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Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo.
Derogada o sin vigencia Comunidad Autónoma de las Illes Balears · Publicada el 18 de junio de 2014 · Último cambio el 29 de diciembre de 2017 · Ver en el BOE
Índice
- no 2 redacciones · cambió el 29/12/2017
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto de la ley.
- Artículo 2. Actividad urbanística.
- Artículo 3. Finalidades y atribuciones de la actividad urbanística.
- Artículo 4. Dirección y control de la actividad urbanística y la iniciativa privada.
- Artículo 5. Ejercicio del derecho de propiedad.
- Artículo 6. Inexistencia del derecho de indemnización por la ordenación urbanística de terrenos.
- Artículo 7. Integración de la ordenación y del planeamiento.
- Artículo 8. Instrumentos de planeamiento y legislación sectorial.
- Artículo 9. Sistema jerárquico.
- Artículo 10. Interpretación de las determinaciones de los instrumentos.
- Artículo 11. Nulidad de las reservas de dispensación.
- Artículo 12. Participación ciudadana, iniciativa privada y publicidad de las actuaciones.
- Artículo 13. Gestión de la actividad urbanística e iniciativa privada.
- Artículo 14. Acción pública.
- CAPÍTULO II
- Artículo 15. Ejercicio de las competencias en materia urbanística. 2 redacciones · cambió el 20/08/2016
- Artículo 16. Régimen de las relaciones interadministrativas.
- Artículo 17. Principios de cooperación y colaboración, y subrogación por incumplimiento de la competencia urbanística municipal.
- CAPÍTULO III
- Artículo 18. Concepto, principios, objeto y límites de los convenios.
- Artículo 19. Convenios sobre planeamiento.
- Artículo 20. Convenios de gestión.
- Artículo 21. Publicidad e impugnación de los convenios.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 22. Facultades del derecho de propiedad.
- Artículo 23. Clases de suelo.
- Artículo 24. Concepto de suelo urbano. 2 redacciones · cambió el 13/01/2016
- Artículo 25. Servicios urbanísticos básicos.
- Artículo 26. Asentamientos en el medio rural. 2 redacciones · cambió el 13/01/2016
- Artículo 27. El suelo urbanizable.
- Artículo 28. El suelo rústico.
- Artículo 29. Actuaciones urbanísticas.
- Artículo 30. Concepto de solar.
- CAPÍTULO II
- Artículo 31. Derecho de edificación en suelo urbano.
- Artículo 32. Deberes de las personas propietarias en suelo urbano. 2 redacciones · cambió el 13/01/2016
- Artículo 33. Derechos y deberes de las personas propietarias en suelo urbanizable.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 34. Instrumentos de planeamiento.
- Artículo 35. Plan general.
- Artículo 36. Documentación de los planes generales.
- Artículo 37. Contenido de la memoria del plan general.
- Artículo 38. Contenido del informe de sostenibilidad ambiental del plan general.
- Artículo 39. Contenido del informe de sostenibilidad económica del plan general.
- Artículo 40. Objeto del plan general.
- Artículo 41. Determinaciones estructurales de los planes generales.
- Artículo 42. Determinaciones de carácter detallado.
- Artículo 43. Planes parciales.
- Artículo 44. Documentación de los planes parciales.
- Artículo 45. Planes especiales.
- Artículo 46. Estudios de detalle.
- Artículo 47. Catálogos de elementos y espacios protegidos.
- Artículo 48. Ordenanzas municipales de edificación, urbanización y publicidad.
- CAPÍTULO II
- Artículo 49. Redacción de los instrumentos de planeamiento.
- Artículo 50. Suspensión de aprobaciones y otorgamientos de autorizaciones y licencias.
- Artículo 51. Avance del plan.
- Artículo 52. Formulación del planeamiento.
- Artículo 53. Competencias en la aprobación del planeamiento.
- Artículo 54. Tramitación del planeamiento.
- Artículo 55. Inactividad municipal y subrogación de los consejos insulares.
