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Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo.

En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 6 de agosto de 2008 · Último cambio el 13 de marzo de 2023 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. CAPÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Ámbito de aplicación y beneficiarios. 2 redacciones · cambió el 13/03/2023
  5. Artículo 3. Caracteres de las indemnizaciones, ayudas y subvenciones.
  6. Artículo 4. Tipos de asistencia. 2 redacciones · cambió el 13/03/2023
  7. Artículo 5. Requisitos para su concesión.
  8. Artículo 6. Solicitudes. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
  9. Artículo 7. Aprobación.
  10. CAPÍTULO II
  11. Artículo 8. Contenido de las indemnizaciones y reparaciones.
  12. Artículo 9. Daños físicos o psíquicos. 2 redacciones · cambió el 13/03/2023
  13. Artículo 10. Reparación por daños materiales. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
  14. Artículo 11. Daños en las viviendas de las personas físicas.
  15. CAPÍTULO III
  16. Artículo 12. Ámbito.
  17. Artículo 13. Asistencia sanitaria.
  18. Artículo 14. Asistencia psicológica inmediata.
  19. Artículo 15. Asistencia psicosocial por secuelas.
  20. Artículo 16. Asistencia psicopedagógica.
  21. Artículo 17. Asistencia social.
  22. Artículo 18. Asistencia en el ámbito de la enseñanza.
  23. Artículo 19. Asistencia en el ámbito de la formación.
  24. Artículo 20. Ayudas en el ámbito del empleo. 2 redacciones · cambió el 13/03/2023
  25. CAPÍTULO IV
  26. Artículo 21. Concesión.
  27. CAPÍTULO V
  28. Artículo 22. Reconocimiento institucional de las víctimas. 2 redacciones · cambió el 13/03/2023
  29. Artículo 23. Memoria de las víctimas.
  30. Artículo 24. Día de recuerdo a las víctimas.
  31. Artículo 25. Distinciones honoríficas.
  32. Artículo 26. Protección de la intimidad e imagen.
  33. Artículo 27. Acción popular.
  34. CAPÍTULO VI
  35. Artículo 28. Educación para la paz y la convivencia.
  36. Artículo 29. Difusión del conocimiento sobre el terrorismo y sus víctimas.
  37. Disposición adicional primera. Beneficios en el acceso a la vivienda de promoción pública.
  38. Disposición adicional segunda. Beneficios en el acceso a la función pública.
  39. Disposición transitoria única. Aplicación retroactiva. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
  40. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  41. Disposición final primera. Modificación del Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos.
  42. Disposición final segunda. Modificación del Texto refundido de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  43. Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  44. Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
  45. Firma