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Ley 2/2005, de 27 de mayo, de Ordenación del sector vitivinícola de la Comunidad Valenciana.
En vigor Comunidad Valenciana · Publicada el 29 de junio de 2005 · Último cambio el 31 de diciembre de 2010 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Competencias.
- Artículo 3. Principios de la actuación pública en la ordenación vitivinícola.
- Artículo 4. Definiciones.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 5. Objetivos de la ordenación vitícola.
- Artículo 6. Superficie vitícola y potencial de producción.
- Artículo 7. Plantaciones de vides.
- Artículo 8. Derechos de nueva plantación.
- Artículo 9. Autorización de la plantación.
- Artículo 10. Derechos de replantación.
- Artículo 11. Transferencia de derechos de replantación.
- Artículo 12. Autorización de la replantación.
- Artículo 13. La reposición de marras.
- Artículo 14. Reserva autonómica de derechos de plantación de viñedo.
- Artículo 15. Plantaciones ilegales y obligación de arranque.
- Artículo 16. Regularización de superficies de viñedo y destino de sus producciones.
- Artículo 17. Reestructuración y reconversión de viñedos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 18. Clasificación de las variedades de vid y competencia.
- Artículo 19. Las plantas de vid.
- Artículo 20. Cultivo de la vid.
- Artículo 21. Declaración de origen y destino de la uva.
- CAPÍTULO III
- Artículo 22. Registro vitícola.
- Artículo 23. Registro de Derechos de Replantación de Viñedo.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 24. Objetivos de la ordenación vinícola.
- Artículo 25. Elaboración.
- Artículo 26. Prácticas y tratamientos enológicos.
- Artículo 27. Almacenamiento.
- CAPÍTULO II
- Artículo 28. Declaraciones de existencias y producción.
- Artículo 29. Documentos de acompañamiento.
- Artículo 30. Libros-registros.
- Artículo 31. Registros de instalaciones de embotellado y de embotelladores.
- CAPÍTULO III
- Artículo 32. Etiquetado.
- Artículo 33. Designación, denominación, presentación y publicidad.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 34. Promoción de la calidad del vino.
- Artículo 35. Titularidad y uso de los niveles de calidad.
- Artículo 36. Ámbito de protección.
- CAPÍTULO II
- Artículo 37. Niveles del sistema de protección.
- Artículo 38. Superposición de niveles.
- Artículo 39. Vinos de mesa con derecho a la mención tradicional «vino de la tierra».
- Artículo 40. Vinos de Calidad Producidos en una Región Determinada (v.c.p.r.d.).
- Artículo 41. Vinos de calidad con indicación geográfica.
- Artículo 42. Vinos con denominación de origen, vinos con denominación de origen calificada y vinos de pagos.
- Artículo 43. Procedimiento de reconocimiento de los niveles de protección.
- CAPÍTULO III
- Artículo 44. Órganos de gestión y consejos reguladores: constitución, composición, funcionamiento y financiación. 2 redacciones · cambió el 31/12/2010
- Artículo 45. Ámbito de competencias del órgano de gestión.
- Artículo 46. Finalidad y funciones del órgano de gestión.
- Artículo 47. Obligaciones de los órganos de gestión.
- Artículo 48. Sistemas de autocontrol.
- Artículo 49. Financiación de los órganos de gestión-consejos reguladores.
- Artículo 50. Órgano de control y certificación.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 51. Competencia.
- Artículo 52. Facultades de actuación pública.
- CAPÍTULO II
- Artículo 53. Inspectores.
- Artículo 54. La inspección.
- Artículo 55. Acceso a instalaciones.
- Artículo 56. Toma de muestras.
- Artículo 57. Depósito de las muestras.
- Artículo 58. Pruebas analíticas.
- Artículo 59. Medidas cautelares.
- Artículo 60. Valor probatorio de las actas de inspección.
- Artículo 61. Obligaciones de los inspeccionados.
- Artículo 62. Derechos de los inspeccionados.
- CAPÍTULO III
- Artículo 63. Infracciones en materia vitivinícola.
- Artículo 64. Infracciones de los operadores acogidos a un nivel de protección.
- Artículo 65. Infracciones de los organismos de inspección y control y de los órganos de gestión
- Artículo 66. Responsabilidad por las infracciones
- Artículo 67. Sanciones.
- Artículo 68. Procedimiento sancionador.
- Artículo 69. Competencia.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- [firma]


