Legislación › Ley
Ley 8/2013, de 12 de septiembre, de Coordinación de Policías Locales de Aragón.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 30 de octubre de 2013 · Último cambio el 10 de julio de 2018 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación.
- TÍTULO I
- Artículo 3. Concepto.
- Artículo 4. Funciones.
- Artículo 5. Comisión de Coordinación de las Policías Locales de Aragón. Naturaleza y funciones.
- Artículo 6. Composición.
- Artículo 7. Registro de los Policías Locales de Aragón.
- Artículo 8. Academia Aragonesa de Policías Locales.
- Artículo 9. Cooperación del Gobierno de Aragón con los municipios.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 10. Concepto y naturaleza jurídica.
- Artículo 11. Régimen jurídico.
- Artículo 12. Ámbito territorial de actuación.
- Artículo 13. Principios básicos de actuación.
- Artículo 14. Funciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 15. Cuerpos de Policía Local.
- Artículo 16. Jefe del Cuerpo.
- Artículo 17. Agrupaciones para el sostenimiento de Cuerpos de Policía Local.
- CAPÍTULO III
- Artículo 18. Uniformidad.
- Artículo 19. Identificación.
- Artículo 20. Armamento.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 21. Plantilla y relación de puestos de trabajo.
- Artículo 22. Estructura.
- CAPÍTULO II
- Artículo 23. Bases y programas mínimos.
- Artículo 24. Requisitos de ingreso.
- Artículo 25. Sistemas de ingreso y provisión. 2 redacciones · cambió el 10/07/2018
- Artículo 26. Movilidad.
- Artículo 27. Comisión de servicios.
- CAPÍTULO III
- Artículo 28. Derechos.
- Artículo 29. Distinciones y condecoraciones.
- Artículo 30. Deberes.
- Artículo 31. Régimen disciplinario.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 32. Criterios generales.
- Artículo 33. Salud laboral.
- Artículo 34. Segunda actividad.
- Disposición adicional primera. Términos genéricos.
- Disposición adicional segunda. Municipios de gran población.
- Disposición adicional tercera. Plan de Formación Autonómico.
- Disposición adicional cuarta. Acceso a la categoría de Policía de personal militar.
- Disposición transitoria primera. Personal de la Administración local.
- Disposición transitoria segunda. Equiparación e integración de los auxiliares de policía. 3 redacciones · cambió el 10/07/2018
- Disposición transitoria tercera. Integración de los miembros de la Escala Ejecutiva. 2 redacciones · cambió el 10/07/2018
- Disposición transitoria cuarta. Integración de los miembros de la Escala Técnica. 2 redacciones · cambió el 10/07/2018
- Disposición transitoria quinta. Procesos selectivos y titulaciones.
- Disposición transitoria sexta. Reglamentos de organización y funcionamiento de la Policía Local.
- Disposición transitoria séptima. Academia Aragonesa de Policía Local.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Habilitación de desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Protección de la maternidad.
- Disposición final tercera. Desarrollo reglamentario de la Academia Aragonesa de Policías Locales.
- Disposición final cuarta. Adaptación de la estructura y organización interna de la Policía Local y de sus reglamentos.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- Firma


