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Real Decreto 638/2014, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Carrera Diplomática.

Derogada o sin vigencia Ministerio de la Presidencia · Publicada el 26 de julio de 2014 · Último cambio el 20 de diciembre de 2017 · Ver en el BOE

Índice

  1. no 2 redacciones · cambió el 20/12/2017
  2. Preámbulo
  3. Artículo único. Aprobación del Reglamento de la Carrera Diplomática.
  4. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  5. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1475/1987, de 27 de noviembre, por el que se reorganiza la Escuela Diplomática.
  6. Disposición final segunda. Habilitación normativa.
  7. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  8. Firma
  9. Reglamento
  10. CAPÍTULO I
  11. Artículo 1. Objeto del Reglamento.
  12. Artículo 2. Los funcionarios de la Carrera Diplomática.
  13. Artículo 3. Ingreso en el Cuerpo de Funcionarios de la Carrera Diplomática.
  14. Artículo 4. Categorías.
  15. CAPÍTULO II
  16. Artículo 5. Escalafón.
  17. Artículo 6. Funcionarios de nuevo ingreso.
  18. Artículo 7. Ascensos dentro de la categoría.
  19. Artículo 8. Ascenso entre categorías.
  20. Artículo 9. Requisitos para el ascenso a las categorías de Secretario de Embajada de primera clase y Consejero de Embajada.
  21. Artículo 10. Requisitos para el ascenso a la categoría de Ministro plenipotenciario de tercera clase.
  22. Artículo 11. Periodo mínimo de servicio activo en el extranjero.
  23. Artículo 12. Funcionarios en situación de servicios especiales.
  24. Artículo 13. Ascenso a la categoría de Embajador.
  25. CAPÍTULO III
  26. Artículo 14. Normas generales.
  27. Artículo 15. Periodos de desempeño de los puestos de trabajo en el extranjero.
  28. Artículo 16. Límites y condiciones.
  29. Artículo 17. Manifestación de la intención de participar en el procedimiento.
  30. Artículo 18. Convocatoria.
  31. Artículo 19. Solicitudes.
  32. Artículo 20. Elementos a valorar en el procedimiento.
  33. Artículo 21. Destinos forzosos.
  34. Artículo 22. Nombramientos.
  35. Artículo 23. Convocatorias especiales.
  36. Artículo 24. Funcionarios exceptuados de las disposiciones del presente capítulo.
  37. Artículo 25. Adscripción provisional.
  38. CAPÍTULO IV
  39. Artículo 26. Naturaleza, integración y funciones.
  40. Artículo 27. Composición
  41. Artículo 28. Elección de los representantes de las categorías.
  42. Artículo 29. Funcionamiento de la Junta de la Carrera Diplomática.
  43. CAPÍTULO V
  44. Artículo 30. Convocatoria general.
  45. Artículo 31. Solicitudes.
  46. Artículo 32. Informes.
  47. Artículo 33. Grupo de Trabajo.
  48. Artículo 34. Nombramientos.
  49. Artículo 35. Convocatorias especiales.
  50. CAPÍTULO VI
  51. Articulo 36. De los Jefes de Misión Diplomática.
  52. Artículo 37. Clasificación de las Misiones Diplomáticas y Representaciones Permanentes.
  53. Artículo 38. Convocatoria.
  54. Artículo 39. Solicitudes.
  55. Artículo 40. Requisitos de los candidatos. 2 redacciones · cambió el 13/10/2014
  56. Artículo 41. Elementos a valorar.
  57. Artículo 42. Presentación de una terna de candidatos.
  58. Artículo 43. Jefaturas de Misión que resulten vacantes.
  59. Artículo 44. Toma de posesión y cese de los Jefes de Misión.
  60. CAPÍTULO VII
  61. Artículo 45. Normas generales.
  62. Artículo 46. Formación de los funcionarios de la Carrera Diplomática destinados al extranjero.
  63. Artículo 47. Formación continua de los funcionarios de la Carrera Diplomática
  64. Artículo 48. Cursos de Ascenso a las categorías Consejero y de Ministro plenipotenciario de tercera clase.
  65. Disposición adicional primera. Funcionarios de la Carrera Diplomática destinados en el Servicio Europeo de Acción Exterior.
  66. Disposición adicional segunda. Uniforme.
  67. Disposición adicional tercera. No incremento gasto público.
  68. Disposición transitoria primera. Régimen transitorio del procedimiento de ascenso a las categorías de Consejero de Embajada y Ministro plenipotenciario de tercera clase.
  69. Disposición transitoria segunda. Régimen transitorio de la presentación de candidaturas para ocupar una Jefatura de Misión.