actividad.
- Artículo 25. Carácter e interrelación con otras autorizaciones y/o licencias.
- Artículo 25 bis. Funcionario responsable de la tramitación del expediente.
- CAPÍTULO V
- Artículo 26. Objeto.
- Artículo 27. Ámbito de aplicación.
- Artículo 28. Competencia.
- Artículo 29. Procedimiento.
- Artículo 30. Modificación de la actividad.
- Artículo 31. Transmisión de la titularidad de la comunicación ambiental.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 32. Objeto.
- Artículo 33. Ámbito de aplicación.
- Artículo 34. Competencia.
- Articulo 35. Procedimiento.
- Artículo 36. Modificación de la actividad.
- Artículo 37. Transmisión de la titularidad de la comunicación ambiental.
- CAPÍTULO VII
- Sección 1
- Subsección 1
- Artículo 38. Ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica.
- Artículo 39. Trámites y plazos de la evaluación ambiental estratégica ordinaria. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 40. Solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 41. Consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas, y elaboración del documento de alcance del estudio ambiental estratégico. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 42. Estudio ambiental estratégico.
- Artículo 43. Versión inicial del plan o programa, información pública y consulta a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 44. Análisis técnico del expediente. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 45. Declaración ambiental estratégica. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 46. Publicidad de la adopción o aprobación del plan o programa. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 47. Vigencia de la declaración ambiental estratégica.
- Artículo 48. Modificación de la declaración ambiental estratégica. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Subsección 2
- Artículo 49. Ámbito de aplicación de la evaluación ambiental estratégica simplificada.
- Artículo 50. Solicitud de inicio de la evaluación ambiental estratégica simplificada. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 51. Consultas a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 52. Informe ambiental estratégico. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 53. Publicidad de la adopción o aprobación del plan o programa. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 54. Determinación de la necesidad de evaluación ambiental por afección a Red Natura 2000. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Subsección 3
- Artículo 55. Evaluación ambiental estratégica de instrumentos de ordenación territorial o urbanística.
- Artículo 56. Directrices de Ordenación Territorial.
- Artículo 57. Planes Territoriales. 2 redacciones · cambió el 16/02/2018
- Artículo 58. Planes Generales Municipales. 4 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 59. Planes Parciales de Ordenación.
- Artículo 60. Planes Especiales de Ordenación.
- Artículo 61. Determinación de la necesidad de someter un instrumento de ordenación territorial o urbanística a evaluación ambiental.
- Sección 2
- Subsección 1
- Artículo 62. Ámbito de aplicación.
- Artículo 63. Trámites y plazos de la evaluación de impacto ambiental ordinaria. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 64. Actuaciones previas: consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas y elaboración del documento de alcance del estudio de impacto ambiental. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 65. Estudio de impacto ambiental. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 66. Información pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 67. Consulta a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 68. Modificación del proyecto o del estudio de impacto ambiental y nuevo trámite de información pública y de consultas. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 69. Evaluación de impacto ambiental ordinaria. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 70. Análisis técnico del expediente. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 71. Declaración de impacto ambiental. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 72. Publicidad de la autorización del proyecto. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Subsección 2
- Artículo 73. Ámbito de aplicación.
- Artículo 74. Solicitud de inicio de la evaluación de impacto ambiental simplificada. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 75. Consultas a las Administraciones Públicas afectadas y las personas interesadas. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 76. Informe de impacto ambiental. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 77. Autorización del proyecto y publicidad. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Subsección 3
- Artículo 78. Ámbito de aplicación.
- Artículo 79. Procedimiento de evaluación de impacto ambiental abreviada.
- Artículo 80. Solicitud de sometimiento a evaluación de impacto ambiental abreviada. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 81. Análisis de la documentación presentada.
- Artículo 82. Petición de informes. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 83. Informe de impacto ambiental abreviado.
- Sección 3
- Artículo 84. Vigencia de la declaración de impacto ambiental. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 85. Modificación de las condiciones de la declaración de impacto ambiental. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 86. Modificación de proyectos sometidos a evaluación ambiental ordinaria. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 87. Vigencia del informe de impacto ambiental. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 88. Modificación de las condiciones del informe de impacto ambiental.
- Artículo 89. Modificación de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental simplificada y a evaluación de impacto ambiental abreviada. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 90. Excepciones.
- Artículo 91. Efectos de la declaración y de los informes de impacto ambiental y resolución de discrepancias.
- Artículo 92. Relación con la evaluación ambiental estratégica de planes y programas.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 93. Mantenimiento y mejora de la calidad atmosférica.
- Artículo 94. Ámbito de aplicación.
- Artículo 95. Distribución de competencias.
- Artículo 96. Red de vigilancia y control de la contaminación atmosférica de Extremadura.
- Artículo 97. Actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera.
