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Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 3 de noviembre de 1997 · Último cambio el 25 de marzo de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo único.
  3. Firma
  4. TEXTO
  5. TÍTULO 1
  6. Artículo 1. Objeto y principios de la Ley.
  7. Artículo 2. Ámbito de aplicación.
  8. Artículo 3. Normas específicas de aplicación.
  9. TÍTULO 2
  10. Artículo 4. Órganos superiores.
  11. Artículo 5. El Gobierno.
  12. Artículo 6. El consejero competente en materia de función pública. 3 redacciones · cambió el 30/12/2011
  13. Artículo 7. La Comisión Técnica de la Función Pública. 2 redacciones · cambió el 30/03/2017
  14. Artículo 8. El Consejo Catalán de la Función Pública. Composición y funciones.
  15. Artículo 9. La Inspección General de Servicios de Personal.
  16. TÍTULO 3
  17. CAPÍTULO 1
  18. Artículo 10. Clases de personal.
  19. Artículo 11. Funcionarios.
  20. Artículo 12. Personal eventual.
  21. Artículo 13. Personal interino.
  22. Artículo 14. Personal laboral.
  23. Artículo 15. Personal laboral no permanente.
  24. CAPÍTULO 2
  25. Artículo 16. Reserva de ley.
  26. Artículo 17. Contenido de las leyes.
  27. Artículo 18. Agrupación por cuerpos y escalas.
  28. Artículo 19. Grupos de nivel de titulación.
  29. CAPÍTULO 3
  30. Artículo 20. Obligatoriedad de la inscripción en el Registro.
  31. Artículo 21. Protección de los datos del Registro.
  32. Artículo 22. Introducción y mantenimiento de los datos del Registro.
  33. Artículo 23. Comunicación del reconocimiento de nuevas remuneraciones.
  34. Artículo 24. Coordinación de los Registros de personal.
  35. CAPÍTULO 4
  36. Artículo 25. Contenido de la oferta.
  37. Artículo 26. Promoción del acceso de personas discapacitadas.
  38. Artículo 27. Reserva de plazas en la oferta de empleo público. 2 redacciones · cambió el 29/05/2000
  39. CAPÍTULO 5
  40. Artículo 28. Plantilla de personal.
  41. Artículo 29. La relación de puestos de trabajo.
  42. Artículo 30. Puestos de trabajo ocupados por personal laboral.
  43. Artículo 31. Competencias para aprobar las relaciones de puestos de trabajo. 2 redacciones · cambió el 21/07/2004
  44. Artículo 32. Objetivos de la relación de puestos de trabajo.
  45. Artículo 33. Valoración y clasificación de los puestos de trabajo.
  46. TÍTULO 4
  47. CAPÍTULO 1
  48. Artículo 34. Adquisición de la condición de funcionario.
  49. Artículo 35. Pérdida de la condición de funcionario.
  50. Artículo 36. Efectos de la renuncia.
  51. Artículo 37. Efectos de la separación.
  52. CAPÍTULO 2
  53. Artículo 38. Jubilación forzosa. 2 redacciones · cambió el 23/03/2012
  54. Artículo 39. Jubilación voluntaria.
  55. Artículo 40. Jubilación anticipada incentivada.
  56. Artículo 41. Adecuación de la forma de prestación de servicios a las condiciones físicas o psíquicas.
  57. CAPÍTULO 3
  58. Artículo 42. Principios de la selección.
  59. Artículo 43. Adecuación del sistema de selección al contenido del puesto de trabajo.
  60. Artículo 44. Competencias de la Escuela de Administración Pública en materia de selección.
  61. Artículo 45. Requisitos para la admisión a los sistemas de selección.
  62. Artículo 46. Sistemas de selección.
  63. Artículo 47. Selección por oposición.
  64. Artículo 48. Contenido de la oposición.
  65. Artículo 49. Selección por concurso oposición. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
  66. Artículo 50. Selección por concurso. Carácter excepcional.
  67. Artículo 51. Cursos de formación y fase de prueba.
  68. Artículo 52. Formación complementaria a la oposición.
  69. Artículo 53. Fase de prueba.
  70. Artículo 54. Los tribunales y órganos técnicos de selección.
  71. Artículo 55. Adecuación del número de aspirantes a las bases de la convocatoria.
  72. Artículo 56. Contenido de las convocatorias subsiguientes a la oferta.
  73. Artículo 57. Promoción del acceso de personas necesitadas de reinserción social.
  74. Artículo 58. Condiciones de acceso.
  75. CAPÍTULO 4
  76. Artículo 59. Garantía de la promoción interna.
  77. Artículo 60. Especialidades de la promoción interna.
  78. TÍTULO 5
  79. CAPÍTULO 1
  80. Artículo 61. Provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios.
  81. Artículo 62. Concurso.
  82. Artículo 62 bis. Participación en las convocatorias de concursos generales para la provisión de puestos de trabajo. 2 redacciones · cambió el 15/05/2023