- CAPÍTULO III
- Artículo 56. Vigencia indefinida de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
- Artículo 57. Revisión de los planes generales municipales.
- Artículo 58. Modificación de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
- Artículo 59. Modificación de los sistemas urbanísticos de espacios libres o zonas verdes.
- Artículo 60. Adaptación a la normativa sobrevenida.
- Artículo 61. Suspensión de la vigencia del planeamiento.
- Artículo 62. Planes de iniciativa particular.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 63. Publicidad de los planes.
- Artículo 64. Ejecutividad de los instrumentos de planeamiento urbanístico y respuesta al proceso de participación.
- Artículo 65. Obligatoriedad de los planes,
- Artículo 66. Declaración de utilidad pública.
- Artículo 67. Usos y obras provisionales.
- Artículo 68. Efectos del planeamiento urbanístico sobre las construcciones y los usos preexistentes.
- CAPÍTULO V
- Artículo 69. Normas de aplicación directa.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 70. Esferas de actuación pública y privada.
- Artículo 71. Presupuestos y modalidades de la ejecución.
- Artículo 72. Instrumentos de la ejecución.
- Artículo 73. Ámbitos de las actuaciones.
- Artículo 74. Delimitación de las unidades de actuación.
- Artículo 75. Obtención de terrenos.
- CAPÍTULO II
- Artículo 76. Sistemas de actuación.
- Artículo 77. Gastos de urbanización a cargo de las personas propietarias y derecho de realojamiento.
- Artículo 78. Obligaciones y cargas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 79. La reparcelación.
- Artículo 80. Procedimiento.
- Artículo 81. Proyecto de reparcelación.
- Artículo 82. Efectos del proyecto de reparcelación.
- Artículo 83. Inscripción en el Registro de la Propiedad.
- Sección 1
- Artículo 84. La Junta de Compensación.
- Artículo 85. Incorporación a la Junta de Compensación.
- Artículo 86. Transmisión de terrenos y de obras e instalaciones.
- Artículo 87. Potestades de la Junta de Compensación sobre las fincas.
- Artículo 88. Responsabilidad de la Junta de Compensación.
- Sección 2
- Artículo 89. Modalidad de cooperación.
- Artículo 90. Distribución de las cargas de la urbanización.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 91. Sistema de expropiación.
- Artículo 92. Relación de personas propietarias y descripción de los bienes o derechos afectados.
- Artículo 93. Construcciones sobre la superficie del área delimitada.
- Artículo 94. Procedimiento.
- Artículo 95. Liberación de bienes en el sistema de expropiación.
- CAPÍTULO V
- Artículo 96. Ocupación directa.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 97. Clases y constitución de los patrimonios públicos de suelo.
- Artículo 98. Naturaleza y registro de los patrimonios públicos de suelo.
- Artículo 99. Gestión de los patrimonios públicos de suelo.
- Artículo 100. Bienes y recursos integrantes de los patrimonios públicos de suelo.
- Artículo 101. Destino de los bienes integrantes de los patrimonios públicos de suelo.
- Artículo 102. Disposición sobre los bienes de los patrimonios públicos de suelo.
- CAPÍTULO II
- Artículo 103. Derecho de superficie.
- CAPÍTULO III
- Artículo 104. Delimitación de áreas.
- Artículo 105. Notificación de transmisión.
- Artículo 106. Ejercicio del retracto.
- Artículo 107. Caducidad de la notificación.
- Artículo 108. Pago del precio.
- Artículo 109. Transmisiones sin notificación previa.
- TÍTULO V
- CAPÍTULO I
- Artículo 110. Obligación de urbanizar.
- Artículo 111. Obligación de edificar.
- Artículo 112. Registro municipal de solares sin edificar.
- Artículo 113. Consecuencias de la inscripción en el registro municipal de solares sin edificar.
- Artículo 114. Obligaciones de las personas adquirentes.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 115. Deber de conservación de las obras de urbanización.
- Artículo 116. Recepción de las obras de urbanización.
