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Real Decreto 1018/1980, de 19 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Médica Colegial y del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos.

En vigor Ministerio de Sanidad y Seguridad Social · Publicada el 28 de mayo de 1980 · Último cambio el 17 de junio de 2006 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único.
  3. Disposición final.
  4. Firma
  5. ESTATUTOS
  6. TÍTULO I
  7. CAPÍTULO I
  8. Artículo 1. Naturaleza jurídica de la Organización Médica Colegial, representación y obligatoriedad.
  9. CAPÍTULO II
  10. Artículo 2. Relaciones con la Administración del Estado.
  11. CAPÍTULO III
  12. Artículo 3. Fines de la Organización Médica Colegial.
  13. CAPÍTULO IV
  14. Artículo 4. Competencia territorial.
  15. CAPÍTULO V
  16. Artículo 5. Órganos representativos y de gobierno.
  17. TÍTULO II
  18. CAPÍTULO I
  19. Artículo 6. Estatutos colegiales.
  20. Artículo 7. Órganos de gobierno.
  21. Artículo 8. De las Juntas Directivas.
  22. Artículo 9. Constitución del Pleno.
  23. Artículo 10. Constitución de la Comisión Permanente.
  24. Artículo 11. Condiciones para ser elegible.
  25. Artículo 12. Forma de elección.
  26. Artículo 13. Convocatoria.
  27. Artículo 14. Candidatos.
  28. Artículo 15. Aprobación de las candidaturas.
  29. Artículo 16. Procedimiento electivo.
  30. Artículo 17. Duración del mandato y causas del cese.
  31. Artículo 18. Reuniones del Pleno y de la Comisión Permanente.
  32. CAPÍTULO II
  33. Artículo 19. Del Presidente.
  34. Artículo 20. De los Vicepresidentes.
  35. Artículo 21. Del Secretario General.
  36. Artículo 22. Del Vicesecretario.
  37. Artículo 23. Del Tesorero-Contador.
  38. Artículo 24. De los representantes de las Secciones Colegiales o Grupos Profesionales.
  39. CAPÍTULO III
  40. Artículo 25. Naturaleza.
  41. Artículo 26. Constitucion y funcionamiento.
  42. CAPÍTULO IV
  43. Artículo 27. Naturaleza.
  44. Artículo 28.
  45. CAPÍTULO V
  46. Artículo 29.
  47. CAPÍTULO VI
  48. Artículo 30.
  49. TÍTULO III
  50. CAPÍTULO I
  51. Artículo 31. De la competencia genérica del Consejo General.
  52. Artículo 32. De sus competencias específicas.
  53. CAPÍTULO II
  54. Artículo 33. De la competencia genérica de los Colegios Provinciales.
  55. Artículo 34. De sus competencias específicas.
  56. TÍTULO IV
  57. Artículo 35. Obligatoriedad de la colegiación.
  58. Artículo 36. Inscripción.
  59. Artículo 37. Solicitudes de colegiación.
  60. Artículo 38. Denegación de colegiación y recursos.
  61. Artículo 39. Trámites posteriores a la admisión.
  62. Artículo 40. Sanciones por la no colegiación.
  63. Artículo 41. Clases de Colegiados.
  64. Artículo 42. Derechos de los Colegiados.
  65. Artículo 43. Deberes de los Colegiados.
  66. Artículo 44. Prohibiciones.
  67. Artículo 45. Divergencias entre Colegiados.
  68. TÍTULO V
  69. Artículo 46. Competencias.
  70. Artículo 47. Confección y liquidación de presupuestos del Consejo General.
  71. Artículo 48. Confección y liquidación de presupuestos de los Colegios Provinciales.
  72. Artículo 49. Recursos económicos.
  73. Artículo 50. Cuotas de entrada.
  74. Artículo 51. Cuotas ordinarias.
  75. Artículo 52. Cuotas extraordinarias.
  76. Artículo 53. Recaudación de cuotas.
  77. Artículo 54. Liquidación de cuotas.
  78. Artículo 55. Gastos.
  79. Artículo 56. Responsabilidades.
  80. Artículo 57. Destino de los bienes en caso de disolución.
  81. TÍTULO VI
  82. Artículo 58. Organización, edición y distribución.
  83. Artículo 59. Clases e importe de los certificados.
  84. Artículo 60. Derechos para los Médicos.
  85. Artículo 61. Inspección.
  86. TÍTULO VII
  87. Artículo 62.
  88. TÍTULO VIII
  89. Artículo 63. Principios generales.
  90. Artículo 64. Faltas disciplinarias.
  91. Artículo 65. Sanciones disciplinarias.
  92. Artículo 66. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
  93. Artículo 67. Competencia.
  94. Artículo 68. Procedimiento.
  95. TÍTULO IX
  96. Artículo 69. Publicaciones del Consejo General de Colegios de Médicos.
  97. Artículo 70. Publicaciones de los Colegios.
  98. Artículo 71.
  99. TÍTULO X
  100. Artículo 72. Competencias.
  101. Artículo 73.
  102. Artículo 74.
  103. Artículo 75. Eficacia.
  104. Artículo 76. Recursos.
  105. TÍTULO XI
  106. Artículo 77.
  107. Artículo 78. Normas generales.
  108. Artículo 79. Procedimiento.
  109. Artículo 80. De los emblemas de Colegiados de Honor.
  110. Artículo 81. Del registro especial de los Colegiados de Honor.
  111. Artículo 82. Otras distinciones.
  112. TÍTULO XII
  113. Artículo 83. Consideración de los cargos.
  114. Artículo 84. Facultades.
  115. Artículo 85. Ausencias y desplazamientos en el servicio.
  116. Disposición transitoria primera.
  117. Disposición transitoria segunda.
  118. Disposición transitoria tercera.
  119. Disposición transitoria cuarta.
  120. ESTATUTOS DEL CONSEJO
  121. CAPÍTULO I
  122. Artículos 1 a 27.
  123. Artículo 1. Naturaleza.
  124. Artículo 2. Funciones.
  125. CAPÍTULO II
  126. Sección 1
  127. Artículo 3.
  128. Seccion 2
  129. Artículo 4.
  130. Artículo 5. Condiciones para ser elegible.
  131. Artículo 6. Forma de elección.
  132. Artículo 7. Convocatoria de las elecciones.
  133. Artículo 8. Procedimiento electivo.
  134. Artículo 9. Posesión y duración de los cargos.
  135. Artículo 10. Reuniones de la Asamblea general.
  136. Sección 3
  137. Artículo 11. El Pleno del Consejo General estará integrado por:
  138. Artículo 12. Reuniones del Pleno del Consejo General.
  139. Sección 4
  140. Artículo 13. La Comisión Permanente estará integrada por:
  141. Artículo 14. Reuniones de la Comisión Permanente.
  142. Sección 5
  143. Artículo 15. De la Presidencia.
  144. Artículo 16. De la Vicepresidencia.
  145. Artículo 17. De la Secretaría general.
  146. Artículo 18. De la Vicesecretaría General.
  147. Artículo 19. Del Tesorero-Contador.
  148. Artículo 20. Del Oficial Mayor.
  149. Artículo 21. De la Asesoría Jurídica.
  150. Artículo 22. De los Representantes Nacionales de las Secciones Colegiales.
  151. Sección 6
  152. Artículo 23.
  153. CAPÍTULO III
  154. Artículo 24. Naturaleza.
  155. Artículo 25. Constitución y funcionamiento.
  156. Artículo 26. Competencia.
  157. Artículo 27.