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Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
En vigor Comunidad Autónoma de Extremadura · Publicada el 11 de junio de 1999 · Último cambio el 29 de noviembre de 2022 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Competencias.
- Artículo 3. Otros sujetos del Patrimonio Histórico y Cultural.
- Artículo 4. Instituciones consultivas y órganos asesores. 2 redacciones · cambió el 26/04/2007
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 5. Definición y ámbito.
- Artículo 6. Clasificación.
- Sección 1
- Artículo 7. Procedimiento.
- Artículo 8. Contenido del expediente.
- Artículo 9. Resolución de la declaración.
- Artículo 10. Efectos de la declaración de Bien de Interés Cultural.
- Artículo 11. Extinción del carácter de Bien de Interés Cultural.
- Sección 2
- Artículo 12. Régimen del Registro.
- Artículo 13. Contenido del Registro.
- Artículo 14. Efectos de la inscripción.
- Artículo 15. Expedición de un título para los bienes de interés cultural.
- Sección 3
- Artículo 16. Publicidad.
- CAPÍTULO II
- Artículo 17. Definición.
- Artículo 18. Procedimiento.
- Artículo 19. Contenido del expediente.
- Artículo 20. Exclusión de un bien del Inventario.
- CAPÍTULO III
- Artículo 21. Definición.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 22. Protección general, deberes y garantías.
- Artículo 23. Requerimiento y ejecución forzosa.
- Artículo 24. Inspección y acceso a los bienes.
- Artículo 25. Subastas y transmisiones de la propiedad. 2 redacciones · cambió el 09/04/2019
- Artículo 26. Escrituras públicas.
- Artículo 27. Expropiación.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 28. Definición.
- Artículo 29. Desplazamiento.
- Artículo 30. Impacto ambiental y planeamiento urbanístico. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 31. Autorización de las intervenciones.
- Artículo 32. Proyectos de intervención.
- Artículo 33. Criterios de intervención en inmuebles.
- Artículo 34. Licencias.
- Artículo 35. Ruina.
- Artículo 36. Suspensión de intervenciones.
- Artículo 36 bis. Procedimiento único.
- Sección 2
- Artículo 37. Intervención en monumentos.
- Artículo 38. Entorno de los monumentos.
- Artículo 39. Parámetros físicos y ambientales.
- Sección 3
- Artículo 40. Conjuntos Históricos. Planeamiento.
- Artículo 41. Contenido del planeamiento. 4 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 42. Conjuntos Históricos. Autorización de obras. 2 redacciones · cambió el 13/05/2020
- Sección 4
- Artículo 43. Protección de las otras clases de bienes inmuebles declarados.
- CAPÍTULO III
- Artículo 44. Definición.
- Artículo 45. Integridad de las colecciones.
- Artículo 46. Deber de información y comunicación de traslados.
- Artículo 47. Comercio. 3 redacciones · cambió el 21/02/2011
- Artículo 48. Reproducción, restauración y conservación.
- TÍTULO III
- Artículo 49. Definición y régimen de protección.
- Artículo 50. Intervenciones arqueológicas. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 51. Urgencias arqueológicas.
- Artículo 52. Intervenciones arqueológicas. 3 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 53. Deberes y obligaciones de los promotores y directores de las intervenciones arqueológicas. 2 redacciones · cambió el 21/02/2011
- Artículo 54. Suspensión de obras.
- Artículo 55. Descubrimientos casuales y titularidad de los restos arqueológicos.
- Artículo 56. Detectores de metales.
- TÍTULO IV
- Artículo 57. Definición.
- Artículo 58. Elementos de la arquitectura industrial o rural.
- Artículo 59. Bienes muebles de carácter etnológico.
- Artículo 60. Protección de los bienes intangibles.
- TÍTULO V
- Artículos 61 a 72.
- Artículo 61. Definición.
- Artículo 62. Exposiciones museográficas permanentes.
- Artículo 63. Creación de museos y exposiciones museográficas permanentes. 2 redacciones · cambió el 21/02/2011
- Artículo 64. Colaboración interadministrativa.
- Artículo 65. Funciones.
- Artículo 66. Red de Museos y Exposiciones Museográficas Permanentes. 2 redacciones · cambió el 21/02/2011
- Artículo 67. Registro de museos y exposiciones museográficas permanentes. 2 redacciones · cambió el 21/02/2011
- Artículo 68. Los fondos y su disposición.
- Artículo 69. Acceso.
- Artículo 70. Inspección.
- Artículo 71. Reproducciones.
- Artículo 72. Declaración de utilidad pública.
- TÍTULO VI
- CAPÍTULO I
- Artículo 73. Definición. 2 redacciones · cambió el 26/04/2007
- Artículos 73 a 81.
- Artículo 74. Declaración de utilidad pública.
- Artículo 75. Contenido del patrimonio documental.
- Artículo 76. Valoración y selección de documentos.
- Artículo 77. Archivos y documentos privados.
- Artículo 78. Obligaciones de los propietarios.
- Artículo 79. Depósito de documentos.
- Artículo 80. Censo de archivos.
- Artículo 81. Acceso a la documentación.
- CAPÍTULO II
- Artículo 82. Definición, catálogo y depósito de bienes del Patrimonio Bibliográfico de Extremadura. 2 redacciones · cambió el 26/04/2007
- TÍTULO VII
- Artículo 83. La acción de estímulo.
- Artículo 84. Acceso a crédito oficial.
- Artículo 85. Rehabilitación de viviendas.
- Artículo 86. Ayudas al planeamiento en conjuntos históricos.
- Artículo 87. Porcentaje cultural.
- Artículo 88. Pago de deudas a la Comunidad Autónoma.
- Artículo 89. Aceptación de donaciones, herencias y legados.
- Artículo 90. Cesiones de uso y explotación.
- Artículo 91. Beneficios fiscales.
- TÍTULO VIII
- Artículo 92. Clasificación de las infracciones. 2 redacciones · cambió el 29/11/2022
- Artículo 93. Responsabilidad, reparación y decomiso.
- Artículo 94. Clasificación de las sanciones.
- Artículo 95. Órganos competentes.
- Artículo 96. Procedimiento.
- Artículo 97. Prescripción.
- Artículo 98.
- Disposición adicional primera.
- Disposición adicional segunda.
- Disposición adicional tercera.
- Disposición adicional cuarta.
- Disposición transitoria primera.
- Disposición transitoria segunda.
- Disposición transitoria tercera.
- Disposición transitoria cuarta.
- Disposición transitoria quinta.
- Disposición transitoria sexta.
- Disposición transitoria séptima.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. 2 redacciones · cambió el 21/02/2011
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera.
- Firma
- [Información relacionada]


