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Real Decreto 608/2025, de 8 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud.
En vigor Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes · Publicada el 1 de agosto de 2025 · Último cambio el 1 de agosto de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- Artículo único. Aprobación del Estatuto del organismo autónomo Instituto de la Juventud.
- Disposición adicional única. Supresión de órganos.
- Disposición transitoria única. Unidades y puestos de trabajo de rango inferior a Subdirección General.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1923/2008, de 21 de noviembre, por el que se crea la Comisión Interministerial para la Juventud y se regulan sus funciones, composición y funcionamiento.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- [firma]
- ESTATUTO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Naturaleza jurídica y adscripción.
- Artículo 2. Régimen jurídico.
- Artículo 3. Potestades administrativas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Finalidad y objetivos.
- Artículo 5. Funciones.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 6. Órganos del INJUVE.
- Sección 2
- Artículo 7. La Presidencia.
- Artículo 8. El Consejo Rector.
- Artículo 9. Composición del Consejo Rector.
- Artículo 10. Declaración de confidencialidad por parte de los miembros del Consejo Rector.
- Artículo 11. Funciones del Consejo Rector.
- Artículo 12. Funcionamiento del Consejo Rector.
- Sección 3
- Artículo 13. La Dirección General.
- Artículo 14. Funciones de la Dirección General.
- Artículo 15. La Secretaría General.
- Artículo 16. La Subdirección General de Programas Europeos y Cooperación Internacional.
- Artículo 17. La Subdirección General de Información, Programas e Igualdad.
- Sección 4
- Artículo 18. El Consejo Interterritorial de Juventud.
- Artículo 19. Composición del Consejo Interterritorial de Juventud.
- Artículo 20. Funciones del Consejo Interterritorial de Juventud.
- Artículo 21. Régimen de funcionamiento del Consejo Interterritorial de Juventud.
- Sección 5
- Artículo 22. El Centro Eurolatinoamericano de Juventud.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 23. Financiación.
- Artículo 24. Régimen presupuestario y económico financiero.
- Artículo 25. Contabilidad y control.
- CAPÍTULO V
- Artículo 26. Régimen de contratación.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 27. Régimen patrimonial.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 28. Régimen jurídico.
- Artículo 29. Personal directivo.
- Artículo 30. Relación de puestos de trabajo.
- Artículo 31. Retribuciones.
- Artículo 32. Provisión de puestos de trabajo.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 33. Actos que agotan la vía administrativa.


