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Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana.
En vigor Comunidad Valenciana · Publicada el 7 de enero de 1998 · Último cambio el 30 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Ámbito de aplicación.
- Artículo 2. Garantía del ejercicio de las profesiones.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 3. Concepto.
- Artículo 4. Fines.
- Artículo 5. Funciones.
- Artículo 6. Relaciones con la Generalidad.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Creación.
- Artículo 8. Fusión, absorción, segregación y disolución. 2 redacciones · cambió el 30/12/2017
- Artículo 9. Denominación.
- Artículo 10. Estatutos.
- Artículo 11. Deber de comunicación.
- CAPÍTULO III
- Artículo 12. Derechos y deberes. 2 redacciones · cambió el 29/12/2014
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 14. Constitución.
- Artículo 15. Fines.
- Artículo 16. Funciones.
- Artículo 17. Estatutos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 18. De las relaciones entre los Consejos Valencianos de Colegios Profesionales y los consejos generales de los colegios.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 19. Régimen jurídico.
- Artículo 20. Recursos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 21. Infracciones y sanciones disciplinarias. 2 redacciones · cambió el 27/02/2019
- Artículo 21 bis. Potestad sancionadora y disciplinaria. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
- Artículo 21 ter. Sanciones. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
- Artículo 22. Procedimiento disciplinario.
- TÍTULO IV
- Artículo 23. Registro.
- Artículo 24. Inscripciones.
- Artículo 25. Denegación de la inscripción.
- Artículo 26. Recursos.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera.
- Disposición final segunda.
- [firma]


