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Ley 7/2017, de 2 de junio, del régimen de las secciones de crédito de las cooperativas.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 6 de julio de 2017 · Último cambio el 25 de abril de 2024 · Ver en el BOE

Índice

  1. [preambulo]
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Concepto y objeto.
  4. Artículo 2. Socios.
  5. Artículo 3. Denominación.
  6. Artículo 4. Registro.
  7. Artículo 5. Profesionalidad de la gestión.
  8. CAPÍTULO II
  9. Artículo 6. Estructura financiera y actividad.
  10. Artículo 7. Operaciones con la cooperativa.
  11. Artículo 8. Operaciones con socios.
  12. Artículo 9. Instrumentación de las operaciones con socios.
  13. Artículo 10. Facultades de los órganos sociales con relación a la actividad financiera.
  14. Artículo 11. Obligaciones de información.
  15. Artículo 12. Exigibilidad de los saldos acreedores.
  16. CAPÍTULO III
  17. Artículo 13. Contabilidad.
  18. Artículo 14. Auditoría.
  19. Artículo 15. Obligaciones de comunicación de los auditores.
  20. Artículo 16. Inspección y órganos competentes en materia sancionadora.
  21. Artículo 17. Responsabilidad.
  22. Artículo 18. Infracciones.
  23. Artículo 19. Sanciones aplicables a las cooperativas.
  24. Artículo 20. Sanciones aplicables a otros sujetos.
  25. Artículo 21. Competencias sancionadoras.
  26. Artículo 22. Normas de procedimiento.
  27. Artículo 23. Normativa supletoria.
  28. CAPÍTULO IV
  29. Artículo 24. Finalidad, objeto y naturaleza.
  30. Artículo 25. Participación.
  31. Artículo 26. Recuperación del valor de las participaciones.
  32. Artículo 27. Administración.
  33. Artículo 28. Órgano rector.
  34. Artículo 29. Comisión delegada.
  35. Artículo 30. Composición de la comisión delegada.
  36. Artículo 31. Régimen económico.
  37. Artículo 32. Aportaciones no integrables a capital de cada cooperativa con sección de crédito.
  38. Artículo 33. Actuaciones de apoyo financiero.
  39. Artículo 34. Criterios con relación a las actuaciones de apoyo financiero.
  40. Artículo 35. Destino de la parte del Fondo no aplicada a actuaciones de apoyo financiero.
  41. Artículo 36. Cuentas anuales y distribución del resultado.
  42. Artículo 37. Colaboración y deber de secreto.
  43. Disposición adicional. Comisión de Seguimiento Sectorial de Cooperativas con Sección de Crédito.
  44. Disposición adicional primera. Comisión de Seguimiento Sectorial de Cooperativas con Sección de Crédito.
  45. Disposición adicional segunda. Medidas de excepción a raíz del reconocimiento de la existencia de causas de fuerza mayor y de circunstancias excepcionales.
  46. Disposición transitoria primera. Acreditación de conocimientos del director general o gerente de las cooperativas.
  47. Disposición transitoria segunda. Requerimientos emitidos en virtud del Decreto ley 2/2016.
  48. Disposición modificativa. Modificación de la Ley 12/2015, de cooperativas.
  49. Disposición derogatoria.
  50. Disposición final primera. Facultades para desarrollar la presente ley.
  51. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
  52. [firma]