- Sección 2
- Artículo 117. Deberes legales de uso, conservación y rehabilitación y órdenes de ejecución.
- Artículo 118. Evaluación de los edificios e inspección de construcciones y edificaciones.
- Artículo 119. Declaración de estado ruinoso.
- Artículo 120. Procedimiento para la declaración de estado ruinoso.
- Artículo 121. Ruina física inminente.
- TÍTULO VI
- Artículo 122. Supuestos expropiatorios.
- Artículo 123. Procedimientos que se deben seguir para la expropiación forzosa
- Artículo 124. Tramitación del procedimiento de tasación conjunta.
- Artículo 125. Aprobación y efectos de la tasación conjunta.
- Artículo 126. Procedimiento de tasación individual.
- Artículo 127. Ocupación e inscripción en el Registro de la Propiedad.
- Artículo 128. Adquisición de las fincas.
- Artículo 129. Pago del justiprecio y valoración de bienes y derechos expropiados en actuaciones urbanísticas de promoción pública.
- Artículo 130. La reversión de terrenos expropiados.
- Artículo 131. Expropiación por ministerio de la ley.
- TÍTULO VII
- CAPÍTULO I
- Artículo 132. Potestades administrativas y presupuestos de la actividad de ejecución.
- CAPÍTULO II
- Artículo 133. Concepto de licencia urbanística y de comunicación previa.
- Artículo 134. Actos sujetos a licencia urbanística municipal.
- Artículo 135. Nulidad de pleno derecho.
- Artículo 136. Actos sujetos a comunicación previa.
- Artículo 137. Actos promovidos por administraciones públicas.
- Artículo 138. Competencia para el otorgamiento de las licencias urbanísticas.
- Artículo 139. Procedimiento de otorgamiento de las licencias urbanísticas.
- Artículo 140. Proyecto técnico y licencia urbanística.
- Artículo 141. Procedimiento de comunicación previa.
- Artículo 142. Eficacia temporal y caducidad de la licencia urbanística.
- Artículo 143. Modificaciones durante la ejecución de las obras.
- Artículo 144. Información en las obras.
- Artículo 145. Contratación de los servicios por las empresas suministradoras.
- CAPÍTULO III
- Artículo 146. Parcelaciones urbanísticas.
- Artículo 147. Indivisibilidad de las parcelas.
- Artículo 148. Autorización de parcelaciones.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 149. Naturaleza y funciones de la inspección.
- CAPÍTULO V
- Sección 1
- Artículo 150. Medida cautelar de suspensión.
- Sección 2
- Artículo 151. Restablecimiento del orden jurídico perturbado.
- Artículo 152. Reposición de la realidad física alterada.
- Artículo 153. Incumplimiento de órdenes de reposición de la realidad física alterada.
- Artículo 154. Plazo para el ejercicio de la potestad de protección de la legalidad urbanística.
- Sección 3
- Artículo 155. Requerimiento de legalización y procedimiento sancionador.
- Artículo 156. Suspensión del procedimiento sancionador.
- Sección 4
- Artículo 157. Competencias de los consejos insulares en materia de protección de la ordenación urbanística.
- Sección 5
- Artículo 158. Suspensión de licencias y de órdenes de ejecución.
- Artículo 159. Revisión de licencias urbanísticas y de órdenes de ejecución.
- TÍTULO VIII
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 160. Infracción urbanística.
- Artículo 161. Consecuencias legales de las infracciones urbanísticas.
- Sección 2
- Artículo 162. Personas responsables.
- Artículo 163. Muerte o extinción de las personas responsables de las infracciones.
- Sección 3
- Artículo 164. Competencia para iniciar, instruir y resolver.
- Artículo 165. Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.
- Artículo 166. Destino de las multas.
- Sección 4
- Artículo 167. Anulación del acto o de los actos administrativos legitimadores como presupuesto de la exigencia de responsabilidad.
- Artículo 168. Compatibilidad de las sanciones.
- Artículo 169. Carácter independiente de las multas.
- Artículo 170. Infracciones concurrentes y continuadas.