- Artículo 98. Obligaciones de los titulares de las instalaciones donde se desarrollan actividades potencialmente contaminantes de la atmósfera.
- Artículo 99. Autorización de emisiones a la atmósfera.
- Artículo 100. Contenido de la autorización de emisiones.
- Artículo 101. Planes y programas de mejora de la calidad del aire.
- CAPÍTULO II
- Artículo 102. Ámbito de aplicación.
- Artículo 103. Competencias.
- Artículo 104. Calidad acústica en áreas protegidas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 105. Objeto.
- Artículo 106. Ámbito de aplicación.
- Artículo 107. Criterios generales de competencia municipal.
- Artículo 108. Obligaciones de las Administraciones Públicas.
- Artículo 109. Régimen de intervención.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 110. Concepto.
- Artículo 111. Ámbito de aplicación.
- Artículo 112. Competencias.
- Articulo 113. Red de Vigilancia Radiológica Ambiental de Extremadura.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 114. Medidas específicas para la protección del suelo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 115. Actividades potencialmente contaminantes del suelo y otras actividades que alteran gravemente sus características.
- Artículo 116. Suelos contaminados.
- Artículo 117. Obligación de reparar los daños.
- Artículo 118. Recuperación voluntaria de suelos.
- TÍTULO IV
- Artículo 119. Criterios generales en materia de protección paisajística.
- Artículo 120. Medidas específicas.
- TÍTULO V
- Artículo 121. Convenios de colaboración y acuerdos voluntarios en materia de medio ambiente.
- Artículo 122. Sistema comunitario de gestión y auditorías medioambientales.
- Artículo 123. Etiqueta ecológica comunitaria.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 124. Objeto.
- Artículo 125. Competencias.
- Artículo 126. Inspecciones ambientales.
- Artículo 127. Planificación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 128. Infracciones.
- Artículo 129. Responsabilidad.
- Artículo 130. Concurrencia de sanciones.
- Sección 1
- Artículo 131. Infracciones.
- Artículo 132. Sanciones.
- Sección 2
- Artículo 133. Infracciones.
- Artículo 134. Sanciones.
- Sección 3
- Artículo 135. Infracciones.
- Artículo 136. Sanciones.
- CAPÍTULO III
- Artículo 137. Potestad sancionadora.
- Artículo 138. Procedimiento sancionador.
- Artículo 139. Medidas provisionales.
- Artículo 140. Obligación de reponer, restaurar e indemnizar.
- Artículo 141. Medidas accesorias.
- Artículo 142. Graduación de las sanciones.
- Artículo 143. Resolución.
- Artículo 144. Formas de ejecución forzosa.
- Artículo 145. Multas coercitivas.
- Artículo 146. Ejecución subsidiaria.
- Artículo 147. Apremio sobre el patrimonio.
- Disposición adicional primera. Inaplicación del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas.
- Disposición adicional segunda. Vertidos a las redes municipales de saneamiento.
- Disposición adicional tercera. Vigencia de las declaraciones o informes de impacto ambiental referidos a industrias extractivas.
- Disposición adicional cuarta. Procedimiento abreviado de evaluación de impacto ambiental de líneas eléctricas.
- Disposición adicional quinta. Inclusión de la variable ambiental en materia de contratos del sector público.
- Disposición adicional sexta. Informe sobre el estado del medio ambiente.
- Disposición adicional séptima. Coordinador ambiental.
- Disposición adicional octava. Comisión técnica de valoración de daños medioambientales.
- Disposición adicional novena. Habilitación profesional para la redacción de proyectos.
- Disposición adicional décima. Confidencialidad.
- Disposición adicional decimoprimera. Régimen supletorio.
- Disposición adicional decimosegunda. Tramitación electrónica.
- Disposición adicional decimotercera. Inexigibilidad de garantía financiera por responsabilidad medioambiental.
- Disposición transitoria primera. Instalaciones existentes.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos de autorización de actividades sometidas a autorización ambiental unificada.
- Disposición transitoria tercera. Actividades sobre las que opere un cambio de instrumento de intervención administrativa ambiental.
- Disposición transitoria cuarta. Evaluación de impacto ambiental de proyectos a ubicar en suelo no urbanizable.
- Disposición transitoria quinta. Procedimientos de evaluación de impacto ambiental abreviada.
- Disposición transitoria sexta. Evaluación Ambiental de Planes y Programas.
- Disposición transitoria séptima. Modificación sustancial del alumbrado exterior posterior a la entrada en vigor de esta Ley.
- Disposición transitoria octava. Colaboración de la Junta de Extremadura con los Ayuntamientos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación al Consejo de Gobierno.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO II BIS
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI
- ANEXO VII
- ANEXO VIII
- ANEXO IX
- ANEXO X
- [INFORMACIÓN RELACIONADA]


