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Ley 2/2008, de 28 de mayo, del Cuerpo General de la Policía Canaria.
En vigor Comunidad Autónoma de Canarias · Publicada el 21 de julio de 2008 · Último cambio el 29 de diciembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito.
- Artículo 3. Competencias del Gobierno de Canarias respecto al Cuerpo General de la Policía Canaria.
- Artículo 4. Consejería competente en relación con el Cuerpo General de la Policía Canaria.
- Artículo 4 bis. Centro directivo competente en materia de seguridad.
- Artículo 5. Cuerpos de Policía de las administraciones públicas de Canarias: Policía Canaria.
- Artículo 6. Relaciones entre los Cuerpos de Policía de las administraciones públicas de Canarias.
- Artículo 7. Coordinación de los Cuerpos de Policía de las administraciones públicas de Canarias. 2 redacciones · cambió el 31/12/2018
- Artículo 8. Del Cuerpo General de la Policía Canaria en funciones de policía local.
- Artículo 9. De las policías locales ejerciendo funciones del Cuerpo General de la Policía Canaria.
- Artículo 10. Junta de Seguridad.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 11. Naturaleza y estructura. 2 redacciones · cambió el 31/12/2018
- Artículo 12. Misión del Cuerpo General de la Policía Canaria.
- Artículo 13. Agentes de la autoridad.
- Artículo 14. Régimen jurídico. 2 redacciones · cambió el 22/07/2009
- Artículo 15. Acatamiento a la Constitución y al Estatuto de Autonomía de Canarias.
- Artículo 16. Obligación de colaborar.
- Artículo 17. Uso del uniforme. 2 redacciones · cambió el 31/12/2018
- Sección 2
- Artículo 18. Principios básicos de actuación. 2 redacciones · cambió el 22/07/2009
- Sección 3
- Artículo 19. Funciones. 2 redacciones · cambió el 22/07/2009
- Sección 4
- Subsección 1
- Artículo 20. Funcionarios de carrera.
- Artículo 21. Escalas y empleos. 3 redacciones · cambió el 29/12/2025
- Artículo 22. Mandos.
- Artículo 22 bis. Escalafón.
- Artículo 22 ter. Aplicación del escalafón. 2 redacciones · cambió el 31/12/2018
- Subsección 2
- Artículo 23. La jefatura. 3 redacciones · cambió el 29/12/2025
- Subsección 3
- Artículo 24. Principios del sistema de selección. 4 redacciones · cambió el 29/12/2025
- Artículo 25. Acceso a los empleos de policía y oficial.
- Artículo 26. Acceso a los empleos de subinspector e inspector. 2 redacciones · cambió el 22/07/2009
- Artículo 27. Acceso a los empleos de subcomisario y comisario.
- Artículo 28. Acceso al empleo de comisario principal.
- Artículo 29. Cómputo del tiempo de servicio.
- Subsección 4
- Artículo 30. Formación.
- Subsección 5
- Artículo 31. Relación de puestos de trabajo.
- Artículo 32. Adscripción.
- Artículo 33. Provisión de puestos de trabajo.
- Artículo 34. Adscripción para los funcionarios de nuevo ingreso.
- Artículo 35. Permanencia en los puestos.
- Artículo 36. Traslado forzoso.
- Artículo 37. Plazo de permanencia en destino forzoso.
- Artículo 38. Destino temporal.
- Artículo 39. Destino a puestos de trabajo de superior empleo. 3 redacciones · cambió el 29/12/2025
- Artículo 40. Permutas.
- Sección 5
- Subsección 1
- Artículo 41. Derechos en general.
- Artículo 42. Remuneraciones. 2 redacciones · cambió el 31/12/2018
- Artículo 43. Situaciones administrativas.
- Artículo 44. Asistencia jurídica.
- Subsección 2
- Artículo 45. Deberes.
- Artículo 46. Incompatibilidades.
- Artículo 47. Consumo de drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.
- Artículo 48. Obligación de exámenes médicos o psicológicos.
- Artículo 49. Limitación de derechos.
- Artículo 50. Ordenación de la jornada de trabajo. 2 redacciones · cambió el 30/12/2023
- Artículo 51. Premios y recompensas.
- Subsección 3
- Artículo 52. Derecho de sindicación.
- Sección 6
- Artículo 53. Concepto de segunda actividad.
- Artículo 54. Causas.
- Artículo 55. Catálogo de puestos de trabajo de segunda actividad.
- Artículo 56. Retribuciones.
- Artículo 57. Agente de la autoridad.
- Artículo 58. Tribunal médico.
- Sección 7
- Subsección 1
- Artículo 59. Disposiciones generales.
- Artículo 60. Incumplimiento de obligaciones y deberes.
- Artículo 61. Sujetos responsables.
- Subsección 2
- Artículo 62. Clases de faltas.
- Artículo 63. Faltas muy graves.
- Artículo 64. Faltas graves.
- Artículo 65. Faltas leves.
- Subsección 3
- Artículo 66. Responsabilidad en otras situaciones administrativas.
- Subsección 4
- Artículo 67. Sanciones.
- Artículo 68. Criterios para sancionar.
- Subsección 5
- Artículo 69. Competencia disciplinaria.
- Artículo 70. Procedimiento.
- Disposición adicional única. Ficheros de datos personales.
- Disposición transitoria primera. Régimen de seguridad social.
- Disposición transitoria segunda. Acceso desde otros cuerpos. 2 redacciones · cambió el 10/11/2014
- Disposición transitoria tercera. Correspondencia de empleos.
- Disposición transitoria cuarta. Adscripción de policías locales.
- Disposición transitoria quinta. Catálogo de puestos de trabajo.
- Disposición derogatoria.
- Disposición final primera. Delegación legislativa y desarrollo.
- Disposición final segunda.
- Disposición final tercera. Acceso a los empleos de subinspector, inspector, comisario y comisario principal de las Policías Locales de Canarias. 2 redacciones · cambió el 22/07/2009
- Disposición final cuarta. Empleo de comisario principal de las Policías Locales de Canarias.
- Disposición final quinta. Entrada en vigor.
- [firma]


