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Instrumento de ratificación del Convenio constitutivo del Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, hecho en París el 29 de mayo de 1990.
En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 7 de mayo de 1991 · Último cambio el 16 de septiembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Instrumento de Ratificación
- CONVENIO
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto. 4 redacciones · cambió el 16/09/2025
- Artículo 2. Funciones.
- Artículo 3. Miembros.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Capital social autorizado.
- Artículo 5. Suscripción de acciones.
- Artículo 6. Pago del capital suscrito.
- Artículo 7. Recursos ordinarios de capital.
- CAPÍTULO III
- Artículo 8. Países beneficiarios y utilización de los recursos.
- Artículo 9. Operaciones ordinarias y especiales.
- Artículo 10. Separación de operaciones.
- Artículo 11. Métodos de funcionamiento.
- Artículo 12. Limites de las operaciones ordinarias. 2 redacciones · cambió el 16/09/2025
- Artículo 13. Normas de funcionamiento.
- Artículo 14. Términos y condiciones para la concesión de préstamos y garantías.
- Artículo 15. Comisiones y gastos.
- Artículo 16. Reserva especial.
- Artículo 17. Métodos de hacer frente a las pérdidas del Banco.
- Artículo 18. Fondos especiales. 2 redacciones · cambió el 16/03/2024
- Artículo 19. Recursos de los Fondos especiales.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 20. Facultades generales.
- CAPÍTULO V
- Artículo 21. Determinación y utilización de monedas.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 22. Estructura.
- Artículo 23. Composición de la Junta de Gobernadores.
- Artículo 24. Facultades de la Junta de Gobernadores.
- Artículo 25. Procedimiento a seguir por la Junta de Gobernadores.
- Artículo 26. Composición del Consejo de Administración.
- Artículo 27. Facultades del Consejo de Administración.
- Artículo 28. Procedimiento a seguir por el Consejo de Administración.
- Artículo 29. Votaciones.
- Artículo 30. Presidente.
- Artículo 31. Vicepresidentes.
- Artículo 32. Carácter internacional del Banco.
- Artículo 33. Establecimientos del Banco.
- Artículo 34. Depositarios y canales de comunicación.
- Artículo 35. Publicación de informes y aporte de información.
- Artículo 36. Asignación y distribución de los beneficios netos.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 37. Derecho de los miembros a presentar su renuncia.
- Artículo 38. Suspensión de miembros.
- Artículo 39. Liquidación de cuentas con los miembros que hayan cesado en su condición de tales.
- Artículo 40. Cese temporal de las operaciones.
- Artículo 41. Cese definitivo de las operaciones.
- Artículo 42. Responsabilidad de los miembros y liquidación de deudas.
- Artículo 43. Reparto de activos.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 44. Objeto del presente capítulo.
- Artículo 45. Estatuto jurídico del Banco.
- Artículo 46. Situación del Banco frente a procesos judiciales.
- Artículo 47. Inembargabilidad de los activos.
- Artículo 48. Inviolabilidad de los archivos.
- Artículo 49. Exención de restricciones sobre los activos.
- Artículo 50. Privilegio en materia de comunicaciones.
- Artículo 51. Inmunidades de los funcionarios y empleados.
- Artículo 52. Privilegios de los funcionarios y empleados.
- Artículo 53. Exenciones fiscales.
- Artículo 54. Aplicación del presente capítulo.
- Artículo 55. Renuncia a las inmunidades, exenciones y privilegios.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 56. Modificaciones.
- Artículo 57. Interpretación y aplicación.
- Artículo 58. Arbitraje.
- Artículo 59. Aprobación tácita.
- CAPÍTULO X
- Artículo 60. Firma y depósito.
- Artículo 61. Ratificación, aceptación o aprobación.
- Artículo 62. Entrada en vigor.
- Artículo 63. Sesión inaugural y entrada en funcionamiento.
- ANEXO A
- ANEXO B
- Sección A
- Sección B
- Sección C
- Sección D


