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Ley 6/1998, de 18 de junio, del Juego de Extremadura.

En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 13 de agosto de 1998 · Último cambio el 7 de febrero de 2019 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  4. Artículo 2. Prohibiciones.
  5. Artículo 3. Autorizaciones. 3 redacciones · cambió el 29/06/2012
  6. Artículo 4. Catálogo de juegos y apuestas.
  7. Artículo 5. Material de juego.
  8. Artículo 6. Publicidad, promoción, patrocinio e información comercial. 3 redacciones · cambió el 07/02/2019
  9. CAPÍTULO II
  10. Artículo 7. Establecimientos. 3 redacciones · cambió el 29/06/2012
  11. Artículo 8. Casinos de juego.
  12. Artículo 9. Salas de bingo. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  13. Artículo 10. Salones de juego y otros establecimientos. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  14. Artículo 11. Máquinas recreativas y comerciales. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  15. Artículo 12. Máquinas de juego. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  16. CAPÍTULO III
  17. Artículo 13. Apuestas. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  18. Artículo 14. Loterías.
  19. Artículo 15. Rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias.
  20. CAPÍTULO IV
  21. Artículo 16. Empresas de juego. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  22. Artículo 17. Registro de juegos y apuestas de Extremadura. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  23. Artículo 18. Fianzas.
  24. Artículo 19. Empresas gestoras de casinos.
  25. Artículo 20. Entidades gestoras de salas de juegos colectivos de dinero y de azar.
  26. Artículo 21. Empresas titulares de salones de juego.
  27. Artículo 22. Empresas operadoras de máquinas de juego.
  28. Artículo 23. Empresas concesionarias de loterías y sorteos.
  29. Artículo 24. Personal empleado. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  30. CAPÍTULO V
  31. Artículo 25. Derechos y deberes de las personas participantes en los juegos. 3 redacciones · cambió el 07/02/2019
  32. Artículo 25 bis. Prohibiciones de participar en los juegos y de acceso a locales y portales web del juego.
  33. Artículo 26. Registro de Limitaciones de Acceso de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 2 redacciones · cambió el 07/02/2019
  34. CAPÍTULO VI
  35. Artículo 27. Competencias del Consejo de Gobierno.
  36. Artículo 28. Competencias de la Consejería de Economía, Industria y Hacienda.
  37. Artículo 29. Comisión del Juego de Extremadura.
  38. CAPÍTULO VII
  39. Artículo 30. Infracciones administrativas.
  40. Artículo 31. Infracciones muy graves. 3 redacciones · cambió el 07/02/2019
  41. Artículo 32. Infracciones graves. 3 redacciones · cambió el 07/02/2019
  42. Artículo 33. Infracciones leves. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  43. Artículo 34. Responsables.
  44. Artículo 35. Responsabilidad de los jugadores.
  45. Artículo 36. Sanciones administrativas. 3 redacciones · cambió el 07/02/2019
  46. Artículo 37. Órgano sancionador.
  47. Artículo 38. Medidas cautelares. 2 redacciones · cambió el 29/06/2012
  48. Artículo 39. Prescripción.
  49. Artículo 40. Procedimiento sancionador.
  50. CAPÍTULO VIII
  51. Artículo 41. Autorización de apertura de locales e instalaciones.
  52. Artículo 42. Principios rectores del juego responsable.
  53. Artículo 43. Políticas de juego responsable.
  54. Artículo 44. Prohibiciones de organización de juegos no responsables.
  55. Artículo 45. Distancias mínimas de establecimientos de juegos y apuestas.
  56. Artículo 46. Locales específicos de apuestas y zonas de apuestas en recintos deportivos.
  57. Artículo 47. Control de admisión en locales de juego y en el juego realizado por medios electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos.
  58. Artículo 48. La Inspección, vigilancia y control.
  59. Disposición adicional primera. 2 redacciones · cambió el 31/12/2008
  60. Disposición adicional segunda. 4 redacciones · cambió el 29/12/2003
  61. Disposición adicional tercera.
  62. Disposición adicional cuarta. 3 redacciones · cambió el 06/08/2018
  63. Disposición adicional quinta. 2 redacciones · cambió el 29/12/2003
  64. Disposición adicional sexta.
  65. Disposición adicional séptima. Autorizaciones de explotación de las máquinas de tipo “A” vigentes a 1 de enero de 2008.
  66. Disposición adicional octava. Organización, celebración y desarrollo de combinaciones aleatorias con fines publicitarios o promocionales.
  67. Disposición adicional novena. Suspensión de las autorizaciones de explotación de las máquinas recreativas de juego y de azar.
  68. Disposición transitoria primera.
  69. Disposición transitoria segunda.
  70. Disposición derogatoria única.
  71. Disposición final primera.
  72. Disposición final segunda.
  73. [firma]