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Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía.
En vigor Comunidad Autónoma de Andalucía · Publicada el 30 de octubre de 2007 · Último cambio el 7 de abril de 2026 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito de aplicación. 3 redacciones · cambió el 07/04/2026
- Artículo 3. Definición de museo y de colección museográfica. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
- Artículo 4. Funciones de los museos y colecciones museográficas.
- Artículo 5. Deberes generales de los museos y colecciones museográficas.
- Artículo 6. Competencias generales de la Junta de Andalucía.
- Artículo 7. Principios de fomento y colaboración.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 8. Requisitos y procedimiento. 2 redacciones · cambió el 17/12/2021
- Artículo 9. Museos y colecciones museográficas de titularidad de la Comunidad Autónoma.
- Artículo 10. Museos y colecciones museográficas de titularidad local o privada.
- Artículo 11. Convenios con la Administración General del Estado.
- Artículo 12. Disolución de museos y colecciones museográficas. 4 redacciones · cambió el 16/02/2024
- CAPÍTULO II
- Artículo 13. Registro andaluz de museos y colecciones museográficas. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
- Artículo 14. Contenido del Registro.
- Artículo 15. Inscripción en el Registro.
- Artículo 16. Régimen jurídico del Registro.
- TÍTULO II
- Artículo 17. Definición. 2 redacciones · cambió el 07/04/2026
- Artículo 18. Composición del Sistema.
- Artículo 19. Competencias de la Administración de la Junta de Andalucía.
- Artículo 20. Efectos de la pertenencia al Sistema andaluz de museos y colecciones museográficas.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 21. Régimen general de acceso de los museos y colecciones museográficas.
- Artículo 22. Derechos económicos por visita pública.
- Artículo 23. Acceso de las personas investigadoras.
- Artículo 24. Bibliotecas de los museos y colecciones museográficas.
- Artículo 25. Servicios complementarios y otros usos de los museos y colecciones museográficas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 26. Plan museológico.
- Artículo 27. Plan de seguridad.
- Artículo 28. Plan anual de actividades y memoria de gestión.
- CAPÍTULO III
- Artículo 29. Régimen general.
- Artículo 30. Dirección y funciones técnicas.
- Artículo 31. Incompatibilidades específicas.
- Artículo 32. Participación social.
- Artículo 33. Comisiones técnicas.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 34. Colección Museística de Andalucía.
- Artículo 35. Ordenación de fondos de las instituciones museísticas de titularidad o gestión autonómica.
- CAPÍTULO II
- Artículo 36. Salida de fondos museísticos. 3 redacciones · cambió el 08/06/2010
- Artículo 37. Préstamo para exposiciones temporales.
- Artículo 38. Admisión de depósitos.
- Artículo 39. Constitución de depósitos de bienes de la Colección Museística de Andalucía. 2 redacciones · cambió el 17/12/2021
- Artículo 40. Ingresos temporales.
- CAPÍTULO III
- Artículo 41. El sistema de gestión documental.
- Artículo 42. Instrumentos de los fondos museográficos.
- Artículo 43. Fondos documentales y bibliográficos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 44. Principio de conservación preventiva.
- Artículo 45. Intervenciones de conservación y restauración.
- CAPÍTULO V
- Artículo 46. Copias y reproducciones.
- TÍTULO V
- Artículo 47. Clausura temporal.
- Artículo 48. Depósito forzoso.
- Artículo 49. Derechos de tanteo y retracto.
- Artículo 50. Régimen de protección aplicable a los museos y colecciones museográficas de Andalucía. 2 redacciones · cambió el 16/02/2024
- Artículo 51. Expropiación.
- Artículo 52. Expropiación por incumplimiento de deberes.
- TÍTULO VI
- Artículo 53. Infracciones.
- Artículo 54. Infracciones leves.
- Artículo 55. Infracciones graves. 3 redacciones · cambió el 08/06/2010
- Artículo 56. Infracciones muy graves.
- Artículo 57. Responsables de las infracciones.
- Artículo 58. Circunstancias agravantes y atenuantes de las infracciones.
- Artículo 59. Sanciones.
- Artículo 60. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 61. Órganos competentes y procedimiento sancionador.
- Disposición adicional primera. Primer plan de ordenación de los fondos de los museos de titularidad o gestión autonómica.
- Disposición adicional segunda. Inscripción de los museos de titularidad o gestión autonómica en el Registro andaluz de museos y colecciones museográficas.
- Disposición adicional tercera. Evaluación de la presente Ley.
- Disposición adicional cuarta. Referencias a instituciones del Patrimonio Cultural.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio del Registro de Museos de Andalucía.
- Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de los museos inscritos en el Registro de Museos de Andalucía.
- Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio de los museos pertenecientes al Sistema Andaluz de Museos.
- Disposición transitoria cuarta. Régimen transitorio del uso de las denominaciones de museo o colección museográfica.
- Disposición transitoria quinta. Cese del uso de la denominación de museo o colección museográfica.
- Disposición transitoria sexta. Bienes culturales de la Junta de Andalucía custodiados en museos del Sistema Andaluz de Museos.
- Disposición derogatoria única. Tabla de vigencias y disposiciones que se derogan.
- Disposición final primera. Supletoriedad de la legislación general reguladora del patrimonio histórico.
- Disposición final segunda. Habilitación reglamentaria.
- [firma]


