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Ley 6/2020, de 15 de julio, de Fundaciones de Cantabria.
En vigor Comunidad Autónoma de Cantabria · Publicada el 21 de agosto de 2020 · Último cambio el 4 de abril de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Concepto.
- Artículo 3. Régimen Jurídico.
- Artículo 4. Fines y personas beneficiarias.
- Artículo 5. Domicilio.
- Artículo 6. Fundaciones extranjeras.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Escritura pública de constitución.
- Artículo 8. Estatutos.
- CAPÍTULO III
- Artículo 9. Patronato.
- Artículo 10. Composición del patronato.
- Artículo 11. Aceptación. 2 redacciones · cambió el 04/04/2025
- Artículo 12. Sustitución y suspensión de los patronos o patronas.
- Artículo 13. Delegación, apoderamientos y otros órganos.
- Artículo 14. Derechos y obligaciones de los patronos o patronas.
- Artículo 15. Adopción de acuerdos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 16. Composición, administración y disposición del patrimonio.
- Artículo 17. Titularidad de bienes y derechos.
- Artículo 18. Enajenación y gravamen.
- Artículo 19. Herencias y donaciones.
- CAPÍTULO V
- Artículo 20. Principios de actuación.
- Artículo 21. Actividades de la fundación.
- Artículo 22. Financiación de actividades.
- Artículo 23. Destino de rentas e ingresos.
- Artículo 24. Códigos de conducta para la realización de inversiones temporales.
- Artículo 25. Contabilidad.
- Artículo 26. Aprobación y presentación de las cuentas. 2 redacciones · cambió el 04/04/2025
- Artículo 27. Auditoría. 3 redacciones · cambió el 04/04/2025
- Artículo 28. Plan de Actuación.
- Artículo 29. Autocontratación. 2 redacciones · cambió el 04/04/2025
- CAPÍTULO VI
- Artículo 30. Modificación de los Estatutos. 2 redacciones · cambió el 04/04/2025
- Artículo 31. Fusión.
- Artículo 32. Extinción.
- Artículo 33. Escisión.
- Artículo 34. Liquidación.
- Artículo 35. Destino del patrimonio sobrante de la liquidación.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 36. El Protectorado.
- Artículo 37. Funciones de apoyo, impulso y asesoramiento.
- Artículo 38. Funciones en relación con el proceso de constitución. 2 redacciones · cambió el 30/12/2020
- Artículo 39. Funciones en relación con el patronato.
- Artículo 40. Funciones en relación con el patrimonio de la fundación.
- Artículo 41. Funciones relativas al cumplimiento de fines.
- Artículo 42. Funciones en relación con la modificación, fusión, escisión y extinción de las fundaciones.
- Artículo 43. Funciones en relación con el ejercicio de las acciones legalmente previstas.
- Artículo 44. Régimen de las autorizaciones y ratificaciones del Protectorado.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 45. Objeto del Registro.
- Artículo 46. Efectos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2020
- Artículo 47. Requisitos formales de la documentación.
- Artículo 48. Actos inscribibles. 2 redacciones · cambió el 30/12/2020
- Artículo 49. Depósito de documentación, actos y negocios jurídicos.
- Artículo 50. Régimen de los procedimientos registrales. 2 redacciones · cambió el 30/12/2020
- Disposición adicional primera. Fundaciones del Sector Público Autonómico.
- Disposición adicional segunda. Plan contable.
- Disposición adicional tercera. Fundaciones vinculadas a los partidos políticos.
- Disposición adicional cuarta. Fundaciones bancarias.
- Disposición adicional quinta. Obligaciones de las notarías.
- Disposición adicional sexta. Administración electrónica.
- Disposición adicional séptima. Fundaciones que no han presentado cuentas en los últimos seis años.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los procedimientos. 2 redacciones · cambió el 04/04/2025
- Disposición transitoria segunda. Adaptación de los estatutos de las fundaciones.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Firma


