Legislación › Ley
Ley 2/2012, de 28 de junio, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y de juego de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 12 de julio de 2012 · Último cambio el 4 de agosto de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- no-2
- [preambulo]
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Modificación de los artículos 3, 4 y 12 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Tipo de gravamen. 2 redacciones · cambió el 25/06/2013
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 3. Tipo de gravamen general para operaciones inmobiliarias.
- Artículos 3 a 11.
- Artículo 4. Tipo de gravamen de las concesiones administrativas y actos administrativos asimilados.
- Artículo 5. Tipo de gravamen en la transmisión de bienes muebles y semovientes.
- Artículo 6. Tipo de gravamen reducido en las adquisiciones de viviendas de protección oficial con precio máximo legal y destinadas a vivienda habitual. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Artículo 7. Tipo de gravamen reducido en las adquisiciones de viviendas habituales que no tengan la consideración de viviendas de protección oficial de precio máximo legal.
- Artículo 8. Bonificación autonómica en la adquisición de vivienda habitual por determinados colectivos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Artículo 9. Tipo de gravamen reducido en las adquisiciones de inmuebles destinados a desarrollar una actividad empresarial o un negocio profesional. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Sección 2
- Artículo 10. Tipo de gravamen general para los documentos notariales.
- Artículo 11. Tipo de gravamen reducido para las escrituras públicas que documenten la adquisición de vivienda habitual y préstamos hipotecarios destinados a su financiación.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 12. Modificación de la letra b) del apartado 1 del artículo 25 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de Medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Artículo 13. Modificación del apartado 1 del artículo 30 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de Medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Artículo 14. Modificación del apartado 2 del artículo 31 de la Ley 19/2010, de 28 de diciembre, de Medidas tributarias y administrativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- CAPÍTULO V
- Artículo 15. Tipo impositivo aplicable a los epígrafes 2.º y 7.º, 3.º y 8, 4º. y 9.º y 5.º del artículo 70.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. 2 redacciones · cambió el 25/06/2013
- CAPÍTULO VI
- Artículo 16. Tipos de gravamen autonómicos del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Artículos 16 a 18.
- Artículo 17. Devolución de las cuotas del gasóleo de uso profesional. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Artículo 18. Presentación de la declaración informativa. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 19. Modificación de los artículos 19 y 20 del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Tributos Propios, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2006, de 12 de diciembre.
- CAPÍTULO II
- Artículo 20. Modificación del apartado 1 y de las letras a) y b) del apartado 3 del artículo 45 del Texto Refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Tributos Propios, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2006, de 12 de diciembre.
- CAPÍTULO III
- Artículos 21 a 32.
- Artículo 21. Naturaleza, afectación, ámbito de aplicación, compatibilidad y definiciones. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Artículo 22. Hecho imponible. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Artículo 23. Supuestos de no sujeción.
- Artículo 24. Exenciones. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 25. Sujetos pasivos, sustitutos de los contribuyentes y responsables solidarios. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Artículo 26. Base imponible.
- Artículo 27. Tipo de gravamen y cuota tributaria. 2 redacciones · cambió el 14/12/2016
- Artículo 28. Devengo.
- Artículo 29. Repercusión del impuesto y obligación de declarar.
- Artículo 30. Autoliquidación. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- Artículo 31. Liquidación provisional.
- Artículo 32. Normas específicas de gestión del impuesto.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 33. Objeto, naturaleza, finalidad y afectación. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 34. Hecho imponible y supuestos de no sujeción. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 35. Exenciones. 3 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 36. Obligados tributarios. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 37. Base imponible. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 38. Estimación directa de la base imponible. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 39. Estimación indirecta de la base imponible.
- Artículo 40. Reducciones en la base imponible. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 41. Base liquidable.
- Artículo 42. Cuota íntegra. 6 redacciones · cambió el 04/08/2026
- Artículo 43. Cuota fija. 3 redacciones · cambió el 11/02/2015
- Artículo 44. Cuota variable. 2 redacciones · cambió el 14/12/2016
- Artículo 45. Período impositivo y devengo. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 46. Repercusión. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 47. Autoliquidación. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 48. Declaración censal. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 49. Lugar y forma de pago. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- Artículo 50. Régimen sancionador.
- Artículo 51. Compatibilidad con otras figuras tributarias.
- Artículo 52. Devolución del canon de saneamiento. 2 redacciones · cambió el 17/12/2013
- TÍTULO III
- Artículo 53. Tasa por prestación de servicios relacionados con el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura y el Registro de Sociedades Laborales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Artículo 54. Tasa por servicios prestados en materia de industria, energía y minas.
- Artículo 55. Tasa por tramitación de solicitud de certificado de tienda de conveniencia.
- Artículo 56. Tasa por derechos de examen.
- Artículo 57. Tasa por servicios administrativos prestados en la emisión de diligencias de bastanteo de poderes y de legitimaciones de firmas.
- Artículo 58. Tasa por expedición de certificados y carnés ganaderos.
- Artículo 59. Tasa por suministro de crotales.
- Artículo 60. Tasa por determinaciones analíticas y por control y certificados Operadores IGP.
- Artículo 61. Tasa sobre el dominio público de las vías pecuarias.
- Artículo 62. Tasas relativas al ejercicio de acciones cinegéticas.
- Artículo 63. Tasas en materia de televisión terrenal digital y radiodifusión.
- Artículo 64. Tasas por tarjeta de transporte subvencionado.
- Artículo 65. Tasas de laboratorios de ensayo.
- Artículo 66. Tasa por prestación de servicios administrativos.
- Artículo 67. Devolución de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Extremadura. 2 redacciones · cambió el 31/12/2012
- TÍTULO IV
- Artículo 68. Modificación de la Ley 6/1998, de 18 de junio, del Juego de Extremadura.
- Disposición adicional primera. Operaciones a largo plazo.
- Disposición adicional segunda. Participaciones en la recaudación de los tributos.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Disposición final segunda. Habilitación al Consejo de Gobierno.
- Disposición final tercera. Habilitación al Consejero competente en materia de Hacienda.
- Disposición final cuarta. Habilitación a la Ley de Presupuestos.
- Disposición final quinta. Gestión de los tributos propios.
- Disposición final sexta. Delegación legislativa para la refundición de normas tributarias.
- Disposición final séptima. Entrada en vigor.
- [firma]
- ANEXO I