  83. Artículo 63. Libre designación.
  84. Artículo 64. Contenido y publicidad de las convocatorias.
  85. Artículo 65. Competencia para convocar.
  86. Artículo 66. Los manuales de organización.
  87. Artículo 67. Redistribución de efectivos.
  88. Artículo 68. Medidas e instrumentos de racionalización.
  89. Artículo 69. Los planes de empleo.
  90. Artículo 70. Reingreso al servicio activo.
  91. CAPÍTULO 2
  92. Artículo 71. Condiciones de la movilidad.
  93. Artículo 72. Derechos derivados de la movilidad por transferencias de servicios de otras administraciones públicas.
  94. Artículo 73. Derechos derivados de movilidad por participación en sistemas de provisión.
  95. Artículo 74. Requisitos y efectos de la movilidad.
  96. CAPÍTULO 3
  97. Artículo 75. Remoción de los funcionarios.
  98. Artículo 76. Atribución provisional de un puesto. 2 redacciones · cambió el 31/12/1998
  99. Artículo 77. Retribuciones de los funcionarios removidos o cesados.
  100. Artículo 78. Supresión del puesto de trabajo.
  101. Artículo 79. Retribuciones de los funcionarios cesados por alteración o supresión de sus puestos de trabajo.
  102. CAPÍTULO 4
  103. Artículo 80. Adquisición y consolidación del grado personal.
  104. Artículo 81. Especialidades de la adquisición y consolidación del grado.
  105. Artículo 82. Consolidación del grado en situaciones de servicios especiales o de excedencia forzosa. 2 redacciones · cambió el 31/12/2001
  106. CAPÍTULO 5
  107. Artículo 83. Formación y perfeccionamiento de los funcionarios.
  108. TÍTULO 6
  109. Artículo 84. Clases de situaciones. 2 redacciones · cambió el 13/07/2006
  110. Artículo 85. Situación de servicio activo.
  111. Artículo 86. Situación de excedencia voluntaria. 4 redacciones · cambió el 31/12/2021
  112. Artículo 87. Situación de servicios en otras administraciones. 2 redacciones · cambió el 30/04/2020
  113. Artículo 88. Situación de servicios especiales. 4 redacciones · cambió el 28/09/2022
  114. Artículo 89. Situación de suspensión de ocupación.
  115. Artículo 90. Excedencia forzosa. 2 redacciones · cambió el 13/07/2006
  116. Artículo 91. Situación de expectativa de destino.
  117. TÍTULO 7
  118. CAPÍTULO 1
  119. Artículo 92. Derechos de los funcionarios.
  120. Artículo 93. Protección de los funcionarios.
  121. Artículo 94. Vacaciones retribuidas.
  122. Artículo 95. Licencias. 3 redacciones · cambió el 13/07/2006
  123. Artículo 96. Permisos. 4 redacciones · cambió el 23/03/2012
  124. Artículo 97. Especificidades de los permisos por lactancia, guarda legal, maternidad, adopción y acogimiento, y para cuidar a personas en situación de dependencia. 5 redacciones · cambió el 13/07/2006
  125. Artículo 98. Medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
  126. Artículo 99. Servicios de medicina preventiva.
  127. CAPÍTULO 2
  128. Artículo 100. Principios del sistema retributivo.
  129. Artículo 101. Conceptos retributivos.
  130. Artículo 102. Retribuciones básicas.
  131. Artículo 103. Retribuciones complementarias. 2 redacciones · cambió el 31/12/1997
  132. Artículo 104. Cuantía de las retribuciones.
  133. Artículo 104. bis. Retribuciones de los funcionarios en prácticas. 2 redacciones · cambió el 30/03/2017
  134. Artículo 105. Prohibición de ingresos atípicos.
  135. CAPÍTULO 3
  136. Artículo 106. Derechos y libertades sindicales de los funcionarios.
  137. Artículo 107. Representación sindical del personal.
  138. CAPÍTULO 4
  139. Artículo 108. Deberes del personal de la Generalidad.
  140. Artículo 109. Responsabilidad por la gestión de los servicios.
  141. Artículo 110. Acción de regreso.
  142. Artículo 111. Resarcimiento de los daños a particulares.
  143. Artículo 112. Comunicación a la jurisdicción penal.
  144. Artículo 113. Responsabilidad disciplinaria.
  145. Artículo 114. Tipos de faltas.
  146. Artículo 115. Faltas muy graves. 2 redacciones · cambió el 02/01/2006
  147. Artículo 116. Faltas graves. 2 redacciones · cambió el 08/05/2008
  148. Artículo 117. Faltas leves.
  149. Artículo 118. Principios del procedimiento disciplinario y órganos competentes para la imposición de las sanciones. 2 redacciones · cambió el 30/04/2020