- Artículo 171. Exclusión de beneficio económico.
- Artículo 172. Graduación de las sanciones.
- Artículo 173. Circunstancias agravantes.
- Artículo 174. Circunstancias atenuantes.
- Artículo 175. Circunstancias mixtas.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 176. Clases de infracciones.
- Artículo 177. Sanciones.
- Sección 2
- Artículo 178. Inicio del cómputo de la prescripción de las infracciones y de las sanciones.
- Artículo 179. Prescripción de las infracciones y de las sanciones.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 180. Parcelaciones en suelo urbano o urbanizable.
- Artículo 181. Parcelaciones en terrenos que tengan el régimen de suelo rústico.
- Sección 2
- Artículo 182. Obras de urbanización.
- Artículo 183. Desarrollo de instrumentos de gestión y ejecución.
- Artículo 184. Conservación de obras de urbanización y de construcciones y edificaciones.
- Sección 3
- Artículo 185. Obras en parcelas y solares edificables.
- Artículo 186. Obras en contra de la ordenación urbanística.
- Artículo 187. Obras en reservas para dotaciones.
- Artículo 188. Otros actos de uso del suelo.
- Artículo 189. Ocupación, primera utilización y modificación de usos.
- Artículo 190. Información y publicidad en las obras.
- Sección 4
- Artículo 191. Actos con incidencia en bienes o espacios de valor arquitectónico, histórico o cultural.
- Artículo 192. Actos con incidencia en espacios o bienes de valor natural o paisajístico.
- Sección 5
- Artículo 193. Actos que supongan obstaculización a la labor inspectora.
- Disposición adicional primera. Informe del seguimiento de la actividad de ejecución urbanística.
- Disposición adicional segunda. Estandarización y normalización de los instrumentos urbanísticos.
- Disposición adicional tercera. Los estudios de movilidad de grandes centros generadores de movilidad.
- Disposición adicional cuarta. Actualización de la cuantía de las multas.
- Disposición adicional quinta. Terrenos transformados urbanísticamente con anterioridad a las directrices de ordenación territorial. 2 redacciones · cambió el 13/01/2016
- Disposición adicional sexta. Suelos transformados a la entrada en vigor de la Ley 7/2012, de 13 de junio, de medidas urgentes para el desarrollo urbanístico sostenible. 2 redacciones · cambió el 13/01/2016
- Disposición adicional séptima. Plazos para la urbanización cuando no vengan fijados en el planeamiento.
- Disposición adicional octava. Exención de la implantación de la red de saneamiento.
- Disposición adicional novena. Régimen específico de la isla de Formentera.
- Disposición adicional décima. Registro de informes de evaluación de edificios.
- Disposición transitoria primera. Instrumentos de planeamiento vigentes.
- Disposición transitoria segunda. Instrumentos de planeamiento en curso de aprobación.
- Disposición transitoria tercera. Proporción de espacios libres en determinados núcleos.
- Disposición transitoria cuarta. Procedimiento de implementación de la red de saneamiento. 2 redacciones · cambió el 20/08/2016
- Disposición transitoria quinta. Conservación de urbanizaciones.
- Disposición transitoria sexta. Acreditación de la habitabilidad.
- Disposición transitoria séptima. Moratoria en la aplicación de la reserva mínima de suelo para vivienda protegida.
- Disposición transitoria octava. Núcleos rurales.
- Disposición transitoria novena. Expedientes de disciplina urbanística.
- Disposición transitoria décima. Procedimiento extraordinario de incorporación a la ordenación de edificaciones existentes en suelo rústico. 2 redacciones · cambió el 13/01/2016
- Disposición transitoria undécima. Publicidad telemática del planeamiento urbanístico y apoyo digital.
- Disposición derogatoria única.
- Disposición final primera. Desplazamiento de aplicación en las Illes Balears de legislación estatal supletoria.
- Disposición final segunda. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final tercera. Legislación aplicable con carácter supletorio.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor de la ley.
- Firma


