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Ley 5/2000, de 25 de octubre, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de La Rioja.
En vigor Comunidad Autónoma de La Rioja · Publicada el 14 de noviembre de 2000 · Último cambio el 22 de julio de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Objetivos ambientales y gestión integrada de los servicios públicos del agua.
- Artículo 3. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Competencias de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
- Artículo 5. Actuaciones de interés general para la Comunidad Autónoma.
- Artículo 6. Competencias de las Entidades Locales. 2 redacciones · cambió el 01/02/2021
- CAPÍTULO III
- Artículo 7. Principios generales.
- Artículo 8. Plan Director de Saneamiento y Depuración.
- Artículo 9. Elaboración y aprobación.
- Artículo 10. Actualización y revisión del Plan Director.
- Artículo 11. Efectos de la aprobación del Plan.
- Artículo 12. Obras e instalaciones.
- Artículo 13. Evaluación de impacto ambiental.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 14. Vertidos prohibidos y tolerados. 2 redacciones · cambió el 30/12/2006
- Artículo 15. Solicitud de autorización de vertidos no domésticos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2006
- Artículo 16. Autorización de vertido. 3 redacciones · cambió el 27/12/2007
- Artículo 17. Registro de vertidos.
- Artículo 18. Protección de las instalaciones.
- Artículo 19. Deber de colaboración. 2 redacciones · cambió el 30/12/2006
- Artículo 20. Vertidos accidentales.
- CAPÍTULO V
- Artículo 21. Normas generales.
- Artículo 22. Infracciones.
- Artículo 23. Infracciones leves. 4 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Artículo 24. Infracciones graves. 4 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Artículo 25. Infracciones muy graves. 4 redacciones · cambió el 23/12/2009
- Artículo 26. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 27. Delitos y faltas.
- Artículo 28. Sanciones y reparación del daño e indemnizaciones. 5 redacciones · cambió el 27/12/2007
- Artículo 29. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 30. Procedimiento y competencia.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 31. Financiación. 3 redacciones · cambió el 01/02/2021
- Artículo 32. Canon de saneamiento. 5 redacciones · cambió el 22/07/2025
- Artículo 33. Hecho imponible.
- Artículo 34. Devengo.
- Artículo 35. Exenciones. 4 redacciones · cambió el 28/12/2012
- Artículo 36. Sujeto pasivo contribuyente.
- Artículo 37. Sujeto pasivo sustituto.
- Artículo 38. Base imponible.
- Artículo 39. Estimación de la base imponible. 3 redacciones · cambió el 30/12/2023
- Artículo 40. Cuota tributaria. 16 redacciones · cambió el 30/12/2023
- Artículo 41. Repercusión. 3 redacciones · cambió el 30/12/2004
- Artículo 42. Deber de declarar y autoliquidación. 7 redacciones · cambió el 28/12/2011
- Artículo 43. Deberes formales.
- Artículo 44. Competencias administrativas. 2 redacciones · cambió el 30/12/2004
- Artículo 45. Infracciones y sanciones.
- Artículo 46. Participación de los nuevos desarrollos urbanos en los gastos de construcción y/o ampliación de las instalaciones generales de saneamiento y depuración. 5 redacciones · cambió el 20/12/2010
- Artículo 47. Régimen de compatibilidad con otras prestaciones tributarias.
- Disposición adicional primera. Consorcio de Aguas y Residuos de La Rioja.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta. 2 redacciones · cambió el 28/12/2011
- Disposición adicional quinta.
- Disposición adicional sexta.
- Disposición adicional séptima. Presunción de distribución del consumo en las explotaciones dedicadas al cultivo de champiñón y seta.
- Disposición adicional octava. Administración electrónica en el canon de saneamiento.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta. 2 redacciones · cambió el 21/12/2002
- Disposición transitoria sexta.
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición transitoria octava.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda. Entrada en vigor.
- Disposición final tercera. Habilitación normativa.
- Firma
- ANEXO 1
- ANEXO 2