  150. Artículo 119. Tipos de sanciones. 2 redacciones · cambió el 23/03/2012
  151. Artículo 120. Criterios de graduación de faltas y sanciones.
  152. Artículo 121. La prescripción y la inscripción de faltas y sanciones.
  153. TÍTULO 8
  154. Artículo 122. Aplicación analógica del régimen funcionarial. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
  155. Artículo 123. Personal eventual.
  156. Artículo 124. Nombramiento de personal interino.
  157. Artículo 125. Selección del personal interino y laboral no permanente.
  158. Artículo 126. Efectos de los servicios prestados en régimen temporal.
  159. Artículo 127. Retribuciones del personal laboral.
  160. Disposición adicional primera. Del régimen de Seguridad Social de los funcionarios transferidos.
  161. Disposición adicional segunda. De la normativa aplicable a los contratos administrativos.
  162. Disposición adicional tercera. Del derecho de huelga.
  163. Disposición adicional cuarta. Del régimen aplicable a determinado personal de la Seguridad Social.
  164. Disposición adicional quinta. De la adaptación de los estatutos de personal de la Seguridad Social.
  165. Disposición adicional sexta. De la creación del cuerpo superior de administración.
  166. Disposición adicional sexta bis. Creación de la escala estadística y de análisis del cuerpo superior de administración de la Generalitat. 2 redacciones · cambió el 25/03/2026
  167. Disposición adicional séptima. De la creación del cuerpo de gestión de administración.
  168. Disposición adicional octava. De la creación del cuerpo administrativo.
  169. Disposición adicional novena. De la creación del cuerpo auxiliar de administración.
  170. Disposición adicional décima. De la creación del cuerpo subalterno.
  171. Disposición adicional undécima. De la fecha inicial de consolidación del grado personal. 4 redacciones · cambió el 06/07/2007
  172. Disposición adicional duodécima. Del reconocimiento de servicios previos.
  173. Disposición adicional decimotercera. De la adaptación de la Ley al personal de las entidades locales.
  174. Disposición adicional decimocuarta. De las opciones de los aspirantes en las convocatorias de selección.
  175. Disposición adicional decimoquinta. De las delegaciones territoriales de los departamentos.
  176. Disposición adicional decimosexta. Del Consejo de la Policía Autonómica.
  177. Disposición adicional decimoséptima. Del registro de organizaciones sindicales de la policía autonómica. 2 redacciones · cambió el 05/12/2002
  178. Disposición adicional decimoctava. De la escala de monitores de extensión agraria.
  179. Disposición adicional decimonovena. Del personal de las entidades del Servicio Catalán de la Salud. 2 redacciones · cambió el 31/12/1997
  180. Disposición adicional vigésima. Complemento personal y variable.
  181. Disposición adicional vigésima primera. Adiciones a la Ley 9/1986.
  182. Disposición adicional vigésima segunda. Adiciones a la Ley 21/1987.
  183. Disposición adicional vigésima tercera. Promoción interna del grupo D al C.
  184. Disposición adicional vigésima cuarta. Promoción interna del grupo D al C.
  185. Disposición adicional vigésima quinta.
  186. Disposición adicional vigésima sexta. Reasignaciones funcionales de empleados públicos. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
  187. Disposición adicional vigésima séptima. Compartición de servicios en materia de universidades.
  188. Disposición adicional vigésima novena. Fondo de reserva laboral de la Administración de la Generalidad.
  189. Disposición adicional trigésima. Aspirantes aprobados sin plaza. 4 redacciones · cambió el 25/03/2026
  190. Disposición adicional trigésima primera. Régimen de selección y provisión de los puestos de trabajo sin singularidad funcional de los consorcios adscritos a la Administración de la Generalitat de Catalunya.
  191. Disposición adicional trigésima tercera [sic].
  192. Disposición adicional trigésima cuarta. Personal funcionario y personal directivo de los centros penitenciarios.
  193. Disposición transitoria primera. Efectos de la asignación inicial del grado personal.
  194. Disposición transitoria segunda. Complemento personal y transitorio.
  195. Disposición transitoria tercera. Régimen del personal contratado administrativo o asimilado.
  196. Disposición transitoria cuarta. Régimen del personal laboral equiparado a funcionario.
  197. Disposición transitoria quinta. Régimen del personal que ejercía funciones superiores a su cuerpo.
  198. Disposición transitoria sexta. Oferta única de plazas a promoción interna.
  199. Disposición transitoria séptima. Régimen de determinado personal interino o contratado.
  200. Disposición transitoria octava. Reconocimiento de servicios previos.
  201. Disposición transitoria novena. Implantación del nuevo sistema retributivo.
  202. Disposición transitoria décima. Funcionarización de personal laboral.
  203. Disposición transitoria undécima. Aplicación gradual de los concursos específicos.
  204. Disposición transitoria duodécima.
  205. Disposición transitoria decimotercera.
  206. Disposición transitoria decimocuarta.
  207. Disposición transitoria decimoquinta.
  208. Disposición final primera.
  209. Disposición final segunda.
  210. [Información relacionada]