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Ley 11/2001, de 18 de septiembre, de Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 22 de octubre de 2001 · Último cambio el 1 de julio de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Ejercicio de las profesiones. 5 redacciones · cambió el 01/07/2017
- Artículo 3. Profesionales al servicio de la administración. 5 redacciones · cambió el 01/07/2017
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 4. Naturaleza jurídica.
- Artículo 5. Estructura interna y régimen de funcionamiento.
- Artículo 6. Relaciones con la Administración autonómica.
- Artículo 7. Ejercicio de competencias y colaboración con la Administración.
- Sección 2
- Artículo 8. Fines. 2 redacciones · cambió el 23/02/2010
- Artículo 9. Funciones. 5 redacciones · cambió el 01/07/2017
- Artículo 10. Deontología profesional.
- Artículo 10 bis. Ventanilla única.
- Artículo 10 ter. Memoria anual.
- Artículo 10 quáter. Servicio de atención a los consumidores o usuarios y colegiados.
- Artículo 10 quinquies. Visado. 4 redacciones · cambió el 01/07/2017
- Artículo 10 sexies. Limitaciones a las recomendaciones sobre honorarios.
- Sección 3
- Artículo 11. Constitución.
- Artículo 12. Personalidad jurídica.
- Artículo 13. Denominación.
- Artículo 14. Fusión.
- Artículo 15. Segregación.
- Sección 4
- Artículo 16. Elaboración y aprobación.
- Artículo 17. Contenido.
- Artículo 18. Deber de inscripción y comunicación.
- Sección 5
- Artículo 19. Organización mínima.
- Artículo 20. Órgano plenario.
- Artículo 21. Órgano de gobierno.
- Artículo 22. Órgano presidencial.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 23. Constitución.
- Artículo 24. Naturaleza.
- Sección 2
- Artículo 25. Fines.
- Artículo 26. Funciones.
- Artículo 27. Colegios profesionales únicos.
- Artículo 28. Estatutos.
- Sección 3
- Artículo 29. Extinción.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 30. Régimen jurídico.
- Artículo 31. Recursos.
- Artículo 32. Medios instrumentales.
- CAPÍTULO V
- Artículo 33. Registro.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición transitoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- Firma


